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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (12/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 12 de junio de 2006 321359REPUBLICADELPERU labora en cualquier unidad orgánica de la DIRSAN PNP , no pueden ni deben ser contratados bajo ninguna modalidad con recursos del FOSPOLI. b. El personal que labora en cualquier unidad orgánica del Ministerio del Interior, sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y las personas jurídicas de derecho privado de las que formanparte como propietarios, accionistas o funcionarios están impedidos de realizar operaciones comerciales y de celebrar contratos directa o indirectamente con el FOSPOLI. Los contratos y demás actos realizados contraviniendo lo dispuesto en la presente cláusula y en la anterior disposición son nulos, sin perjuicio de las responsabilidadesadministrativas, civiles o penales a que hubiera lugar. Tercera.- Atenciones de Emergencia En caso de atenciones de emergencia (enfermedad o accidente) con el fin de cautelar los recursos del FOSPOLI se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Cuando se trate de un beneficiario que tenga cobertura por un seguro de salud público o privado que haya requeridouna atención médica de emergencia, los gastos realizados deberán ser cubiertos por la entidad aseguradora. b. Cuando se trate de un beneficiario que haya sufrido un accidente producido por un tercero los gastos serán cubiertos por éste o por la entidad aseguradora del mismo, si la tuviere. c. Si se tratara de un paciente no beneficiario del FOSPOLI que no cuente con seguro de salud público o privado, los gastos serán cubiertos por el paciente, acompañante o familiar. d. Si se tratara de un paciente no beneficiario del FOSPOLI que cuente con seguro de salud público ó privado, los gastos serán cubiertos por la entidad aseguradora. e. Para todos los casos anteriores (a, b, c y d) los gastos se ejecutarán a su valor comercial. f. De acuerdo a la Ley de Emergencia si se usaran los recursos del FOSPOLI en pacientes indigentes debidamente certificados por el servicio social de la unidad asistencial, el Directorio decidirá la liquidación de los mismos. Cuarta.- Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el Presupuesto Anual En el mes de noviembre de cada año, la Dirección Ejecutiva de Administración de los Servicios de Salud de la DIRSAN PNP , a través del Departamento correspondientepresentará ante el Directorio del FOSPOLI, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el Presupuesto del año siguiente para su aprobación. Previamente todas lasUnidades de la DIRSAN PNP presentarán ante dicha Dirección Ejecutiva su cuadro de requerimientos para su aprobación y consolidación. Quinta.- Recupero de gastos institucionales La DIRSAN PNP directamente o través de la PNP , podrá constituirse en Parte Civil, a través de la Procuraduría Especializada a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional del Perú en los casos pertinentes, cuandoa consecuencia de accidentes de tránsito u otras eventualidades hayan motivado que un beneficiario del FOSPOLI use los servicios del Fondo en la recuperaciónintegral de su salud, procurando recuperar los gastos institucionales por culpa de terceros. Sexta.- Directivas complementarias Los aspectos no considerados en el presente Reglamento, serán contemplados y de ser necesarionormados por Directivas emanadas por la DIRSAN PNP . Séptima.- Derogación Deróguese todos los dispositivos legales que se opongan al presente Reglamento. Octava.- Presidencia Transitoria Durante la vigencia de la declaratoria de Emergencia establecida mediante Decreto Supremo Nº 003-2006-INdel 29 de marzo de 2006, el Director de Sanidad no será Presidente del Directorio, ni miembro del mismo. Durante este tiempo, la presidencia del Directorio de FOSPOLIserá asumida por el representante de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. Novena.- Vigencia El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.Artículo 2º.- Quedan derogadas todas las normas que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 10346 MIMDES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C /G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G72/G74/G69/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G4E/G75/G74/G72/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2006-MIMDES Lima, 9 de junio de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 480-2005-MIMDES de fecha 7 de julio de 2005, entre otros, se designó apartir del 1 de julio de 2005, al Licenciado JOSE LUIS GARCIA CARDICH, en el cargo de Jefe del Equipo Zonal de Huánuco de la Unidad Gerencial de ArticulaciónTerritorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,cargo público de confianza al cual ha formulado renuncia; Que, es necesario aceptar la citada renuncia, así como encargar las funciones del referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793, en el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Licenciado JOSE LUIS GARCIA CARDICH al cargo deJefe del Equipo Zonal de Huánuco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al CPC JOSE LOZANO VARGAS, administrador del Equipo Zonal de Huánuco, las funciones de Jefe Zonal Huánuco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y SeguridadAlimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 3º.- El citado profesional al término de la encargatura retornará a la plaza de la que es titular en el Cuadro de Asignación de Personal - C.A.P ., en el ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 10302 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G44/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 080-2006-PRE/CONADIS Lima, 7 de junio del 2006 Visto, el Informe Nº 002-2006-COMREG/CONADIS, de fecha 8 de junio del 2006, del Comité Especial encargado de la revisión y evaluación de la Resoluciónde Presidencia Nº 004-2000-P/CONADIS - Reglamento del Registro Nacional de las Personas con Discapacidad.