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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 12 de junio de 2006 321367REPUBLICADELPERU HUILLCA, NICOLÁS HUAMÁN LEVA, VÍCTOR ORTEGA QUISPE y FRANQUIZ FARRO BERMEJO; Que, mediante los Informes periciales practicados a dichas inscripciones, concluyen que existe suplantaciónde identidad en las inscripciones detalladas precedentemente; Que, si bien la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central mediante Resoluciones Nºs. 177 y 186-2005-GP/SGDAC/RENIEC ha procedido a la exclusión de las inscripciones Nºs. 28286083, 29454701,28445332, 24869986, 24895578, 24369064, 20741985 y 09038381, y como consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentrancancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas, titulares de las mismas; de los hechos antes descritos, se desprende que el comportamiento realizadopor ciudadanos no identificados, al haber declarado datos falsos en instrumento público, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritosválidamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad jurídica registral, constituyen indicios razonables de la comisión de presunto delito contra laFe Pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables , por presunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de Ios asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 10323 Item Q Descripción Nº Chasis Nº Motor Valor S/. 01 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Tico SL, color blanco, sin placa de rodaje. KL Y3S11BRXC558835 F8C705073 4,759.20 02 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Tico, color blanco, sin placa de rodaje KL Y3S11BRXC422258 F8C513193 4,776.62 03 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Tico Y3S11, color blanco, sin placa de rodaje KL Y3S11BDXC362550 F8C432043 4,511.78 04 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Tico, rojo oscuro, sin placa de rodaje KL Y3S11BDXC290358 F8C346199 4,530.14 05 1 Automóvil Sedan marca DAEWOO, modelo Tico, color azul, sin placa de rodaje KL Y3S11BDXC426691 F8C518868 4,520.94 06 1 Automóvil Sedan marca DAEWOO, modelo Tico, color blanco, sin placa de rodaje KL Y3S11BDXC516895 F8C652157 4,530.14 07 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Leganza, color plata, sin placa de rodaje KLA VF69SDYB283816 C20NL053627 6,699.13 08 1 Automóvil marca KIA, modelo Potentia, color negro, sin placa de rodaje KNALA2253XA890968 KNS309407 6,295.90 09 1 Automóvil marca DAEWOO, modelo Leganza, color plata, sin placa de rodaje KLA VF69SDYB283527 C20NL108521 6,708.29 10 1 Automóvil Sedan marca KIA, modelo Potentia, color negro, sin placa de rodaje KNALA2253XA894184 KNS290484 6,075.65 11 1 Automóvil marca HYUNDAI, modelo Grandeur, color negro, sin placa de rodaje KMHMF11FPXU008207 G4CPTR37592 9,468.39 12 1 Automóvil marca HYUNDAI, modelo Grandeur, color blanco, sin placa de rodaje KMHMF21FPXU118610 G4CPT991318 9,550.97 13 1 Automóvil marca HYUNDAI, modelo Grandeur, color negro, sin placa de rodaje KMHMF11EPXU167589 L4CSV316736 9,468.39 13 Total 81,895.54MINISTERIO PÚBLICO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 704-2006-MP-FN Lima, 9 de junio de 2006 VISTOS: La Resolución Ministerial Nº 233-2005-PCM, de fecha 13 de julio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Informe Técnico Legal Nº 007-2006-MP- FN-CGP-AD, de fecha 3 de junio de 2006, del Comité deGestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial de Vistos, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la donaciónde dieciséis (16) vehículos de transporte terrestre, a favor del Ministerio Público, los cuales forman parte de los ciento veintidós (122) vehículos que fueronadjudicados por la Intendencia Nacional de Administración de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, mediante la Resolución de IntendenciaNº 379-2005-SUNAT, de fecha 31 de mayo de 2005, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Comité de Gestión Patrimonial, según Informe Técnico Legal Nº 007-2006-MP-FN-CGP-AD de Vistos,recomendó aceptar la donación de trece (13) vehículos de transporte terrestre, de los dieciséis (16) donados, en razón de que los vehículos señalados en los itemsNºs 5, 6, y 9 requieren de mayor información documental complementaria; Que, es necesario aceptar la donación de los bienes antes mencionados, conforme a lo establecido en el artículo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal,aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , debiéndose expedir la Resolución respectiva; Contando con los vistos de la Gerencia General, Gerencia Central de Logística y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto con el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , Directiva Nº 009-2002/SBN, Resoluciónde la Fiscalía de la Nación Nº 044-2006-MP-FN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Presidencia de Consejo de Ministros mediante Resolución Ministerial Nº 233-2005-PCM, consistenteen trece (13) vehículos de transporte terrestre, valorizadas en S/. 81,895.54, cuyas características a continuación se detallan: