Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2006 (04/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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322934
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano martes 4 de MORDAZA de 2006

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresa los articulos dos, cuatro, cinco de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, es politica de este Gobierno Regional desarrollar politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ambito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriendose de sus perspectivas y aportes, buscando con ello promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y otra forma de discriminacion; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional numero trescientos setenta y tres del dos mil cuatro guion GRH diagonal PR de fecha veintitres de junio del ano dos mil cuatro se conforma el Consejo Regional de Integracion de las Personas con Discapacidad de la Region MORDAZA COREDIS - MORDAZA, procediendose a su instalacion y consecuente juramentacion de sus integrantes mediante acta de fecha tres de MORDAZA del ano dos mil cuatro; Que, son las Ordenanzas Regionales las que MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamenten materias de su competencia; Que siendo la finalidad del COREDIS - MORDAZA, establecer las politicas publicas que tengan a bien generar mayores oportunidades de participacion e igualdad de oportunidades a fin de desarrollar una cultura de tolerancia y respeto a los derechos y libertades a ser diferentes a favor del desarrollo de la integracion de las personas con discapacidad y sus familiares en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, se hace necesaria que su creacion este dada mediante una Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos quince, treinta y siete, y treinta y ocho, de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia con dispensa del traamite de lectura y aprobacion del Acta; ORDENA: Articulo Primero.- CREAR el CONSEJO REGIONAL DE INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DE LA REGION MORDAZA - COREDIS MORDAZA, cuya finalidad sera de articular esfuerzos en conjunto para la defensa de los derechos de la persona con discapacidad, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- SENALAR, que la composicion del Consejo Regional de Integracion de la Persona con Discapacidad de la Region MORDAZA - COREDIS MORDAZA, integrada por las diferentes instituciones publicas y privadas, gremios, representantes y la federacion sera de la siguiente manera: - Un representante del Gobierno Regional de MORDAZA, que lo presidira. - El Gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, quien actuara como Secretaria Tecnica. - Un representante de la Direccion Regional de Salud. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un representante del Sector del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (PRONAA). - Un representante del Sector Interior (Prefecto Regional) - Un representante de la Direccion Regional de Vivienda y Construccion.

- Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. - Un representante del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC). - Un representante de las Fuerzas Especiales Nº 314 Yanag (EJERCITO). - Un representante de la Red Asistencial ESSALUD. - Un representante de la Direccion Regional de la Policia Nacional del Peru - Huanuco. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Huanuco. - Un representante del Ministerio Publico - Huanuco. - Un representante del Poder Judicial - Huanuco. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Amarilis. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Pillkomarca. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Chinchao - Acomayo. - Un representante del Colegio Profesional de Psicologos. - Un representante del Colegio Profesional de Abogados. - Un representante de la CONADIS de la Region Centro, MORDAZA, Pasco y Huanuco. - Un representante de la Federacion Departamental de Discapacitados de MORDAZA (FEDDHCO). - Un representante de la Persona con Discapacidad Auditiva. - Un representante de las Personas con Discapacidad Visual. - Un representante de las Personas con Discapacidad Motora. - Un representante de los familiares de las Personas con Discapacidad. - Un representante de la Federacion Deportiva Especial. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en su calidad de Secretaria Tecnica dentro de un plazo de sesenta dias de publicada la presente Ordenanza Regional, proponga a la Presidenta Regional, el reglamento de la presente norma. Articulo Cuarto.- DEJESE sin efecto cualquier MORDAZA regional que se oponga a la presente. Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE, la presente Ordenanza Regional al PROMUDEH, a los organos competentes del Gobierno Regional de MORDAZA, asimismo a los integrantes del COREDIS - MORDAZA y a quienes corresponda para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidente 11591

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital Regional de Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2006-GORE-ICA
EL CONSEJO REGIONAL DE ICA: Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Visto el Oficio Nº 1484-2005-GORE ICA/GGR y sus recaudos, en Sesion Ordinaria del dia 20 de diciembre del 2005, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional aprobo la Ordenanza Regional sobre la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital Regional de Ica. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 2º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica, y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal;

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