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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modificada por la Ley Nº 28607 de fecha 4 de octubre del 2005, estableceque las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, dispone en su artículo 43º que las entidades municipales establecerán condiciones favorables quedirecta o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de segregación en la fuentepara su reaprovechamiento lo cual coadyuvará a mejorar el manejo de los residuos sólidos, regulándose este dispositivo en el artículo 142º del D.S. Nº 057-2004-PCM; Que, por el artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 referido a saneamiento, salubridad y salud, se establece como función especificaexclusiva de las municipalidades distritales, en el inciso primero numeral 3.1, que en el servicio de Limpieza Pública se debe velar por el aprovechamiento industrialde desperdicios, ello en concordancia con lo previsto en el articulo 119º primer inciso de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611; Que, en virtud a las atribuciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, se expidió la Ordenanza Nº 33-MSS, por la que se Regula laSegregación de Residuos Sólidos en la jurisdicción, iniciándose con posterioridad el Programa de Segregación de Residuos en Origen, conocido comoPrograma “Bolsas Naranja”, los vecinos inscritos y participantes, segregan los desperdicios reciclables en sus domicilios que son entregados a laMunicipalidad, siendo invalorable su aporte en este sentido para el servicio de Limpieza Pública; Que, con fecha 25 de enero del 2006, la Junta General de Accionistas de la Empresa Municipal de Santiago deSurco S.A. - EMUSS aprobó la transferencia de utilidades ascendentes a S/. 113,437.80 (Ciento trece mil cuatrocientos treinta y siete con 80/100 Nuevos Soles)como resultado de la Gestión de Residuos Sólidos del Ejercicio 2005, a favor de la Municipalidad de Santiago de Surco , a fin que dicho monto se distribuya como unincentivo de manera porcentual a los participantes del Programa Segregación de Residuos en Origen, denominado “Punto Naranja”; Que, es voluntad de esta Corporación incentivar el desarrollo del Programa de Segregación de Residuos en Origen, que se ha originado de manera experimentalpor primera vez en el Perú por intermedio de la Municipalidad de Santiago de Surco con el apoyo de sus vecinos en determinados sectores, que separan losresiduos sólidos en sus domicilios en las bolsas que distribuye la entidad y que recolecta en servicio especial una vez por semana la Municipalidad y remite al localque cuenta con las autorizaciones de ley, en donde se clasifican los residuos de acuerdo a su naturaleza y que tengan valor comercial como materia requerida por elmercado, ello en estricta concordancia con lo señalado en el artículo 56º de la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos. Que, en ese sentido, la Administración acogiendo la propuesta de EMUSS S.A., propone el otorgamiento de un incentivo a los vecinos del distrito de Santiago de Surco, que participan activamente en el Programa deSegregación de Residuos en Origen, denominado “Punto Naranja”, haciendo referencia a que desde enero del año 2000, se iniciaron las operaciones del Plan Piloto deSegregación de Residuos en Origen bajo el lema “En Surco la Basura Sirve”;Que, en virtud a lo expuesto en los Informes Técnicos y Legal, se establece que la suma deS/. 164,817.91 nuevos soles debe ser otorgada con carácter de donación para complementar el fondo destinado para el otorgamiento de un incentivo a losvecinos que participan en el Programa de Segregación de Residuos en Origen, que sumada al aporte de EMUSS S.A. se obtendrá un monto de S/. 278,255.71Nuevos Soles, cifra que será repartida proporcional- mente entre las 20,250 familias, a razón de S/. 13.74 Nuevos Soles por cada una; De conformidad con los Informes Nº 049-2006- SGGR-GMA-MSS de la Subgerencia de Gestión deResiduos, Informe Nº 024-2006-OPE-MSS de la Oficina de Proyectos Especiales, Informe Nº 90-2006- OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica, InformeNº 28-2006-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 066-2006- OPP-MSS de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto, Informe Nº 084-2006-GM-MSS de la Gerencia Municipal y estando al Dictamen Conjunto favorable Nº 007-2006-CGM/CAJ/MSS de laComisión de Gestión Municipal y Comisión de Asuntos Jurídicos; De conformidad con los artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, luego del debate correspondiente y condispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por Mayoría, la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL BONO “PUNTO NARANJA” Artículo Primero.- OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto otorgar a los contribuyentes del distrito de Santiago de Surco un incentivo por su participación en el programa deSegregación de Residuos en Origen, conocido como Programa “Bolsas Naranja”, consistente en un Bono que permitirá ser utilizado en el pago del Arbitrio de LimpiezaPública para el Ejercicio 2006. Artículo Segundo.- PARTICIPANTES Y MONTO DEL BONO Los 20,250 contribuyentes comprendidos en el Programa de Segregación de Residuos en Origen al 31de diciembre del 2005, conforme al listado que será publicado en la Página Web de la Municipalidad de Santiago de Surco, contarán con un Bono equivalente aS/. 13.74 (Trece y 74/100 Nuevos Soles), que les permitirá ser usado en el pago del Arbitrio de Limpieza Pública 2006. Articulo Tercero.- OPORTUNIDAD Los contribuyentes participantes podrán hacer uso del Bono desde el primer pago por el Arbitrio de LimpiezaPública para el ejercicio 2006 regulados por la Ordenanza Nº 241-MSS, hasta agotarlo. Si el pago que debiera hacer en el ejercicio 2006 por Recolección de Residuos Sólidos en el servicio de Limpieza Pública es menor al Bono otorgado o si sehubiera cancelado la primera cuota o por todo el ejercicio 2006; se le reconocerá el exceso o se otorgará un crédito tributario para el siguiente ejercicio por el mismo concepto.El monto por el Bono en ningún caso es sujeto a devolución. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia deAdministración y Finanzas, Oficina de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos, Oficina de Imagen Institucional y Oficinade Proyectos Especiales, el cumplimiento de la presente Ordenanza.