Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2006 (04/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano martes 4 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
ORDENANZA

322937

POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE; VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 006-2006-MPL/CPL-CPDU, de la Comision Permanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los articulos 194º y 195º numerales 5) y 6) de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En este sentido, son competentes, entre otros, para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que es materia de competencia municipal, planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial; Que, mediante la R.D. Nº 794-87-ED de fecha 17 de noviembre de 1987, se delimito la MORDAZA monumental e historica del distrito de Pueblo Libre, la que esta comprendida por el perimetro formado por la Av. MORDAZA, Av. Sucre; Av. MORDAZA Alcazar, Pasaje Amoretti y Jr. MORDAZA, quedando comprendidas las cuatro primeras cuadras de la Av. General MORDAZA, Jr. MORDAZA Parado de MORDAZA, Psje. MORDAZA MORDAZA, continuando por el Jr. MORDAZA Tagle y finalizando por el Jr. 29 de Diciembre; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 08-2006-MPL, de fecha 20 de febrero de 2006, se aprobo el Plan Integral de Desarrollo del distrito de Pueblo Libre, el mismo que en el Capitulo III Diagnostico Distrital de Pueblo Libre, acapite 3.4.11 referido a Areas Historico Monumentales y Arqueologicas, del analisis MORDAZA arquitectonico de la MORDAZA monumental, advierte dentro de la MORDAZA monumental, un paulatino cambio de uso; asi se observa la aparicion de areas comerciales, construccion de edificaciones que rompen con el perfil MORDAZA monumental, ademas de areas que se utilizan para equipamiento o servicios del distrito, todo esto sin considerar el entorno historico-monumental y que ademas no son compatibles para zonas de conservacion historica; Que, dentro de la MORDAZA Monumental se puede observar una microzona, que contiene caracteristicas arquitectonicas especiales, la cual alberga la mayor parte de edificaciones declaradas monumentos historicos dentro del distrito, por lo que se ha visto necesario tomar las acciones pertinentes para salvaguardarla; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo aprobo por Mayoria, la siguiente;

Articulo Primero.- Crease dentro de la MORDAZA Monumental, una microzona denominada de "Tratamiento de Intervencion Preferente", cuyo perimetro estara conformado por: 1. Cuadras 1 a la 9 de la Av. Gral. Vivanco. 2. Cuadras 7 y 8 del Jr. MORDAZA MORDAZA (antes Jr. MORDAZA C. Tello). 3. Cuadras 10 a la 13 de la Av. San Martin. 4. Cuadra 1 hasta la esquina de la cuadra 3 del Jr. MORDAZA MORDAZA (antes Jr. Necochea). 5. Cuadras 1 a la 4 del Jr. MORDAZA de los MORDAZA (antes Jr. Junin). 6. Cuadra 1 del Jr. MORDAZA R. MORDAZA (Hacienda Orbea). 7. Cuadras 7 a la 9 de la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (antes Av. La Mar). 8. Esquina de la MORDAZA MORDAZA Ugarteche con Av. San Martin. Articulo Segundo.- Encarguese a la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA, la elaboracion de un Proyecto denominado "Plan Maestro de la MORDAZA Monumental" y facultesele para convocar a los profesionales necesarios para dicho proyecto. Articulo Tercero.- Dentro del "Plan Maestro de la MORDAZA Monumental" se desarrollara un Plan de emergencia respecto a la Microzona de Tratamiento de Intervencion Preferente, el mismo que tendra una duracion de seis (6) meses. Articulo Cuarto.- Suspendase la emision de licencias de construccion, licencias y/o autorizaciones de funcionamiento de cualquier giro y/o autorizaciones para la colocacion de elementos de publicidad exterior y autorizaciones para el comercio informal, en la Microzona de Tratamiento de Intervencion Preferente hasta que se realice el plan de emergencia de la citada area. Articulo Quinto.- Los efectos de la presente ordenanza no seran aplicables para la renovacion de licencias, autorizaciones de funcionamiento y/o autorizaciones para la colocacion de elementos de publicidad exterior vigentes ni para trabajos de acondicionamiento y/o refaccion, ni para los casos de reparaciones de emergencia (previo informe de Defensa Civil); estos ultimos se tramitaran de acuerdo a las normas vigentes. Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Oficina de Administracion Tributaria, Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Gerencia de Desarrollo Humano, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Septimo.- Esta ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, respetando las solicitudes presentadas hasta un dia antes. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 11616

PROYECTO OSINERG

Proyecto de resolucion que fija los Cargos Maximos por Corte y Reconexion del servicio de distribucion de gas natural, aplicables a la concesion de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 295-2006-OS/CD MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 75º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, los cobros por corte y reconexion seran propuestos por el Concesionario y aprobados por la entidad reguladora, debiendo OSINERG, mediante resolucion, especificar la metodologia y criterios empleados; Que, mediante el articulo 3º de la Resolucion OSINERG Nº 085-2006-OS/CD, se dispuso la incorporacion del Procedimiento para la Fijacion de los Cargos Maximos por Corte y Reconexion del Servicio de Distribucion de Gas Natural, como Anexo K de la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados" 1 ; Que, asimismo, mediante el articulo 4º de la citada Resolucion OSINERG Nº 085-2006-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Metodologia, Criterios, Formatos y contenido de la

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Aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD

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