Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2006 (04/06/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

320236

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 4 de junio de 2006

contraprestacion directa de la Municipalidad al contribuyente; y, senala que estos impuestos son el Predial, Alcabala, Patrimonio Vehicular, Apuestas, Juegos y a los Espectaculos Publicos No Deportivos, correspondiendoles a los gobiernos locales, la administracion, recaudacion y fiscalizacion de los tributos. Que, los articulos 66º y 68º de la precitada MORDAZA, establecen que las Tasas Municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales, cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion por la municipalidad de un servicio publico, asi mismo describen las tasas que la municipalidad puede imponer. Que, el articulo 28º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, senala que los componentes de la deuda tributaria estan constituidos por el tributo, las multas y los intereses y el articulo 33º establece que para los tributos administrados por los gobiernos locales la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada mediante Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la Sunat, entidad que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 032-2003/SUNAT determino en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional. Que, es necesario que la Municipalidad Distrital de Lurin establezca la Tasa de Interes Moratorio (TIM) que se aplicara para actualizar la deuda tributaria del tributo impago; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 9º numerales 8) y 9) y del Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS EN MONEDA NACIONAL Articulo Primero.- Establecer en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional correspondiente a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Subgerencia de Informatica y Telecomunicaciones el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 09812

Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal ha aprobado por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2006 Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2006", el mismo que se realizara el dia 17 de junio del 2006, a las 4.00 p.m., en la Plaza de MORDAZA de Lurin. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los contrayentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil Comunitario no abonen pago por Apertura de Expediente Matrimonial, el pago por el derecho a Matrimonio Comunitario se encuentra establecido en el MORDAZA por el monto de S/. 15.00 (Quince 00/100 Nuevos Soles) Articulo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento certificada (de ambos). - MORDAZA autenticada por el Fedatario de la Municipalidad, del documento nacional de identidad (DNI) vigente con la MORDAZA del ultimo sufragio, o en su caso del CIP Pasaporte , o Carne de Extranjeria, debiendo mostrar los originales. - Una fotografia tamano carne o pasaporte de cada contrayente. - Certificado Medico Prenupcial extendido por el Area de Salud. - Certificado Domiciliario y/o Declaracion Jurada de residir en el distrito, adjuntando MORDAZA de recibos de agua, telefono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) anos, los cuales deberan portar sus documentos de identidad original, adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad. Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2006, deberan cumplir con presentar la documentacion adicional, segun sea el caso. El plazo limite para presentar el expediente matrimonial sera hasta el 10 de junio del 2006. Articulo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicacion de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difusion y publicacion que corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal, Subgerencia de Registro Civil y Cementerio e Imagen Institucional de esta Municipalidad, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con los fines encargados. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 09814

Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 130/ML Lurin, 22 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurin visto en Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2006, el Informe Nº 0346-2006-GDHPV/ML e Informe Nº 032-2006-SGRCCGDH/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal y Subgerencia de Registro Civil y Cementerio, respectivamente, referente a celebracion del primer Matrimonio Civil Comunitario. CONSIDERANDO: Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales en materia de poblacion y participacion vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestacion de los servicios publicos esenciales, como es el caso del Registro Civil. Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brinda facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar como celula basica de la sociedad. Que, dentro de ese contexto, la Subgerencia de Registro Civil mediante Informe Nº 032-SGRCC-GDH/ML a traves de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal mediante Informe Nº 0346-2006-GDH/ML, de fecha 11 de MORDAZA de 2006, propone la realizacion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2006.

Aprueban modificacion del Cronograma del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2006-ALC/ML Lurin, 17 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO: El Informe Nº 0352-2006-GDHPV/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe Nº 060-2006-AGDLZC/ML de la Agencia de Desarrollo Local de la MORDAZA "C" referente a la Modificacion del Cronograma del MORDAZA de Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCL. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2006-ALC/ ML se ratifica al Comite Electoral encargado del MORDAZA Eleccionario y aprueba el Calendario para el MORDAZA de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local de la Municipalidad de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.