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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2006 (04/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322928El Peruano martes 4 de julio de 2006 VISTO: El Oficio Nº 2561-2006-MTPE/2/11.1, de fecha 8 de junio de 2006, de la Dirección Nacional de Relacionesde Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2005-TR, de fecha 8 de julio de 2005, se constituye un Comité TécnicoMultisectorial encargado de analizar y proponer las medidasque tengan por finalidad mejorar las condiciones laboralesy la formación profesional de los trabajadores dedicados alservicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros; Que, el artículo 2º de la citada Resolución Suprema establece que dicho Comité Técnico Multisectorial estaráconformado, entre otros, por un representante del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo, quién la presidirá; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 198-2005-TR, de fecha 19 de julio de 2005,se designó al doctor Carlos Eduardo Margary Brignole,Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo, comorepresentante del Sector ante el Comité TécnicoMultisectorial a que se refiere el primer considerando; Que, el citado funcionario ha renunciado al cargo señalado precedentemente, por lo que corresponde actualizar ladesignación del representante del Sector ante el ComitéTécnico Multisectorial encargado de analizar y proponer lasmedidas que tengan por finalidad mejorar las condicioneslaborales y la formación profesional de trabajadores dedicadosal servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo12º de su Reglamento de Organización y Funcionesaprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor CARLOS EDUARDO MARGARYBRIGNOLE, como representante del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo ante el Comité Técnico Multisectorialencargado de analizar y proponer las medidas que tenganpor finalidad mejorar las condiciones laborales y la formaciónprofesional de los trabajadores dedicados al servicio detransporte urbano e interprovincial de pasajeros, constituidapor Resolución Suprema Nº 032-2005-TR, dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor JUAN MARIANO NAVARRO PANDO, Director Regional de Trabajo yPromoción del Empleo de Lima Callao, como representante delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el ComitéTécnico Multisectorial encargado de analizar y proponer lasmedidas que tengan por finalidad mejorar las condiciones laboralesy la formación profesional de los trabajadores dedicados al serviciode transporte urbano e interprovincial de pasajeros, constituidapor Resolución Suprema Nº 032-2005-TR. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 198-2005-TR, de fecha 19 de julio de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 11588 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 520-2006-MTC/02 Lima, 27 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo 1º de laLey antes citada, señalando que "la autorización de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Públicos Descentralizados, delos Agregados Militares, Aéreos, Navales y Policiales, así comode las empresas sujetas al ámbito de FONAFE, que resultenindispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos ymetas fijados para el Ejercicio del año 2006 se efectuará porResolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejode Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente;exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional -INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministerio delInterior y los destinados al desarrollo de funciones en el marcode las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratadosde Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/onegociación económica comercial de importancia para el Perú; los que se autorizarán mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, la que deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operacionesaerocomerciales en un marco de leal competencia y conestricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicasvigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perúpor la Organización de Aviación Civil Internacional, debeefectuar la atención de las solicitudes de servicios descritasen el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, en concordanciacon sus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0425-2006-MTC/12, de fecha 19 de junio de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, seseñala que la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/558/06/06, presentada el 16 de junio de 2006, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecidoen el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General deAeronáutica Civil, efectuar el chequeo técnico en simulador devuelo del equipo Boeing 767, en el Centro de EntrenamientoCAE de la ciudad de Santiago, República de Chile, a su personalaeronáutico propuesto, durante el día 06 de julio de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 18462, 18463, 18464 y 18465, la solicitanteha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de InspecciónNº 1174-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector AlfredoFederico Alvarez Zevallos, para realizar el chequeo técnico ensimulador de vuelo del equipo Boeing 767, en el Centro deEntrenamiento CAE, en la ciudad de Santiago, República deChile, al personal aeronáutico propuesto por la empresa LanPerú S.A., durante los días 5 al 7 de julio de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden deInspección Nº 1174-2006-MTC/12.04-SDO;