Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 105

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 27 de julio de 2006 325241REPUBLICADELPERU en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www .produce .gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 00443-4 Otorgan licencia a Peruvian Sea Food S.A. para operar planta de congeladode productos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 222-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 26 de junio de 2006 Visto el escrito con registro Nº 00034699 del 29 de mayo del 2006, presentado por la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A. CONSIDERANDO: Que los artículos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorización de instalación de establecimientos industriales y para la operación de plantas deprocesamiento de productos hidrobiológicos se requiere de la autorización y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Producciónotorga a nivel nacional; Que mediante Resolución Directoral Nº 426-2005- PRODUCE/DNEPP del 14 de diciembre del 2005, seotorgó a la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad deprocesamiento de productos hidrobiológicos a través de una planta de congelado, con una capacidad de 114 t/ día y su almacenamiento con una capacidad de 1700 t,a ubicarse en la Zona Industrial II Mz. “K”, Lotes 1 y 2, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que mediante el escrito del visto, la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A, solicita se le otorgue licencia de operación para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos a través desu planta de congelado, en su establecimiento industrial indicado en el considerando que antecede; Que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, mediante Constancia de Verificación Nº 004-2006-PRODUCE/DIGAAP , señala que la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A. ha cumplido conimplementar las medidas de mitigación presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiológicos; Que el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú- ITP mediante Protocolo Sanitario para Licencia de Operación Nº PSL-005-CG-SANIPES del 12 de mayo del 2006,precisa que la citada planta de congelado se adecua a los requerimientos de diseño, construcción y equipamiento, según lo establecido en la NormaSanitaria para las actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 delTexto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaprocedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 188- 2006-PRODUCE/DGEPP-Dch del 15 de junio de 2006 y con el visado del Área Legal de esta Dirección General; De conformidad con lo establecido en los artículos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los artículos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º delDecreto Supremo Nº 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca, y el procedimiento Nº 28 del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A licencia para la operación de una planta de congelado de productos hidrobiológicos, con destino alconsumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero en la Zona Industrial II Mz. “K”, Lotes 1 y 2, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; conla siguiente capacidad: : Congelado : 102 t/día Cámara de almacenamiento de producto congelado : 700 t Artículo 2º.- La empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A deberá operar su planta de congelado de productos hidrobiológicos con sujeción a las normas legales reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, asícomo a las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de laactividad pesquera. Asimismo deberá contar con un sistema de seguridad del control del proceso que garantice la sanidad y la óptima calidad del producto final,conforme dispone los Decretos Supremos Nºs. 040-2001- PE y Nº 07-2004-PRODUCE, así como deberá implementar los compromisos asumidos en el Estudio deImpacto Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, según la Constancia de Verificación Nº 004-2006-PRODUCE/DIGAAP . Artículo 3º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo 2º de la presente de la presente Resolución serácausal de caducidad del derecho otorgado o de aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa PERUVIAN SEA FOOD S.A en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de la licencia deoperación de la planta de congelado descrita en el artículo 1º de la presente Resolución Directoral. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de Producción de Piura y consignarse en elPortal de la página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 00443-3 Aceptan desistimiento presentado por la empresa Eastern Pacific S.A. respecto a procedimiento administrativo de cambio de titular de licencia deoperación de planta de harina depescado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 224-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 27 de junio de 2006