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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322940El Peruano martes 4 de julio de 2006 III. Reinstalación de los componentes de la acometida : Para cada tipo de caso, se realizará un presupuesto particular que considere el trabajo complementario que involucre la normalización de la acometida con la reutilización del medidor, dependiendo de su estado de conservación. Los costos unitarios a emplear serán los considerados en la regulación de tarifas máximas de corte y reconexión. Artículo 3º.- Actualización de los cargos máximos de corte y reconexión Los valores indicados en los Artículos 1 y 2 de la presente Resolución, serán actualizados mediante el siguiente factor de actualización: FA = IPMa / IPMo (1) Donde: IPM : Índice de precios al por mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. Se utilizará el último valor disponible al día 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes serán aplicadas. IPMo : Valor base del IPM e igual a 172,670986, correspondiente al mes de mayo de 2006. IPMa : V alor del IPM al momento de realizar la actualización. La actualización podrá efectuarse cuando los valores actualizados varíen en más del 3% respecto a la última publicación. Artículo 4º.- Remisión y Publicación de los cargos máximos por corte y reconexión Las empresas de distribución de gas natural deberán remitir a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, previamente a su publicación, en cada oportunidad que se actualicen, los importes máximos de corte y reconexión aplicables a los usuarios del servicio público de distribución de gas natural suscritos por su representante legal. La publicación deberá efectuarse en uno de los diarios de mayor circulación local y será vigente a partir del día siguiente a su publicación. Asimismo, dicha publicación deberá ser exhibida en las oficinas de atención al público. Artículo 5º.- Vigencia La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación y tendrá una vigencia de cuatro (04) años. Los importes máximos de corte y reconexión serán revisados antes de su vencimiento sólo en el caso que los valores actualizados dupliquen los importes aprobados en la presente resolución. Artículo 6º.- Publicación La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y los informes respectivos serán consignados en la página WEB de OSINERG: www .osinerg.gob .pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERG ANEXO 2 RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA PREPUBLICACIÓN DE LOS CARGOS MÁXIMOS POR CORTE Y RECONEXIÓN DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LIMA Y CALLAO 1. Informe Técnico OSINERG-GART/DGN-032-2006 2. Informe Legal OSINERG-GART/AL-084-2006 3. Absolución de Observaciones por parte de la empresa concesionaria Gas Natural de Lima y Callao S.A. (Cálidda). 4. Observaciones por parte de OSINERG a la propuesta tarifaria de Cálidda. 5. Estudio Técnico Económico de determinación de cargos máximos por corte y reconexión del servicio de distribución de gas natural en Lima y Callao.6. Norma “Metodología, Criterios, Formatos y contenido de la Propuesta de Cargos Máximos por Corte y Reconexión del Servicio de Distribución de Gas Natural”, aprobada mediante Resolución OSINERG Nº 085-2004-OS/CD. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La prestación del servicio de distribución de gas natural por red de ductos, se rige por el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-99-EM (en adelante “Reglamento”), correspondiéndole al OSINERG regular y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones que, para el efecto, se encuentran establecidas en el citado Reglamento; El referido Reglamento, en su Artículo 75º, establece que los cobros por Corte y Reconexión serán aprobados por OSINERG y, para ello, previamente el Concesionario debe haber propuesto los respectivos cobros. Asimismo, el mismo artículo, señala que, mediante Resolución, OSINERG especificará la Metodología y Criterios empleados. Mediante Resolución OSINERG Nº 085-2006-OS/CD, se incorporó el Procedimiento para la Fijación de los Cargos Máximos por Corte y Reconexión del Servicio de Distribución de Gas Natural, como Anexo K de la Norma “Procedimiento para Fijación de Precios Regulados”, aprobada mediante Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, y se aprobó la Norma “Metodología, Criterios, Formatos y contenido de la Propuesta de Cargos Máximos por Corte y Reconexión del Servicio de Distribución de Gas Natural”; dando cumplimiento a lo indicado en el artículo 75º del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM; Con fecha 24 de abril del 2006, dentro del plazo establecido en la resolución OSINERG Nº 085-2006-OS/ CD, la empresa concesionaria cumplió con alcanzar su propuesta de Cargos Máximos por Corte y Reconexión del Servicio de Distribución de Gas Natural, de acuerdo a lo señalado en la Norma citada en el párrafo anterior, dando así inicio al proceso tarifario correspondiente; Habiéndose cumplido con el desarrollo de las actividades señaladas en los ítems b), c) d), e) y f) del procedimiento contenido en el Anexo K señalado precedentemente, como son la publicación de la propuesta de Cálidda; la realización de la Audiencia Pública para la presentación y sustento de la propuesta por parte de la empresa concesionaria; la formulación de las observaciones a la propuesta de Cálidda por parte del OSINERG, la absolución de las observaciones por parte de Cálidda, y su publicación en la página web de OSINERG; corresponde la realización del ítem g) que es la Prepublicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEB de Osinerg del proyecto de resolución que fija los Cargos Máximos por Corte y Reconexión del Servicio de Distribución de Gas Natural para la concesión de Lima y Callao; El presente proyecto de resolución se ha realizado en base al estudio especializado “Análisis y Determinación de los Cargos Máximos de Corte y Reconexión de Gas Natural en Lima y Callao, elaborado por la consultora Quantum Andes SAC. La consultora indicada, fue la encargada de analizar la propuesta tarifaria de la empresa Cálidda y los comentarios recibidos en la audiencia pública efectuada como parte del proceso, así como su correspondiente comparación con datos internacionales de tipos, costos y rendimientos. Con la finalidad de especificar la metodología y criterios de cálculo, así como la de regular su aplicación integral, los valores del corte y la reconexión se establecen por tipo especificando la descripción de sus actividades y secuencia de aplicación. En cumplimiento de los dispositivos legales citados y en aplicación de los criterios expuestos en la presente Exposición de Motivos, OSINERG expide la Resolución que aprueba la publicación del Proyecto de Resolución que aprueba los cargos máximos por corte y reconexión del servicio de distribución de gas natural correspondiente a la concesión de Lima y Callao. 11595PROYECTOREPUBLICADELPERU