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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320026El Peruano jueves 1 de junio de 2006 Que, mediante Ordenanza Nº 366-MSB, se prorroga el plazo de vencimiento del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - 2006 hasta el 17 de marzo del 2006; con extensión de los beneficios querigen para las cancelaciones previstas dentro del plazo establecido en la normatividad de la materia, facultando al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dictelas medidas necesarias en lo que a prórroga de los pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se refiere. Que, mediante Ordenanza Nº 370-MSB, se otorgó Beneficio Gradual para el pago de los arbitrios correspondientes a los predios destinados a uso comercio, industria, servicios y terrenos sin Construir;cuya liquidación anual de arbitrios para el ejercicio 2006 supere el monto determinado en el ejercicio 2005. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2006-MSB- C, de fecha 11.05.2006, se prorrogó, entre otros, el plazo para el pago de las deudas por Arbitrios Municipales 2006 hasta el día 19 de mayo del 2006, correspondiente a lospredios destinados a uso comercio, industria, servicios y terrenos sin construir; en el cual debió de indicarse, a efecto de que no exista confusión, que los beneficios otorgadosmediante Ordenanza Nº 362-MSB le eran de aplicación. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de AsesoríaJurídica, y conforme a lo establecido en el inciso 6) artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de las deudas por Arbitrios Municipales correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005, hasta el día 31 de mayo del 2006,con extensión de los beneficios que rigen para las formas de cancelación previstas en la Ordenanza Nº 357-MSB. Artículo Segundo.- PRORROGAR el plazo para el pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales 2006 hasta el día 31 de mayo del 2006, correspondiente a los predios destinados a uso comercio, industria,servicios y terrenos sin construir, con la extensión de los beneficios que rigen para las formas de cancelación previstas en la Ordenanza Nº 362-MSB. Artículo Tercero.- Entiéndase que le es de aplicación a la prórroga establecida en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía Nº 009-2006-MSB-A, los beneficiosotorgados mediante Ordenanza Nº 362-MSB. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 09679 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F /G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G61/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2006-MDSMP San Martín de Porres, 31 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 575-2006-GATR- MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, que propone la prórroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 167-MSDMP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 167-MDSMP se estableció nuevos plazos para el pago al contado del Impuesto Predial 2006 y del primer trimestre en caso depago fraccionado de este tributo en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2006-AL/ MDSMP , se amplió el plazo de la vigencia de la Ordenanza Nº 167-MDSMP , hasta el 31 de mayo del año en curso; Que, existiendo peticiones de numerosos vecinos para la ampliación de los plazos establecidos en la ordenanza citadaen el párrafo anterior, y teniendo en cuenta que éstos han colaborado activamente en la celebración de las festividades organizadas por la Municipalidad con motivo de los 56 años de su creación política, identificándose con su distrito, sehace posible la atención de lo solicitado; Que es política del Gobierno Local, prestar las máximas facilidades a los contribuyentes para que puedan regularizarlas deudas contraídas con la Municipalidad; Que, la Ordenanza Nº 167-MDSMP en su Artículo Segundo, otorga facultades al Sr. Alcalde para que mediante Decreto deAlcaldía dicte las disposiciones complementarias para ampliar el plazo de vigencia de la misma; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Estando al Informe Nº 746-2006-GAJ/MDSMP , de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad a lo previsto por los Artículos 6º, 20º inciso 6) y 42º de la LeyNº 27972, y con cargo de dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero .- Ampliar los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 167-MDSMP , hasta el 30 de junio del año en curso, incluyendo en esta prórroga el plazo de lacuota que corresponde al segundo trimestre del año 2006. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a las Gerencias de AdministraciónTributaria y Rentas, de Ejecutoría Coactiva y de Administración y Finanzas. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Alcalde 09685 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2006-MDSMP San Martín de Porres, 31 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 576-2006-GATR- MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria yRentas sobre la ampliación del plazo establecido en la Ordenanza Nº 168-MSDMP; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que definen a lasMunicipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 168-MDSMP se estableció como nuevos plazos para el pago de los arbitrios correspondientes a los ejercicios 2002 al 2006 en laMunicipalidad Distrital de San Martín de Porres, hasta el 30.4.2006; Que, mediante Ordenanza Nº 172-MDSMP , se prorrogó los plazos hasta el 15 de mayo del año en curso, ampliándose a su vez esta prórroga mediante el Decreto de Alcaldía Nº 010-2006-AL/MDSMP hasta el31 de mayo del año en curso; Que, existiendo peticiones de numerosos vecinos para la ampliación de los plazos establecidos en laordenanza acotada, y teniendo en cuenta que éstos han colaborado activamente en la celebración de las festividades organizadas por la Municipalidad con motivode los 56 años de su creación política, identificándose con su distrito, se hace posible la atención de lo solicitado; Que, la Ordenanza Nº 168-MDSMP en su Artículo Tercero, otorga facultades al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que se requieran para cumplir los objetivos de la misma; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas