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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (04/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320238El Peruano domingo 4 de junio de 2006 revisará los avances que nuestra Municipalidad ha realizado durante el tercer y cuarto semestre del Proyecto; Que, el II encuentro Internacional servirá para que la Municipalidad del Rímac pueda organizar mejor su rol municipal afin de implementar y/o fortalecer políticas sociales de empleopara contribuir a mejorar la calidad de vida de la población rimense.El evento además propiciará el establecimiento de relaciones ycontactos para futuras formas de cooperación municipalista; Que, mediante Informe Nº 021-2006-UCTI-MDR, de fecha 6 de marzo de 2006, emitido por la Unidad de CooperaciónTécnica Internacional, informa que el seminario se realizará del5 al 7 de junio del año en curso, y por disponibilidad de vuelosnuestra representante tendrá que partir el día 3 de junio yretornar el día 10 del presente año, ya que el vuelo está sujetoa disponibilidad de cupos, debido a temporada alta; Que, en Sesión de Concejo de la fecha, se escuchó la propuesta hecha por el Sr. Regidor Benjamín Infantes Espinozay Sr. Regidor Víctor Hugo Neciosup Santa Cruz para que la Jefade la Unidad de Cooperación Técnica Internacional, señorita LuzArelis Moreno Quispe, participe en dicho proyecto, por teneramplio conocimiento relacionado con el tema, lo cual con el votounánime del Pleno del Concejo se aprobó dicha propuesta; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Artículo 9º, Atribuciones del Concejo Municipal,Inciso 11), precisa que corresponde al Concejo MunicipalAutorizar los viajes al exterior del país que en comisión deservicio o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde,los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario Que, la Municipalidad General de San Martín, de Argentina, financia los costos de vuelo, alojamiento,alimentación y transporte local asimismo nuestraMunicipalidad deberá cubrir el seguro de salud internacionaly el pago del impuesto CORPAC como expresión concretade su compromiso y contrapartida al proyecto común; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º, inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades – LeyNº 27972, el Reglamento Interno de Concejo vigente (RIC),con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con ladispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la Jefa de la Unidad de Cooperación Técnica Internacional, señorita LUZARELIS MORENO QUISPE, a la ciudad de Granada, España,para participar en el Seminario de Clausura del Programa URB-AL de la Unión Europea, “Intercambio de Metodologías eindicadores para la Evaluación de las Políticas Sociales delEmpleo en las Ciudades de América Latina y la Unión Europea”a realizarse los días 5 al 7 de junio de 2006, debiendo partir eldía 3 y retornar el día 10 de junio del presente año, por losfundamentos expuestos precedentemente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas los gastos a cubrir por el seguro de salud internacionaly pago del impuesto CORPAC, originados por el viaje especificadoen el Artículo Primero de dicho Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y Oficina de Secretaría General el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplaseLUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 09724 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA - CAÑETE /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G2C /G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G61/G70/G6F/G79/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G61/G75/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2006-MDA Asia, 25 de mayo del 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE ASIA DE LA PROVINCIA DE CAÑETE VISTO: El Acta de la Sesión de Concejo de fecha 24 de mayo del 2006, los Expedientes con Nº de Registro 880-06 y900-06 de fechas 11 de marzo del 2006 y 14 de marzo del2006 respectivamente, el Memorandum de GerenciaMunicipal Nº 008-2006GM-MDA, el Informe Nº 022-06-R/MDA, el Informe Nº 268-06-ODUR/MDA, el Informe Nº 08-2006-JFLC, de Asesoría Legal, y el Informe de GerenciaMunicipal Nº 072-2006-GM-MDA, Informe Nº96-2006-AL-MDA, y el Informe de Asesoria Legal Externa Nº 20-06-JCOV-AE-MDA, de fecha 23 de mayo del 2006; y, CONSIDERANDO Que, la Oficina de Asesoría Legal, mediante el Informe de vistos; señala, que en razón de lo estipulado en elArtículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, están exoneradosdel Proceso de Selección las Adquisiciones y Contratacionesque se realicen, Inc. f) para los servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo el referido Informe Legal indica que el Artículo 145º del D.S. Nº 084-2004-PCM, prescribe que «cuando existala necesidad de proveerse de servicios especializados,profesionales, artísticos procede la exoneración para serviciospersonalísimos para contratar con personas naturales o jurídicasnotoriamente especializados, siempre que su destreza,habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados,apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitansustentar de manera razonable e indiscutible su adecuaciónpara satisfacer la complejidad del Objeto contractual y hagainviable la comparación con otros potenciales proveedores»asimismo en el Art. 148º del citado texto legal se encuentraregulado el procedimiento a observar, para la adquisición ycontrataciones exoneradas; Que, dicho Informe Legal se refiere al Informe Nº 022- 06-R/MDA, y el Informe Nº 268-06-ODUR/MDA, emitidospor el Departamento de Rentas y la Oficina de Desarrollo Urbano y Rural, luego, es necesario se contraten los servicios de una empresa especializada en la generaciónde rentas no previstas ni presupuestadas y eldesabastecimiento de personal y logística para llevaradelante dichos recuperos en el ámbito municipal; Que, la Empresa A & W Consultores y Representaciones SRL, es una institución que cuenta con trayectoria, y unaamplia y reconocida experiencia en trabajos de AsesoríaEspecializada sobre Fiscalización Tributaria, recuperaciónde tributos, multas y gestión de cobranzas, la misma quese corrobora con su currículum documentado que haadjuntado a esta institución; Que el Memorándum de Gerencia Municipal Nº 008- 2006GM-MDA, Informe Nº 022-06-R/MDA, Informe Nº 268-06-ODUR/MDA, Informe Nº 08-2006-JFLC, de Asesoria Legal,Informe de Gerencia Municipal Nº 072-2006-GM-MDA, InformeNº96-2006-AL-MDA, y el Informe de Asesoría Legal ExternaNº 20-06-JCOV-AE-MDA, de fecha 23 de mayo del 2006contienen la justificación técnica legal de la procedencia a laexoneración del Proceso de selección respectivo; Estando a lo dispuesto en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con elVoto en mayoría de los señores Regidores; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a fin de que se proceda a lacontratación de una persona natural o jurídica que seencargue de efectuar un servicio personalísimo deAsesoría, soporte técnico y apoyo en la recaudación en losprocedimientos de fiscalización tributaria, no tributaria yadministrativa dentro de la jurisdicción distrital. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia y bajo la causal de serviciospersonalísimos, proceda a la contratación de la Empresa A& W Consultores y Representaciones SRL, para la ejecuciónde los servicios descritos en el primer artículo. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia Municipal, Asesoría Legal, y Secretaría General, el cumplimiento delo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFONSO T. CHUMPITAZ CAMPOS Alcalde 09820