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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (01/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 126

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320024El Peruano jueves 1 de junio de 2006 Año Descuento 2002 25% 2003 20% 2004 15% 2005 10% Artículo Tercero.- Aquellos contribuyentes que no se encuentran en la posibilidad de cancelar susobligaciones tributarias, pueden acceder a suscribir un Convenio de Fraccionamiento, en cuyo caso sólo podrán disfrutar del Beneficio establecido en el literal a) delArtículo 2º de la presente Ordenanza. La deuda podrá ser fraccionada en una cuota inicial no menor al Treinta por Ciento (30% ) y cinco (5) cuotas, cuyovencimiento será de treinta (30) días calendario entre cada una de ellas. Para optar por esta modalidad de pago, el contribuyente deberá: - Presentar original y copia legible de su documento de identidad. - En caso de realizarlo a través de un Apoderado, deberá adjuntar además del requisito anterior, Carta Poder Simple, así como el original y copia legible del Documento de Identidad del Apoderado. - Suscribir el Convenio de Fraccionamiento aceptando las condiciones de otorgamiento y pérdida del fraccionamiento; así como de la Tasa de Interés aplicablea cada una de estas cuotas (1.28% mensual). - Cancelar la cuota inicial al momento de la suscripción del Convenio. Artículo 5º.- El presente Beneficio Especial Tributario tendrá una vigencia de 30 días calendario, contados desde eldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Durante la vigencia del presente Beneficio Especial Tributario, la Gerencia de Rentas queda terminantemente prohibida de quebrar cualquier Convenio de Fraccionamiento suscrito con anterioridad. Segunda.- El presente Beneficio si bien es extensivo a las obligaciones que se encuentren en estado de Cobranza Coactiva, no implica la suspensión de los procedimientosde cobranza, ni el quiebre de los expedientes coactivos, en tanto éstos no sean cancelados; del mismo modo, no exime del pago de las costas procesales coactivas que se hubiesengenerado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde Distrital de La Victoria, para que mediante Decreto de Alcaldía, amplíe hasta por veinte (20) días hábiles más, la vigencia del presente Beneficio Especial Tributario, si así lo considerara necesario. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional la publicidad ydifusión de estos Beneficios. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 09604 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G39/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G65/G73/G20/G64/G65 /G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20 /G64/G65/G50/G61/G72/GE1/G6D/G65/G74/G72/G6F/G73/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G63/G6F/G6E/G20/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 20 Miraflores, 31 de mayo de 2006EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 199, publicada el 31 de julio de 2005, estableció: "Suspender temporalmente la admisión de solicitudes de expediciónde Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios; de Anteproyectos y Proyectos Definitivos de Obras Nuevas; así como solicitudes de Certificadosde Compatibilidad de Uso; Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y Ampliación de Giro en el distrito, por noventa (90) días calendario"; Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 210, publicada el 28 de octubre de 2005, prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199 por treinta (30) díascalendario, delegándose al Alcalde en su artículo segundo la facultad de prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199 mediante la expedición del Decretode Alcaldía correspondiente; Que, el artículo único del Decreto de Alcaldía Nº 14, publicado el 30 de abril de 2006, prorrogó el plazo devigencia de la Ordenanza Nº 199 hasta el 31 de mayo de 2006; Que mediante Ordenanza Nº 920 publicada el 30 de marzo de 2006, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Miraflores, conformante del Áreade Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; Que, mediante Informe Nº 77-2006-SPEA/MM de fecha 31 de mayo de 2006, la Subgerencia dePlanificación Estratégica y Ambiental indica que, atendiendo a la primera disposición transitoria de la Ordenanza Nº 920-MML, aprobada el 16 de marzo de2006, se ha enviado al Instituto Metropolitano de Planificación la propuesta de índice de usos para la ubicación de actividades urbanas de la jurisdicción, parasu aprobación mediante Ordenanza Metropolitana; asimismo, en virtud a lo establecido en la segunda disposición transitoria de la misma norma, con fecha 14de abril de 2006, se ha publicado la Ordenanza Nº 226 aprobando el plano de alturas de edificación correspondiente a los predios con frente a ejes y sectoresurbanos de nivel local del distrito de Miraflores y por último, cumpliendo con la tercera disposición transitoria de la Ordenanza metropolitana antes citada, se haexpedido el Decreto de Alcaldía Nº 17 publicado el 21 de mayo de 2006, mediante el cual se ha aprobado los estándares de calidad y el cuadro de nivelesoperacionales para la localización de actividades urbanas en el distrito; Que, por lo manifestado y, entendiéndose que con los documentos expedidos es posible atender los trámites para licencias de construcción de obras nuevas con fines de vivienda, se recomienda prorrogar lasuspensión para el otorgamiento de licencias de construcción con fines comerciales y para licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, hastaque se aprueben, mediante Ordenanza Metropolitana, los Índices de Usos indicados en el párrafo precedente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2006 la suspensión dispuesta por la Ordenanza Nº 199 en lo referente a la admisión de solicitudes de expedientes de Certificados de Parámetros Urbanísticos yEdificatorios con fines comerciales, de Anteproyectos y Proyectos Definitivos de Obras Nuevas con fines comerciales, así como Certificados de Compatibilidadde Uso, Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas y Ampliación de Giro en el distrito, por los considerandos antes expuestos. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 09675