Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2006 (04/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

322924
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Vertice Este A 290 236,065 B 290 237,424 C 290 240,187 D 290 238,828 Norte 654 241,422 654 242,443 654 238,766 654 237,744 Area de servidumbre

NORMAS LEGALES
MORDAZA de terreno

El Peruano martes 4 de MORDAZA de 2006

Propietario

8 8 8 8

Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 151-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5866, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Usandizaga Nº 142, Urbanizacion San MORDAZA Sur, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Testimonio de Escritura Publica de fecha 2 de diciembre de 2004, extendido ante el Notario Publico de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre 31186206 Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno Privada MORDAZA

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10603

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion sobre bienes, a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 296-2006-MEM/DM MORDAZA, 19 de junio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31186206, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5866; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5866, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Usandizaga Nº 142, Urbanizacion San MORDAZA Sur, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 15,11 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5866, conforme consta en el Testimonio de Escritura Publica de fecha 2 de diciembre de 2004, extendido ante el Notario Publico de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;

Subestacion de Distribucion Suelo: Electrica Nº 5866 15,11 m² Ubicacion: distrito de San MORDAZA Sur, y sus aires. provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 661 716,346 8 661 716,371 8 661 719,779 8 661 719,111 Este 283 039,840 283 044,730 283 044,265 283 039,461

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10954

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 297-2006-MEM/DM
MORDAZA, 19 de junio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31186506, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5857; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5857, ubicada en la MORDAZA Monte MORDAZA Nº 395 - Nº 385, Urbanizacion MORDAZA Hermoso Oeste, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 14,96 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad

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