Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A.C. debera operar su planta de curado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquer a. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Nº 012-2005PRODUCE/DINAMA del 21 de octubre del 2005; y ademas cumplir los requer imientos operativos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobadas por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, sustentados en el Protocolo Sanitario Nº PSL-006-06-CG-SANIPES del 15 de MORDAZA del 2006. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la licencia de operacion otorgada a CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A. a traves de la Resolucion Directoral Nº 099-99-PE/ DNPP. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion - Ica y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 00443-6

Que el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que a traves de los escritos del visto y en virtud a la fusion empresarial realizada con las empresas titulares de las licencias de operacion, otorgadas mediante las Resoluciones Ministeriales senaladas en el primer y MORDAZA considerando, la recurrente solicita el cambio de titular de las mismas; Que el articulo 54º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que cualquier modificacion de la capacidad instalada de una planta de procesamiento, requiere de la autorizacion y la licencia correspondiente; Que en la inspeccion de verificacion de capacidades, se constato que la capacidad instalada de la planta de congelado se ha incrementado de 14 a 49 t/dia, por lo cual no procede aprobar el cambio de titular solicitado de conformidad con la normatividad pesquera citado en el tercer considerando; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nºs. 3682005-PRODUCE/DNEPP-Dch y 135-2006-2006PRODUCE/DGEPP-Dch, y, con la opinion favorable del Area Legal de esta Direccion General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los articulos 49º, 51º y 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa PRODUCTOS MORDAZA DEL MORDAZA S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 267-94-PE de fecha 6 de MORDAZA de 1994, a favor de la empresa MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de enlatado, instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. G, Lote 01, provincia y departamento de Tacna, con la capacidad instalada de 460 cajas/turno. Articulo 2º.- MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos cumpliendo las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como de seguridad industrial pesquera; que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 0402001-PE, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a los compromisos ambientales asumidos en su Declaracion Jurada. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2º de la presente Resolucion, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del cambio de titular, seran causal de caducidad del presente derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4º.- Incorporar a MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L., como titular de la licencia de operacion de la planta de enlatado de productos hidrobiologicos, en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa PRODUCTOS MORDAZA DEL MORDAZA S.A. de dicho anexo. Articulo 5º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. para obtener el cambio de titular de licencia para la

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion a favor de la empresa MORDAZA del MORDAZA S.R.L. para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 228-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2006 Vistos los escritos con registro Nºs. 00027891, 00028114 y 00036214 de 3 de octubre de 2005, 2 de MORDAZA y 5 de junio de 2006, respectivamente, presentados por la empresa MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L., a traves de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna. CONSIDERANDO: Que con Resolucion Ministerial Nº 267-94-PE de 6 de MORDAZA de 1994, se otorgo a PRODUCTOS MORDAZA DEL MORDAZA S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, para la produccion de enlatados, con una capacidad de 460 cajas/turno, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. G, Lote 01, provincia y departamento de Tacna; Que con Resolucion Ministerial Nº 524-96-PE de 25 de octubre de 1996, se otorgo a FRIO DEL SUR S.A. licencia de operacion, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. G, Lote 02, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad instalada de 14 t/dia;

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