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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (18/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321844El Peruano domingo 18 de junio de 2006 Artículo Quinto.- DISPONER el Registro de la presente Resolución en la base de datos de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 10723 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 220-2006-AL/MDSMP San Martín de Porres, 3 de abril de 2006VISTO: El Expediente Nº A-937-03, actualizado por Expediente Nº 36724-2005 Promovido porROMERO TRADING SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por el Dr. Arturo Bouroncle Peralta, que solicita la aprobación de Habilitación Urbana, delterreno de 9,966.52 m2, constituido por el Sublote 1 de las Manzanas 20 y 21 de la Proyectada Urbanización San José o Coronel, del distrito de SanMartín de Porres, ubicados dentro de zona urbana consolidada, inscritos en el Registro de Predios como Rústicos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ley Nº 27157, Ley de Regularización de edificaciones del Procedimiento para la declaratoria defábrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, se establecieron los procedimientos para el saneamientode la titulación de las unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad común, misma que fue reglamentada por DecretoSupremo Nº 008-2000 MTC; Que, con la finalidad de cumplir a cabalidad con los principios de celeridad, eficacia y simplicidad administrativa, por Decreto Supremo Nº 11-2005- Vivienda, publicada el 13.05.05 se modificaron algunosartículos del reglamento referido en el considerando precedente; Que, la norma modificatoria incluye la incorporación de decimoséptima disposición transitoria del Reglamento de la Ley Nº 27157, en laque se regula la Habilitación Urbana de Oficio, facultándose a las Municipales Distritales para identificar predios urbanos en zonas consolidadas,que se encuentren como rústicos en el registro de predios, a fin de que dispongan la inscripción registral del cambio de uso de rústico a urbano; Que, por Expediente Nº A-937-03 actualizado con el Expediente Nº 36724-05 promovido por ROMEROTRADING SOCIEDAD ANÓNIMA, se solicita la habilitación urbana del terreno de su propiedad, inscrito en la partida electrónica Nº 11098742 delRegistro de la propiedad de inmueble, como sublote 1 constituido sobre las manzanas 20 y 21 de la proyectada urbanización San José o Coronel, cuyamatriz figura como rústica y que según nuestros planos corresponden a zona urbana: Av. 10 de Junio Nº 980, coincidente con el Plan del Sistema VialMetropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341 - MML del 6.12.01 y Ordenanza Nº 681- MML publicada el 3.9.04, de conformidad con el Plan delSistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, se zonifica el área como C3 - (Comercio Sectorial), conforme al Certificado de Zonificación y Vías Nº 081-2005-MML-DMDU-OPDM; Que, estando al Informe Nº 1427-2005-FAP/ MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 754-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y Informe Nº 196-2005-DHU-GDU/MDSMP de la División de DesarrolloUrbano, y en uso de las facultades conferidas por las normas legales enunciadas en los considerados que anteceden, y con los vistos de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Desarrollo Urbano y con elMemorándum Nº 754-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo urbano y de la División de Desarrollo Urbano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR HABILITADO DE OFICIO el terreno de 9,966.52 m2, para uso comercial sectorial C3, inscrito en la partida electrónica Nº 11098742 del Registro de la Propiedad de Inmueblede Lima, como sublote 1 constituido sobre las manzanas 20 y 21 de la proyectada urbanización San José o Coronel, cuya matriz figura como rústica y que según nuestrosplanos corresponden a zona urbana: Av. 10 de Junio Nº 980. Artículo Segundo.- El déficit de aporte por Parques zonales (498.33 m2), Aporte con fines de Renovación Urbana (299.00 m2) y Otros Fines (199.33 m2) serán redimidos en dinero siendo lasáreas objeto de regularización igual a 498.33 m2, 299.00 m2 y 199.33 m2 respectivamente, quedando el Sublote 1 de 9,966.52 m2, materia de la presenteresolución, como garantía para el pago por déficit de los Aportes por Parques Zonales, con Fines de Renovación Urbana y Otros Fines a favor de laMunicipalidad de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- DISPONER la inscripción Registral del cambio de Uso de Rústico a Urbano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, por cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días denotificados. Artículo Quinto.- DISPONER el registro de la presente Resolución en la base de datos de la Gerenciade Administración Tributaria y Rentas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ALVARO VELIZ DUARTE Alcalde 10724 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6E/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61 /G43/G75/G61/G74/G72/G6F/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4F/G62/G6A/G65/G74/G69/G76/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G46/G69/G6E/G65/G73/G49/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20 /G65/G6C/G20 /G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G41/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/169, comunicaque la "Enmienda Cuatro al Convenio de Donación de Objetivo Especial entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para laReducción Sostenida de los Cultivos de Coca para Fines Ilícitos mediante el Desarrollo Alternativo en Áreas Seleccionadas del Perú" , suscrita el 19 de julio de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratificada mediante Decreto Supremo Nº 026-2006-RE, de 1 de junio de 2006,publicado el 4 de junio de 2006 y Fe de Erratas publicada el 14 de junio de 2006. Entró en vigencia el 5 de junio de 2006 . 10770