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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320034El Peruano jueves 1 de junio de 2006 Asimismo, la concesionaria debe presentar la correspondiente documentación técnica, la cualdemuestre que en atención a la situación de riesgopresentada se efectuaron las respectivas maniobras, conla finalidad de minimizar el número de usuarios afectadoscon la interrupción del servicio que está obligado a brindar. 3. TÍTULO TERCERO DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Trámite de solicitud de calificación de fuerza mayor 3.1.1 Las solicitudes de calificación como causa de fuerza mayor deberán ser presentadas en el plazo establecido en el numeral 1.2 a la Gerencia de Gas Natural de OSINERG. 3.1.2 La concesionaria deberá presentar la documentación probatoria pertinente (ver Anexo 01) enun plazo máximo de quince (15) días calendario, deocurrido el evento que ocasionó la interrupción o variación de las condiciones del suministro. 3.1.3 La solicitud deberá presentarse cumpliendo el procedimiento establecido en el artículo 62º delReglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos,aprobado a través del Decreto Supremo Nº 041-99-EM,en el artículo 69º del Reglamento de Distribución de Gas Natural por red de Ductos, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 042-99-EM, según sea el caso; y en losítems correspondientes del Texto Único deProcedimientos Administrativos de OSINERG. 3.2. Recursos Administrativos Las empresas concesionarias podrán interponer los recursos administrativos establecidos en la Ley N° 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General.4. TÍTULO CUARTO DE LA DOCUMENTACIÓN MÍNIMA PROBATORIA 4.1 Constatación de la documentación mínima probatoria En los casos que OSINERG considere necesario, designará a un Supervisor para que constate laautenticidad de la documentación presentada por lasempresas concesionarias. 4.2 Responsabilidad de la Empresa Concesio- naria En caso de comprobar fraude o falsedad en la documentación presentada, OSINERG declararáinfundada la solicitud de calificación de fuerza mayor, eimpondrá las sanciones respectivas de acuerdo a loestablecido en la escala de multas vigente. Además en los casos en que la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos contra laFe Pública del Código Penal, ésta será comunicada alMinisterio Público para que interponga la acción penalcorrespondiente. 5. TÍTULO QUINTO DISPOSICIÓN FINAL Las Disposiciones de la presente Directiva se aplicará a todas las solicitudes de calificación de fuerza mayor presentadas a partir del día siguiente de la fecha de su publicación, aplicándose los criteriosestablecidos en su título II a los procedimientos decalificación de Fuerza Mayor que se encuentren entrámite. ANEXO 01 DOCUMENTACIÓN MÍNIMA PROBATORIA DOCUMENTO Actos Averías por Fenómenos Interrupción o suspensión Otros Vandálicos terceros Naturales del servicio por riesgo inminente a las instalaciones Copia del Cargo de Presentación de la solicitud de calificación de X X X X X fuerza mayor Informe Técnico del hecho causante de la variación (a) X X X X X Informe detallando las medidas de prevención adoptadas X X X XDocumentación técnica indicando que la instalación afectada cumple con las distancias mínimas de seguridad x x x(d) establecidas en las normas respectivas Parte Policial en base a una inspección o constatación por parte de los efectivos policiales de la zona, de los hechos x x x x x (d) ocurridos y de las instalaciones afectadas ( c ) Copia del aviso a los usuarios afectados, con la indicación del medio y la fecha en la cual se emitió. X X X X X Registro fotográfico que muestre las instalaciones afectadas. Deberá tener inscrita la fecha y hora, además x x x x x de elementos que hagan reconocible el lugar. Informe de la entidad responsable: SENAMHI, Instituto Geofísico del Perú, o Defensa Civil. X X(d) Informe de investigación del accidente realizado por la empresa concesionaria o quien ella designe X (a) Contenido Mínimo del informe Técnico: 1. Fecha y hora de Inicio de la variación.2. Los sectores afectados por la variación, con indicación del distrito y provincia al cual pertenecen.3. El motivo de la variación.4. Croquis de ubicación geográfica de la zona afectada, con indicación de la ubicación de la falla.5. Fecha y hora de la reposición total del suministro de energía eléctrica.6. Sustento técnico en el que se justifique el lapso de tiempo empleado para la reposición total del servicio eléctrico.7. Los equipos e instalaciones afectadas, (con detalle de los daños ocasionados).8. Maniobras efectuadas en caso de la ejecución de reposiciones parciales del servicio eléctrico.9. Esquema eléctrico unifilar (o de operación) con indicación de la actuación del sistema de protección y la ubicación del des perfecto. 10. La actuación del sistema de protección, tipo de falla registrada.11. El Código de identificación de la interrupción utilizado en los reporte enviados a la Unidad de Calidad de los Servicios El éctricos del OSINERG. 12. El Código de identificación del alimentador afectado. (b) OSINERG designará a un supervisor para la investigación del accidente.(c) El parte policial debe ser resultado de la inspección a las instalaciones afectadas y no de una trascripción de los hechos p or parte de un representante de la concesionaria o de un tercero no identificado. (d) La obligación de la concesionaria de remitir dicha documentación se determinará en virtud del supuesto que se presente, y qu e se encuentre establecido en el Contrato de Concesión suscrito por la empresa solicitante con el Estado Peruano 09690PROYECTO