Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2006 (04/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano martes 4 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322927

Que, habiendose producido el vicio MORDAZA indicado en la etapa programada para la MORDAZA de las propuestas tecnico-economicas, corresponde retrotraer el presente MORDAZA de seleccion hasta la referida etapa; Que, en ese orden, el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, prescribe que el Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, cuando verifique la existencia de actos administrativos nulos dictados en contravencion a las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del Concurso Publico Nº 0003-2006-MTPE, para la contratacion de la poliza de seguros patrimoniales, vehiculos, de responsabilidad civil, de deshonestidad 3D y contra incendios, para el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo retrotraerse el presente MORDAZA de seleccion hasta la etapa de MORDAZA de propuestas. Articulo 2º.- Declarar nula la buena pro otorgada al postor La Positiva Seguros y Reaseguros. Articulo 3º.- Declarar que resulta irrelevante pronunciarse sobre el recurso de apelacion presentado por el postor El MORDAZA Peruano Suiza Cia. de Seguros y Reaseguros. Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser comunicada a las empresas postoras en el presente MORDAZA de seleccion. Articulo 5º.- Consignar los alcances de la presente resolucion en el SEACE. Articulo 6º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaria General la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias naturales siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 11586

Que, la determinacion del tiempo de servicios y la identificacion de los beneficiarios que optaron por la compensacion economica se encuentra a cargo del Viceministerio de Trabajo, mientras que el calculo del monto a abonar a cada beneficiario y el ingreso de la informacion respectiva es efectuado por la Oficina de Estadistica e Informatica; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 123 y 1472003-TR, 177-2004-TR, 094-2005-TR, 323-2005-TR, 371-2005TR, 391-2005-TR y 405-2005-TR, se han venido efectuando pagos a los ex trabajadores comprendidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron excluyentemente por el beneficio de la compensacion economica, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria; Que, a pesar de las autorizaciones de pago senaladas a favor de los ex trabajadores, detalladas en el parrafo precedente, existen beneficiarios de la compensacion economica que no han ejecutado su derecho al cobro a pesar de estar en los listados ya aprobados, por lo que corresponde, hasta donde alcancen los recursos presupuestarios, reprogramar dichos pagos; Que, habiendo fallecido a la fecha algunos beneficiarios, corresponde autorizar el pago a quienes legalmente acrediten su derecho sucesorio, respetando la calidad de bien comun del beneficio otorgado, conforme lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Sector; Que, mediante Ley Nº 28750 se ha aprobado un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal, que incluye una partida presupuestaria a ser transferida por el Ministerio de Economia y Finanzas al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para el pago del beneficio de compensacion economica; Que, en merito a lo dispuesto resulta conveniente expedir el acto administrativo que disponga el pago de los beneficiarios que han acreditado su derecho, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria habilitada para tal efecto; Con la visacion de los Directores Generales de las Oficinas de Administracion, Planificacion y Presupuesto, Estadistica e Informatica y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Sector aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, asi como la Ley Nº 27803, el Decreto Supremo Nº 071-2003-EF, la Ley Nº 28750 y demas normas complementarias y reglamentarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el pago de la Compensacion Economica prevista por el articulo 3º de la Ley Nº 27803, a los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por dicho beneficio y acreditaron su tiempo de servicios de acuerdo a Ley, cuyos nombres figuran en el anexo de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Disponer que el anexo de la presente resolucion ministerial se publique en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo: www.mintra.gob.pe/ceses asi como sea publicitado por las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo del territorio nacional. Articulo 3º.- En el caso de los beneficiarios fallecidos, el pago se efectua al conyuge superstite y los herederos por los montos que correspondan de acuerdo a Ley, conforme a la documentacion remitida al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 11587

Autorizan pago de compensacion economica a ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2006-TR
MORDAZA, 28 de junio de 2006 VISTOS: El Oficio Circular Nº 018-2006-EF/76.12, de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico; los Oficios Nºs. 372 y 377-2006-MTPE/2-CCC; los Informes Nºs. 141 y 144-2006-MTPE/4/9.220, de la Oficina de Presupuesto; el Oficio Circular Nº 040-2006-MTPE/4/9.2 y los Oficios Nºs. 753 y 767-2006-MTPE/4.9.2, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; la Nota de Elevacion Nº 056-2006-MTPE/4/ 10.110, de la Oficina Financiera; el Memorando Nº 060-2006MTPE/2, de la Secretaria General; los Oficios Nºs. 1553 y 1659-2006-MTPE/4/10.1 de la Oficina de Administracion; el Informe Nº 009-2006-MTPE/4/10.321/JAGF, de la Unidad de Analisis y Desarrollo; y el Oficio Nº 300-2006-MTPE/4/10.3, de la Oficina de Estadistica e Informatica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803 se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por la Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales; Que, el articulo 3º de la indicada Ley Nº 27803 senala que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente podran optar de manera excluyente por alguno de los beneficios previstos por la misma, siendo uno de ellos el de la compensacion economica;

Designan representante del Ministerio ante Comite Tecnico Multisectorial encargado de proponer medidas para mejorar condiciones laborales y formacion profesional de trabajadores dedicados al servicio de transporte MORDAZA e interprovincial de pasajeros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2006-TR
MORDAZA, 28 de junio de 2006

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