TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322934El Peruano martes 4 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público conautonomía política, económica y administrativa, teniendopor misión organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas ydelegadas en el marco de las políticas nacionales ysectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sosteniblede la región, conforme lo expresa los artículos dos, cuatro,cinco de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesentay siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamentenlos asuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional. Que, es política de este Gobierno Regional desarrollar políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas apromover la inclusión económica, social, política y culturalde jóvenes, personas con discapacidad grupos socialestradicionalmente excluidos y marginados del Estado,principalmente ubicados en el ámbito rural y organizadosen comunidades campesinas y nativas, nutriéndose desus perspectivas y aportes, buscando con ello promoverlos derechos de grupos vulnerables, impidiendo ladiscriminación por razones de etnia, religión o género yotra forma de discriminación; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional número trescientos setenta y tres del dos mil cuatro guión GRHdiagonal PR de fecha veintitrés de junio del año dos milcuatro se conforma el Consejo Regional de Integración delas Personas con Discapacidad de la Región Huánuco -COREDIS - HUÁNUCO, procediéndose a su instalación yconsecuente juramentación de sus integrantes medianteacta de fecha tres de mayo del año dos mil cuatro; Que, son las Ordenanzas Regionales las que norman asuntos de carácter general, la organización y laadministración del Gobierno Regional y reglamentenmaterias de su competencia; Que siendo la finalidad del COREDIS - HUÁNUCO, establecer las políticas públicas que tengan a bien generarmayores oportunidades de participación e igualdad deoportunidades a fin de desarrollar una cultura de toleranciay respeto a los derechos y libertades a ser diferentes afavor del desarrollo de la integración de las personas condiscapacidad y sus familiares en el ámbito del GobiernoRegional de Huánuco, se hace necesaria que su creaciónesté dada mediante una Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treintay ocho, de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesentay siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, y estando a loacordado por UNANIMIDAD en la Sesión de ConsejoRegional de la referencia con dispensa del traámite delectura y aprobación del Acta; ORDENA:Artículo Primero.- CREAR el CONSEJO REGIONAL DE INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDADDE LA REGIÓN HUÁNUCO - COREDIS HUÁNUCO, cuyafinalidad será de articular esfuerzos en conjunto para ladefensa de los derechos de la persona con discapacidad,en mérito a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- SEÑALAR, que la composición del Consejo Regional de Integración de la Persona conDiscapacidad de la Región Huánuco - COREDISHUÁNUCO, integrada por las diferentes institucionespúblicas y privadas, gremios, representantes y la federaciónserá de la siguiente manera: - Un representante del Gobierno Regional de Huánuco, que lo presidirá. - El Gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Huánuco, quien actuará como Secretaría Técnica. - Un representante de la Dirección Regional de Salud.- Un representante de la Dirección Regional de Educación. - Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Un representante del Sector del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (PRONAA). - Un representante del Sector Interior (Prefecto Regional)- Un representante de la Dirección Regional de Vivienda y Construcción.- Un representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. - Un representante del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC). - Un representante de las Fuerzas Especiales Nº 314 - Y anag (EJÉRCITO). - Un representante de la Red Asistencial ESSALUD.- Un representante de la Dirección Regional de la Policía Nacional del Perú - Huánuco. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Huánuco. - Un representante del Ministerio Público - Huánuco.- Un representante del Poder Judicial - Huánuco.- Un representante de la Municipalidad Distrital de Amarilis. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Pillkomarca. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Chinchao - Acomayo. - Un representante del Colegio Profesional de Psicólogos.- Un representante del Colegio Profesional de Abogados.- Un representante de la CONADIS de la Región Centro, Junín, Pasco y Huánuco. - Un representante de la Federación Departamental de Discapacitados de Huánuco (FEDDHCO). - Un representante de la Persona con Discapacidad Auditiva. - Un representante de las Personas con Discapacidad Visual. - Un representante de las Personas con Discapacidad Motora. - Un representante de los familiares de las Personas con Discapacidad. - Un representante de la Federación Deportiva Especial. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en su calidad de Secretaría Técnicadentro de un plazo de sesenta días de publicada la presenteOrdenanza Regional, proponga a la Presidenta Regional,el reglamento de la presente norma. Artículo Cuarto.- DÉJESE sin efecto cualquier norma regional que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRÍBASE, la presente Ordenanza Regional al PROMUDEH, a los órganoscompetentes del Gobierno Regional de Huánuco, asimismoa los integrantes del COREDIS - HUÁNUCO y a quienescorresponda para su conocimiento y fines. Artículo Sexto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) dela Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 11591 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2006-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA: Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Visto el Oficio Nº 1484-2005-GORE ICA/GGR y sus recaudos, en Sesión Ordinaria del día 20 de diciembre del2005, con el voto unánime del Consejo Regional aprobó laOrdenanza Regional sobre la aprobación del Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) del Hospital Regional de Ica. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 2º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, los GobiernosRegionales emanan de la voluntad popular, son personasjurídicas de Derecho Público, con autonomía política,económica, y administrativa en asuntos de su competencia,constituyendo para su administración económica yfinanciera un Pliego Presupuestal;