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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 4 de julio de 2006 322925REPUBLICADELPERU Nº 5857, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública extendido ante el Notario Público de Lima Dr.Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán con fecha 16 de setiembrede 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acreditenla existencia de servidumbre convencional para el desarrollode las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio deEnergía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo deaplicación a tal servidumbre convencional las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de ConcesionesEléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 145-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbreconvencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada,para la instalación de la subestación de distribución eléctricacompacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Público deElectricidad Nº 5857, ubicada en la Calle Monte Flor Nº 395 -Nº 385, Urbanización Valle Hermoso Oeste, distrito de Santiagode Surco, provincia y departamento de Lima, constituida medianteTestimonio de Escritura Pública extendido ante el Notario Públicode Lima Dr. Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán con fecha 16 desetiembre de 2005, en los términos y condiciones estipulados enel mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31186506 Subestación de Distribución Suelo: 14,96 m² Privada Urbano Eléctrica Nº 5857 y sus aires.Ubicación: distrito de Santiago deSurco, provincia y departamentode LimaCoordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 660 370,738 284 509,475B 8 660 366,866 284 507,384C 8 660 365,250 284 510,375D 8 660 369,122 284 512,466 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10955 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2006-MEM/DM Lima, 20 de junio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31186706, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de PersonasJurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobresolicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupaciónsobre bienes de propiedad privada, indispensable para lainstalación de la subestación de distribución eléctricacompacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Públicode Electricidad Nº 5377; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctricaen mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicadael 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimientode la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestaciónde distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano)para Servicio Público de Electricidad Nº 5377, ubicada en laCalle Monte Umbroso Nº 473 y Calle Batallón Tarma Nº 692 -Nº 696, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamentode Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuranen el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituidoservidumbre convencional de ocupación sobre un área de12,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para lasubestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal(sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5377,conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 26de febrero de 2003, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acreditenla existencia de servidumbre convencional para el desarrollode las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio deEnergía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo deaplicación a tal servidumbre convencional las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de ConcesionesEléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 153 -2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A.,la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien depropiedad privada, para la instalación de la subestación dedistribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) paraServicio Público de Electricidad Nº 5377, ubicada en la CalleMonte Umbroso Nº 473 y Calle Batallón Tarma Nº 692 -Nº 696, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamentode Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre defecha 26 de febrero de 2003, en los términos y condicionesestipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacióntécnica y los planos proporcionados por la empresa, conformeal siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31186706 Subestac ión de Distribución Suelo: 12,00 m² Privada Urbano Eléctrica Nº 5377 y sus aires.Ubicación: distrito de Santiago deSurco, provincia y departamentode LimaCoordenadas UTM: Vértice N orte Este A 8 660 213,1721 284 581,1855B 8 660 214,7701 284 578,6465C 8 660 218,1554 284 580,7771D 8 660 216,5575 284 583,3161 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 11226 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2006-MEM/DM Lima, 23 de junio de 2006