Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2006 (12/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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323474

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 12 de MORDAZA de 2006

Que, sin embargo, el procedimiento para garantizar el cumplimiento de las normas electorales en materia de Propaganda Electoral, establecido en el articulo 18º del mencionado reglamento, establece la aplicacion de determinadas sanciones, siendo una de ellas la aplicacion de multas no menor de treinta (30) ni mayor de cien (100) unidades impositivas tributarias por parte de los Jurados Electorales Especiales; dicho procedimiento, interpretado en concordancia con lo establecido en la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, especificamente en sus articulos 361º y 362º, seria de aplicacion solo para los casos de funcionarios publicos que postulen a la reeleccion, y para efectos de las Elecciones Generales y del Parlamento MORDAZA del presente ano dichos funcionarios solo podrian ser Congresistas de la Republica y, al no cumplir con dicho perfil los candidatos MORDAZA Juliza MORDAZA Rubin, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Yaneth MORDAZA MORDAZA, no corresponde la aplicacion de la multa de treinta (30) unidades impositivas tributarias al partido politico "Union por el Peru", mas si lo sera el resto del "Reglamento sobre Difusion y Control de Propaganda Electoral", aprobado mediante Resolucion Nº 007-2006-JNE, en lo que corresponda; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Union por el Peru"; en consecuencia NULA la Resolucion Nº 0512006-PRES-CC-JEE-HCO del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, emitida con fecha 13 de marzo de 2006, que resuelve imponer al partido politico "Union por el Peru" la multa de treinta (30) unidades impositivas tributarias por haber infringido reiteradamente las normas electorales sobre Propaganda Electoral. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 12059

sesiones ordinarias convocadas en los anos 2004, 2005 y 2006; sin embargo, se aprecia que las pruebas aportadas en el presente MORDAZA se refieren a actas denominadas de "constatacion judicial", que no acreditan de manera plena que se MORDAZA cumplido con el MORDAZA de convocatoria a sesion ordinaria; Que, en cuanto a la causal de nepotismo, la resolucion impugnada senala que el MORDAZA vacado contrato en forma personal y directa a su hermano, don Wilber MORDAZA MORDAZA, como trabajador municipal de la Municipalidad Distrital de Pucara, laborando como operario de obra en los acabados de la conclusion de la primera planta del local del Palacio Municipal, para lo cual, aluden a las planillas de pago de trabajadores de diversos meses del ano 2003; Que, el articulo 22º inciso 8 de la Ley Nº 27972, al establecer la causal de nepotismo, senala que esta debe entenderse conforme a la ley de la materia. El Articulo 1º de la Ley de Nepotismo (Ley Nº 26771) indica que los funcionarios de direccion y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones publicas conformantes del Sector Publico Nacional, asi como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratacion de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el MORDAZA de seleccion se encuentran prohibidos de ejercer dicha facultad en su entidad respecto a sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad y por razon de matrimonio; Que, el impugnante senala que no esta acreditado su entroncamiento familiar con don Wilber MORDAZA Quispe; sin embargo, de la consulta efectuada con el RENIEC, se advierte que la autoridad sujeta a vacancia y don Wilver MORDAZA MORDAZA, poseen los mismos nombres de padre y madre; por lo que se encuentra acreditada la relacion familiar entre dichas personas. Asimismo, se ha acreditado con los documentos que aparecen a fojas 113-124, que el MORDAZA sujeto a vacancia contrato a don Wilver MORDAZA MORDAZA para laborar en la obra "conclusion de primera planta del local municipal de Pucara" realizada entre los meses de marzo a junio del 2003; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en consecuencia, confirmar la Resolucion de Alcaldia Nº 006-2006-MDP-L, de fecha 21 de marzo de 2006 expedida por la Municipalidad Distrital de Pucara, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en cuanto declara la vacancia en el cargo de MORDAZA de ese Concejo Municipal, por la causal contenida en el inciso 8) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 12067

Confirman Resolucion de Alcaldia que declara vacancia del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pucara
RESOLUCION Nº 1179-2006-JNE
Expediente Nº 254-2006-VAC. MORDAZA, 19 de junio de 2006 VISTA; en Audiencia Publica la apelacion interpuesta a fojas 03 por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de Alcaldia Nº 006-2006-MDP-L, de fecha 21 de marzo de 2006 expedida por la Municipalidad Distrital de Pucara, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, que declaro su vacancia en el cargo de MORDAZA de ese Concejo Municipal, por la causal contenida en los incisos 7) y 8) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 006-2006MDP-L del 21 de marzo del 2006, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Pucara declaro por unanimidad la vacancia del MORDAZA de dicha comuna, por las causales establecidas por los incisos 7 y 8 del Articulo 22º de la Ley Nº 27972; Que, respecto de la primera causal se indica en la resolucion impugnada que el MORDAZA de la Municipalidad, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha inconcurrido a nueve

Confirman resoluciones expedidas por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas que denegaron solicitudes de inscripcion de organizaciones politicas locales provincial y distrital
RESOLUCION Nº 1199-2006-JNE
Expediente Nº 11911-2006 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006

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