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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 18 de junio de 2006 321843REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G61/G63/G74/G6F/G20 /G63/GED/G76/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65 /G49/G7A/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000017-2006/MDSJM San Juan de Miraflores, 7 de junio del 2006 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: CONSIDERANDO:Que, el 7 de junio se celebra el día de la Bandera, fecha en la que todos los peruanos ratificamos nuestraprofunda identificación con la gloriosa Enseña roja y blanca y prometemos seguir la estela de peruanidad heredada de los inmortales de Arica y otros heroicosdefensores de la Patria; Que, la actual gestión municipal, reconoce a aquellos que con su entrega y sacrificio mantuvieron incólume elhonor y la defensa de nuestra patria, por lo que es pertinente garantizar y propender con legitimidad institucionalizar el acto cívico patriótico de izamiento dela Bandera Nacional en el frontis del Palacio Municipal de nuestro distrito, en memoria y rindiendo honor a quienes se inmolaron en defensa de nuestra patria; Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones amparadas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Institucionalizar el acto cívico patriótico de IZAMIENTO DE LA BANDERA NACIONAL en el frontis del Palacio Municipal denuestro distrito, los días lunes antes del inicio de las labores en esta Comuna, ratificando nuestra profunda identificación patriota, rindiendo honor a dicho símbolonacional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 10699 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 219-2006-AL/MDSMP San Martín de Porres, 3 de abril de 2006 VISTO: El Expediente Nº A-937-03 promovido por ALICORP S.A.A representada por el Dr. Arturo Bouroncle Peralta; que solicita la aprobación deHabilitación Urbana, del terreno de 34,326.16 m2, constituido por el Sublote 2 constituido por las Manzanas 20 y 21 de la Urbanización San José oCoronel del distrito de San Martín de Porres, ubicados dentro de zona urbana consolidada, inscritos en el Registro de Predios como Rústicos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ley Nº 27157, Ley de Regularización de edificaciones del Procedimiento para la declamatoria defábrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, se establecieron los procedimientos para el saneamientode la titulación de las unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad común, misma que fue reglamentada por DecretoSupremo Nº 008-2000 MTC; Que, con la finalidad de cumplir a cabalidad con los principios de celeridad, eficacia y simplicidadadministrativa, por Decreto Supremo Nº 11-2005 - Vivienda, publicada el 13.5.05 se modificaron algunos artículos del reglamento referido en el consideradoprecedente; Que, la norma modificatoria incluye la incorporación de la decimoséptima disposicióntransitoria del Reglamento de la Ley Nº 27157, en la que se regula la Habilitación Urbana de Oficio, facultándose a las Municipales Distritales paraidentificar predios urbanos en zonas consolidadas, que se encuentren como rústicos en el registro de predios, a fin de que dispongan la inscripción registraldel cambio de uso rústico a urbano. Que, por Expediente Nº A-937-03 promovido por ALICORP S.A.A., solicita la habilitación urbana delterreno de su propiedad, inscrito en la Partida electrónica Nº 49033315 del Registro de la propiedad de inmueble de Lima, como Sublote 2 constituidosobre las manzanas 20 y 21 de la proyectada urbanización San José o Coronel, del distrito de San Martín de Porres, cuya matriz figura como rústica yque según nuestros planos corresponden a zona urbana: Av. 10 de Junio Nº 1020, coincidente con el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobadopor Ordenanza Nº 341-MML del 6.12.01 y Ordenanza Nº 681-MML publicada el 3.9.04, de conformidad con el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010,se zonifica el área como C3 - (Comercio Sectorial), conforme al Certificado de Zonificación y Vías Nº 080- 2005-MML-DMDU-OPDM; Que, estando al Informe Nº 1427-2005-GAJ/ MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 754-2005-GDU/MDSMP de laGerencia de Desarrollo Urbano, y Informe Nº 197- 2005-DHU-GDU/MDSMP de la División de Desarrollo Urbano, y en uso de las facultades conferidas porlas normas legales enunciadas en los considerados que anteceden, y con los vistos de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Desarrollo Urbano y con elMemorándum Nº 754-2005-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano y de la División de Desarrollo Urbano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR HABILITADO DE OFICIO el terreno de 34,326.16 m2, para uso comercial sectorial C3, inscrito en la Partida ElectrónicaNº 49033315 del Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima, como Sublote 2 constituido sobre las manzanas 20 y 21 de la proyectada urbanización San José o Coronel,cuya matriz figura como rústica y que según nuestros planos corresponden a zona urbana: Av. 10 de Junio Nº 1020. Artículo Segundo.- El déficit de aporte por Parques Zonales (1.716.31 m2), por Fines de Renovación Urbana (1,029.78 m2) y Otros Fines(686.52 m2) serán redimidos en dinero siendo las áreas objeto de regularización igual a 1,716.31 m2, 1,029.78 m2 y 686.52 m2 respectivamente, quedandoel Lote de 34,326.16 m2, materia de la presente resolución, como garantía para el pago por déficit de los Aportes por Parques Zonales, por Fines deRenovación Urbana y Otros Fines Recreación Pública y Otros Fines a favor de la Municipalidad de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- DISPONER la inscripción Registral del cambio de Uso de Rústico a Urbano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, por cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días de notificados.