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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (01/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 127

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 1 de junio de 2006 320025REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65 /G43/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G2C/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G2D/G20/G46/G4C/G41/G43/G4D/G41 ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2006-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de mayo de 2006, el Informe Nº 019-2006-UCTI-MDR de fecha 23 de mayo de 2006, emitido por la Unidad de Cooperación Técnica Internacional, referente a lainvitación de la Secretaría Ejecutiva de la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales -FLACMA-, a la Sesión de ComitéEjecutivo, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 019-2006-UCTI-MDR, de fecha 24 de mayo de 2006, emitido por la Unidad de Cooperación Técnica Internacional, informa que de la invitación de la Secretaría Ejecutiva de FederaciónLatinoamericana de Ciudades, Municipios y Gobiernos Locales –FLACMA-, para que el señor Alcalde participe en la Sesión del Comité Ejecutivo como SecretarioGeneral de la Federación de Municipios Libres del Perú – FEMULP y Alcalde del Rímac, dicha sesión se realizará los días 3 y 4 de junio de 2006 en la ciudad de SantoDomingo, República Dominicana; Que, el señor Alcalde en su calidad de Secretario General de la FEMULP es importante su participaciónya que fortalece la gestión municipal y la capacidad política de la FEMULP; a través del intercambio de experiencias y prácticas municipales que se debata enla Sesión del Comité Ejecutivo; Que, dicho objetivo es para difundir los resultados y elaborar el fortalecimiento de las políticas de apoyo yaque se tendrá una reunión con el Secretario General de la OEA, el Canciller de la República Dominicana y el Canciller de la República de Argentina, con quienes sepodrá ampliar las relaciones de cooperación y solidaridad; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Artículo 9º, atribuciones delConcejo Municipal, Inciso 11) corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidadrealicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; Que, la Secretaría Ejecutiva de la Federación de Municipios Libres del Perú financia los costos del billete del avión, y asimismo nuestra Municipalidad deberá cubrir el seguro de salud internacional y el pago del impuestoCORPAC como expresión concreta de su compromiso como Secretario General de la FEMULP; Que, la sesión del Comité Ejecutivo se realizará el día 3 y 4 de junio de 2006, debiendo partir el señor Alcalde el día 2 de junio; incluyendo una pasantía en la ciudad de Sucre, Venezuela, los días 5 y 6 del presente, que dentrode dicho lapso se reunirá con representantes de la Municipalidad de Sucre, debiendo regresar a Lima el mismo 6 de junio; Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en caso de vacancia o ausencia del Alcalde, lo remplaza el Tte. Alcalde que esel primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; asimismo el Artículo 18º inciso 1) del Reglamento Interno del Concejo Municipal del Rímac,indica que corresponde al Tte. Alcalde asumir la Alcaldía por ausencia temporal del Alcalde, como se da en este caso; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º, inciso 11) de la Ley Orgánica deMunicipalidades – Ley Nº 27972, el Reglamento Interno de Concejo vigente (RIC), con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde, licenciado LUIS ALEJANDRO LOBATÓN DONAYRE a la ciudad de Santo Domingo, RepúblicaDominicana para participar en la Sesión del Comité Ejecutivo como Secretario General de la Federación de Municipios Libres del Perú -FEMULP- y Alcalde del Rímac,a realizarse los días 2 al 4 de junio de 2006, incluyendo una pasantía en la ciudad de Sucre, Venezuela, los días 5 y 6 del presente año. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas los gastos a cubrir por el seguro de salud internacional y pago del impuestoCORPAC, originados por el viaje especificado en el Artículo Primero de dicho Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho de Alcaldía al señor Teniente Alcalde, profesor Benjamín Federico Infantes Espinoza, mientras dure la ausencia del señor Alcalde, con las facultades y atribucionesinherentes a dicho cargo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y Oficina de Secretaría General el fielcumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 09704 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G79/G20/G64/G65 /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G2C/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G2C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G69/G72 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2006-MSB-A San Borja, 26 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Visto, el Informe Nº 54-2006-MSB-GR, de fecha 18.05.2006, de la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 357-MSB, debidamente ratificada por Acuerdo Nº 395 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó la regulación del Régimen Tributario de Arbitrios Municipales de losejercicios 2004 y 2005. Que, el artículo 8º de la norma precitada establece el plazo para el pago de las deudas por Arbitrioscorrespondientes a los ejercicios 2004 y 2005, delegando facultad al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca prórrogas. Que, mediante Ordenanza Nº 358-MSB, se reguló el Régimen Tributario de los Arbitrios para el Ejercicio 2006; estableciendo en su artículo 6º el plazo para el pago delas cuotas trimestrales de los arbitrios del ejercicio 2006, siendo éstos el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre; delegando facultad al Alcaldepara que, excepcionalmente, mediante Decreto de Alcaldía establezca plazos diferentes.