Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2006 (21/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

324484
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTA:

El Peruano viernes 21 de MORDAZA de 2006

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC ha venido emitiendo diversas resoluciones jefaturales por las cuales se han incorporado progresivamente las oficinas registrales de diversas municipalidades distritales como San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA, Surquillo y San Luis; Que. mediante Resolucion Jefatural Nº 679-2006-JEF/ RENIEC se dispuso el cambio de denominacion de Agencias RENIEC por Oficinas Registrales RENIEC y se designo a los Jefes responsables de las Oficinas Registrales de MORDAZA Metropolitana y Callao de la Jefatura Regional MORDAZA, estando pendiente la designacion del Jefe responsable de la Oficina Registral de Lurigancho Chosica; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 690-2006-JEF/ RENIEC se dispuso revocar a partir del 17 de MORDAZA de 2006, las facultades registrales comprendidas en literales a), b) c), e) y o) del articulo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a las Oficinas del Registro del Estado Civil que funcionan en la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica entre otras; Que, los articulos 11º y 81º del Reglamento de Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM establece que las oficinas registrales se constituyen como un organo de linea y como una primera instancia administrativa ante la interposicion de recursos de impugnacion; Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en la Ley Nº 26497 - Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF publicada el 05 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la locadora Faridy MORDAZA Handall MORDAZA como Jefe responsable de la Oficina Registral de Lurigancho - Chosica de la Jefatura Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, quien ademas ejercera las funciones previstas en el articulo 15º del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registradora, y actuara como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que alli se inicien. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la implementacion de las acciones pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase.

Las solicitudes presentadas por la Entidad de Desarrollo a la Pequena y Microempresa - EDPYME Raiz, para que se le autorice la apertura de tres (3) agencias ubicadas: una (1) en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, una (1) en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, una (1) en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que la EDPYME Raiz, en sesion extraordinaria de Directorio Nº 014 del 07.06.2006, aprobo la apertura de las agencias de Huancayo, Juliaca y Jaen; Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente, conforme establece el Procedimiento 11º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "C", mediante Informe Nº 0952006-DEM"C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y en la Circular Nº EDPYME 118-2005, y el Procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002; y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Entidad de Desarrollo a la Pequena y Microempresa - EDPYME Raiz, abrir tres (3) agencias en las siguientes direcciones: - MORDAZA Real Nº 1112, 1116, 1120, MORDAZA y tercer piso, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin. - Jr. Dos de MORDAZA 141-147, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1454, primer piso, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca. Articulo Segundo.- La apertura de las agencias autorizadas por la presente Resolucion se encuentran sujetas a las condiciones de autorizacion asumidas expresamente por el Directorio de la EDPYME Raiz, referidas a la atencion preferente a la microempresa y el cumplimiento a las metas de colocaciones, morosidad y otros establecidas en los estudios de factibilidad presentados. Asimismo, las agencias estaran sujetas a las medidas prudenciales que considere conveniente establecer este Organismo de Supervision y Control, asi como a las modificaciones que resulten necesarias efectuar a las condiciones asumidas en el compromiso MORDAZA senalado. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 00254-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00258-1

SBS
Autorizan a la EDPYME Raiz abrir agencias en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 927-2006 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS

Aprueban Circular relativa a la Informacion Estadistica sobre Descuentos por permanencia, aplicable a las AFP que tengan inscrito en el Registro del SPP algun Plan de Permanencia
CIRCULAR Nº AFP-77-2006 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.