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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 27 de julio de 2006 325229REPUBLICADELPERU quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipode construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00242-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2006-MEM/DM Lima, 11 de julio de 2006VISTO: El Expediente Nº 31189306, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en elAsiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición deservidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Públicode Electricidad Nº 7732; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 7732, ubicada en la vereda(proyectada) de la calle Caraz, Cuadra 3, Mz. Z3, frente al predio Nº 202, AA.HH. Virgen de Lourdes, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima,según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley deConcesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienesde propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 168-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) paraServicio Público de Electricidad Nº 7732, ubicada en la vereda (proyectada) de la calle Caraz, Cuadra 3, Mz. Z3, frente al predio Nº 202, AA.HH. Virgen de Lourdes, distritode Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguientecuadro:VISTO: El Expediente Nº 31189106, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en elAsiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición deservidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Públicode Electricidad Nº 6604; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación dedistribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 6604, ubicada en la vereda (proyectada) del jirón Leoncio Prado, frente al predioNº 203, AA.HH. Mariano Melgar, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en elExpediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios estánfacultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzarríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 169-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación dela subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 6604, ubicada en la vereda (proyectada) del jirónLeoncio Prado, frente al predio Nº 203, AA.HH. Mariano Melgar, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a ladocumentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de servidumbre propiedad terreno 31189106 Subestación de Distribución Suelo: 8,00 m2Pública Urbano Eléctrica Nº 6604. subsuelo y aires Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, provincia ydepartamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 288 116,450 8 653 432,365 B 288 120,289 8 653 431,242 C 288 119,727 8 653 429,322D 288 115,888 8 653 434,446 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre,