Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2006 (18/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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UB

LICA DEL P E

RU

321832
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 18 de junio de 2006

Que, mediante Oficio Nº 0138-2006-GR.LAMB/DREOFAJ, de fecha 11 de enero del 2006, el Abogado MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion MORDAZA, ha remitido a la Sede Regional MORDAZA, el Informe Especial Nº 013-2005-2-4455 para que se emita la resolucion autoritativa autorizando al Procurador Regional el inicio de las acciones legales que correspondan contra la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIRAVANTI, por supuesta responsabilidad civil en agravio del Estado por el monto de S/.12,420.00 Nuevos Soles; Que, segun Orden de Compra Nº 000238 del 2010-2004 y Factura Nº 001-0008488 del 29-11-2004 de fojas 104 y 107 respectivamente, el Instituto Superior Tecnologico Publico "Republica Federal de Alemania" ha adquirido al Proveedor OWENS PERU S.A.C, dos (2) proyectores MORDAZA Toshiba TLP-S7IU LCD LUMENS INTL LCD SVGA 800x600 PRO 2000 LUMEN 6 LBS DE TACH DOC CAMERA, a S/.6210.10 cada uno, por un total de S/. 12,420.20 Nuevos Soles, los cuales fueron recepcionados el dia 20-12-04 por la Jefe de Almacen, senora MORDAZA R. MORDAZA TIRAVANTI; Que, con documento s/nº de fecha 22-02-05 la senora MORDAZA R. MORDAZA TIRAVANTI, solicita a la Administradora del ISTP "RFA", la confeccion de una MORDAZA entre los ambientes de la oficina de Abastecimiento y Almacen, para mayor seguridad del ambiente de Almacen (Fs. 78); Que, con Informe Nº 008-2005-ALMACEN-SSTPRFA, de fecha 15-04-05, la senora MORDAZA R. MORDAZA TIRAVANTI, hace conocer que dichos equipos estaban en custodia esperando la autorizacion para ser transferidos a laboratorio de Multimedia cuando estos MORDAZA equipados y que el dia 14 de MORDAZA aproximadamente a las 7.00 pm. ingreso al Almacen a buscar unas MORDAZA donde podrian encontrarse Registros de Evaluacion, al mover la MORDAZA de los proyectores se dio con la sorpresa que en una de ellas estaba solo el maletin y accesorios y en la otra solo el maletin y en ninguna MORDAZA los equipos (Fs. 93); Que, del Informe Especial Nº 013-2005-2-4455 de fecha 30 de diciembre del 2005 se tiene lo siguiente: - Que, la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIRAVANTI, solicito mediante documento de fecha 22.02.05 la separacion de los ambientes de Abastecimientos y Almacen; sin embargo, se denota que su accionar resulta inoportuno puesto que cuando retorno de vacaciones el 20 de diciembre del 2004, no tomo de inmediato las medidas del caso, al haber facilitado llaves de la Oficina de Abastecimientos, pero no se aseguro del cambio de chapa de la MORDAZA de ingreso. - Al desconocer que fecha se sustrajeron los bienes bajo su responsabilidad y sin forzamiento alguno demuestra que no lo tenia debidamente ubicado e identificado, que le permita lograr conocer oportunamente a traves de la verificacion del control que le correspondia ejercer como encargada de la custodia de los bienes de Almacen. - Al respecto, segun la verificacion de la Policia Nacional del Peru al Almacen, refiere que el Almacen presenta como vias de acceso dos puertas de MORDAZA (una al lado de la otra), MORDAZA sin signos de violencia y manipulacion, que las personas que fueron MORDAZA de ingresar los bienes a Almacen; consecuentemente de ninguna manera pueden haber conocido su ubicacion; por lo tanto la administrada no desvirtua el hallazgo formulado por los fundamentos expresados. - Asimismo, de su descargo no evidencia ninguna ocurrencia de hechos fuera de lo normal, que permita presumir que fueron personas extranas que ingresaron a la Institucion para sustraer los bienes. - Se identifica responsabilidad civil a la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIRAVANTI, servidora del Instituto Federal de Alemania, por el importe de S/. 12,420.00 Nuevos Soles, monto al que asciende el perjuicio irrogado al Estado por los Proyectores Multimedia, quien no tomo las precauciones en forma oportuna del caso, siendo de aplicacion el Art. 1321º del Codigo Civil vigente quien resulta responsable al estar a cargo de la custodia de los bienes supuestamente sustraidos del Almacen del mencionado Instituto.

Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, conforme al articulo Nº 11 del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional, para que el Procurador inicie cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 26-01-06 como se indica en el Oficio Nº 005-2006-GR.LAMB/DIGR, del 27-01-06, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales que correspondan, de acuerdo a lo senalado por el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 78º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Oficina Regional de Administracion, Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y en aplicacion de lo establecido en el Art. 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan contra la senora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIRAVANTI, por supuesta responsabilidad civil en agravio del Estado por el monto de S/.12,420.00 (Doce Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 10721

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de uso indebido de recursos financieros en el Hospital Regional Docente Las MORDAZA de Chiclayo
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 157-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 2 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Oficio Nº 5260-2005-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ, de fecha 28-12-05 y Oficio Nº 013-2006-GR.LAMB/GRDS de fecha 09-01-06 respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 5260-2005-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ, de fecha 28-12-05, el Dr. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Salud de MORDAZA ha remitido el Informe Especial Nº 007-011-2005-2-0633GR.LAMB/DRSAL-OECI "Utilizacion indebida de recur-

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