Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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LICA DEL P E

RU

324008

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006

Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el ano fiscal 2006; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Prepago del FSD al MEF Apruebase el prepago que efectuara el Fondo de Seguro de Depositos al Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a la linea de credito a que se refiere el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 108-2000, mediante la dacion en pago a favor del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, del inmueble descrito en el Tercer Considerando del presente Decreto Supremo, hasta por US$ 51 072,20 (CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y DOS Y 20/100 DOLARES AMERICANOS), valor de tasacion efectuado por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA. El monto de la operacion en mencion se aplicara a rebajar, hasta donde alcance, la MORDAZA cuota del cronograma de pago que corresponde a la Linea de Credito otorgada al Fondo de Seguro de Depositos, la misma que vence en MORDAZA de 2010. Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico para que en representacion del Ministro de Economia y Finanzas, efectue los ajustes contables correspondientes y suscriba los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en el articulo 1º de la presente MORDAZA legal. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00098-12

externo mencionada, y modificando la tabla de amortizaciones respectiva; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Apruebase la modificacion de la operacion de endeudamiento externo con el Gobierno del Reino de Belgica, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 09681-EF, con la finalidad de reducir el monto de la referida operacion a EUR 2 448 356,20 (Dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta y seis y 20/100 Euros). Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, los documentos necesarios para modificar la operacion de endeudamiento externo referida en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir los demas documentos que resulten necesarios para efectos de implementar lo dispuesto en el articulo anterior. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00098-13

Aprueban modificacion de Operacion de Endeudamiento Externo
DECRETO SUPREMO Nº 112-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-81-EF, se aprobo el Convenio de Ayuda Financiera que suscribieron el Gobierno del Reino de Belgica y el Gobierno de la Republica del Peru mediante el cual se otorgo un credito ascendente a BEF 100 000 000,00 (Cien millones y 00/100 Francos Belgas) para financiar la compra de bienes o pago de servicios belgas, estableciendo que el prestamo referido seria pagadero en treinta (30) anos, con diez (10) anos de MORDAZA libres de interes, mediante veinte (20) armadas iguales a partir del 31 de diciembre de 1991, devengando un interes del 2% anual al rebatir; Que, a la fecha existe un saldo no utilizado de BEF 1 233 556,00 (Un millon doscientos treinta y tres mil quinientos cincuenta y seis y 00/100 Francos Belgas), equivalente a EUR 30 579,05 (Treinta mil quinientos setenta y nueve y 05/100 Euros), de la operacion de endeudamiento referida, en la cuenta del Banco de la Nacion donde se desembolso dicho prestamo; Que, se ha considerado conveniente devolver el saldo referido en el considerando anterior, reduciendo de esta manera el monto total de la operacion de endeudamiento

Modifican Directiva para la Formulacion, Suscripcion, Ejecucion y Evaluacion de los Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2006, aprobada por R.D. Nº 007-2006-EF/76.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2006-EF/76.01
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 63º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, para que, progresivamente, formule y suscriba Convenios de Administracion por Resultados con Entidades publicas, a fin de mejorar la cantidad, calidad y cobertura de los bienes que proveen y servicios que prestan; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2006-EF/ 76.01 se aprobo la Directiva Nº 005-2006-EF/76.01 Directiva para la Formulacion, Suscripcion, Ejecucion y Evaluacion de los Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2006; Que, es necesario modificar los articulos 26º y 35º y el Anexo A de la Directiva Nº 005-2006-EF/76.01 - Directiva para la Formulacion, Suscripcion, Ejecucion y Evaluacion de los Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2006; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; la Ley

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