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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (18/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 18 de junio de 2006 321835REPUBLICADELPERU Fernández, realizó retiros en dinero, mediante el giro de cheques a su nombre, contando para ello con las firmas autoritativas de él y del Gerente del CLAS, médico Gustavo Enrique Anteparra Paredes, por la suma deS/. 244, 842.00, de la Cuenta Corriente de Recursos Directamente Recaudados con la finalidad de cancelar en forma directa y en efectivo, gastos operativos de laInstitución; no obstante, existir normas expresas que disponen que los pagos deben hacerse en forma nomi- nal y mediante el giro de cheque, sustentando con elcomprobante de pago respectivo. Así mismo, de la evaluación efectuada a las Declara- ciones Juradas Mensuales de Rendiciones de Cuentas,se ha determinado que del importe de S/. 244,842.50 retirado de la Entidad Bancaria por el indicado directivo, sólo ha rendido debidamente documentada y en formaextemporánea, la suma de S/. 237,277.00, teniendo pen- diente de rendir la suma de S/. 7,565.50; dinero faltante al mes de mayo del 2005, fecha en que hace entrega delcargo. Por tanto los hechos descritos constituyen indicios razonables de responsabilidad penal, atribuida al Teso-rero y al Gerente del CLAS antes indicados por haber retirado los recursos financieros de la cuenta corriente del CLAS TUMI; administrándolos en forma irregular, encontravención a las normas, ocasionando consecuen- temente un faltante de S/. 7 565.50 en perjuicio de la Institución.  Caso 2.- PAGOS INDEBIDOS DE HONORARIOS PROFESIONALES POR LA SUMA DE S/. 900,00 PORSERVICIOS MEDICOS NO REALIZADOS. En el mes de marzo del 2004 se ha incurrido en pa- gos indebidos de honorarios profesionales, al Médico Valentín Alexander Pecsen Monteza, CMP . 38023, por la suma de S/. 900,00; en razón de que se han abonadopor consultas médicas, de las que no se evidencia su realización. Al respecto, cabe resaltar que lo antes indicado, se ha corroborado cruzando la información con el “Record de Atenciones por Profesional Médico en los Estableci- mientos de Salud”, proporcionada por la Dirección dePlaneamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud Lambayeque, y la “Producción de Prestaciones por Profesional Médico del Seguro Integral de Salud”,proporcionada por la Oficina Local del SIS-DRSAL; así mismo, personal asistencial de los Establecimientos de Salud de Punto Cuatro y Mochumí, en sus manifestacio-nes escritas, no dan fe de la presencia física del médico Valentín Pecsen y corroboran que dicho profesional, no ha prestado servicios en dichos establecimientos, niparticipado en ninguna Jornada o Campaña Médica, ya que éstas nunca se programaron durante el año 2004, salvo las odontológicas. (Anexo Nº 6) Referencia: Pagos a Médico - Cirujano, Valentín Alexander Pecsen Monteza C.M.P. 38023 R/H FECHA CONCEPTO IMPORTE Nº S/. 001- 20.MAR.2004 Servicios Profesi onales Consultas Médicas, 600.00 00019 Q uincena Febrero 2004 001- 25.MAR.2004 Servicios Profesi onales Consultas Médicas, 300.00 00020 a cuenta de Quincena de Marzo TOTAL —————> 900.00 FUENTE: Documentación sustentatoria de Actas de Declaraciones Juradas de Rendiciones de Cuentas. Del cuadro precedente, se aprecia que los Recibos por Honorarios indicados, cuenta con la autorización de con- formidad del gasto, de parte del Gerente, Gustavo Enrique Anteparra Paredes; y Tesorero, Eduardo Leoncio GuerraFernández; así como de la Médico, Claudia Mónica Calderón Vilchez, con C.M.P . 38018. Del P .S. Punto Cuatro; de otro lado, cabe resaltar que la ejecución de los gastos,no está presupuestado en el Programa de Salud Local (PSL), ni se evidenció que fueran aprobados, con acuerdo tomado por el Consejo Directivo. Por lo tanto, los hechos descritos constituyen indi- cios razonables de responsabilidad penal, atribuida alGerente y al Tesorero del CLAS TUMI, así como a la Jefa del Puesto de Salud Punto Cuatro, Claudia Mónica Calderón Vilchez por haber autorizado la cancelación de servicios médicos no realizados, ocasionando que laInstitución, efectúe pagos indebidos por la suma de S/. 900.00. Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Go- bierno Regional de Lambayeque; Que, conforme al artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivelde Gobierno Regional, para que el Procurador inicie cual- quier proceso en nombre y representación del Gobierno Regional, deberá contar con autorización por Resolu-ción Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Go- bierno Regional, en Sesión realizada el día 26-01-06 se acordó autorizar al Procurador Público Regional, iniciar las acciones legales que correspondan, de acuerdo a loseñalado por el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 002- 2003-JUS, Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Go-bierno Regional, en concordancia con el Art. 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Con la visación de la Gerencia Regional de Planea- miento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regio- nal de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarro-llo Económico, Gerencia Regional de Recursos Natura- les y Gestión del Medio Ambiente, Oficina Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica yla conformidad de Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales, su modificatoria LeyNº 27902 y en aplicación de lo establecido en el Art. 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los señoresEDUARDO LEONCIO GUERRA FERNANDEZ, GUS- TAVO ENRIQUE ANTEPARRA PAREDES Y CLAUDIA MONICA CALDERON VILCHEZ. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Eje-cutiva Regional para su conocimiento y fines pertinen- tes, además de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional deLambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 10717 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 176-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 15 de mayo de 2006 VISTO:El Informe Legal Nº 006-2006-GR.LAMB/ORAJ del 11-01-2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3507-2005-GR.LAMB/DRE- ORAJ, de fecha 15-08-2005, el señor Abog. Manuel Alejandro Borja Alcalde, Director Regional de Educación