Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2006 (18/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 18 de junio de 2006

Ley al finalizar la designacion. Adquieren derecho a la percepcion permanente de una proporcion de la referida bonificacion diferencial quienes al termino de la designacion cuenten con mas de tres (3) anos en el ejercicio de cargos de responsabilidad directiva. La MORDAZA especifica senalara los montos y la proporcionalidad de la percepcion remunerativa a que se refiere el presente articulo. Al respecto el articulo 27º del mismo dispositivo precisa que el respectivo cuadro de equivalencias sera formulado y aprobado por el INAP; Que, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 033-2006-MDLO/OAJ, opina que "(...) la ratio legis del articulo 124º del Reglamento esta orientada a compensar de forma permanente el desempeno de los servidores de MORDAZA que hayan tenido relacion inmediata con el mas alto nivel de la entidad y que desconocerla conduciria a un desproposito incongruente con la finalidad perseguida por el legislador al momento de su emision de tal norma(...)". Anade que "esta entidad debe reconocer la necesidad de llenar los vacios que complemente la deficiente normativa del Reglamento de la MORDAZA Administrativa con el Objeto de brindarse respuestas juridicas favorables o desfavorables a quienes se encuentren en las situaciones como antecede en el presente caso"; por lo expuesto concluye el Asesor Juridico en que "(...) la Jefatura de Recursos Humanos debe de elevar su propuesta tecnica para que en virtud al criterio de proporcionalidad, calcule el porcentaje por cada ano que ocupo el cargo directivo a efectos de que el despacho de alcaldia dicte el Decreto de Alcaldia que establezca - para todos los casos la base de calculo de los montos y la proporcionalidad de la percepcion remunerativa a que hace referencia el literal a) del Articulo 53º de la Ley de Bases de la Carera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico"; Que, en merito a lo expresado por le Oficina de Asesoria Juridica y con Informe Nº 050-2006-GM/ U.RR.HH. la Unidad de Recursos Humanos senala que "tomando como referencia que con 5 anos de percepcion de bonificacion diferencial se adquiere el derecho al 100% en forma permanente, aplicando esa proporcionalidad, se percibiria 3/5 de la bonificacion percibida despues de 3 anos de percepcion; 4/5 despues de 4 anos de percepcion para finalmente percibir 5/5 despues de 5 anos de percepcion"; Que, con Informe Nº 033-06-MDLO/OAJ la Oficina de Asesoria Juridica opina que "(...) en virtud al MORDAZA de simplicidad establecida en el numeral 1.13 del articulo IV de la Ley Nº 27444, y con el objeto de corregir la deficiencia normativa para el calculo de Bonificacion Permanente, se debe proponer al MORDAZA la emision de la MORDAZA (Decreto de Alcaldia) que supere con caracter general la peticion de la recurrente tal y conforme lo indica Art. VII del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444"; Estando a lo informado, a lo dispuesto por la Gerencia Municipal con Proveido de fecha 20 de marzo de 2006 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- ESTABLECER el Regimen para el Otorgamiento de la BONIFICACION DIFERENCIAL PERMANENTE para los servidores de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA en aplicacion del Articulo 124º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL disponer las acciones administrativas que correspondan para el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10826

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban cronograma del MORDAZA de Actualizacion del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008 San MORDAZA de Lurigancho, 5 de junio de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establece las disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de Presupuesto Participativo local. Que, el instructivo Nº 001-2006 -EF/76.01, Resolucion Directoral Nº 011-2006-F/76.01 contiene orientaciones para el desarrollo articulado del MORDAZA de Presupuesto Participativo correspondiente al ano fiscal 2007. Que, mediante Ordenanza Nº 055 de fecha 22 de MORDAZA del 2005, promueve y regula espacios de participacion vecinal en los asuntos publicos y los derechos inherentes a los mismos vinculando al gobierno municipal con los vecinos, las organizaciones sociales y las politicas de la jurisdiccion; regula ademas la organizacion y funcionamiento de las instancias del Sistema de Participacion Ciudadana SPC; Que, mediante Ordenanza Nº 062 de fecha 23 de MORDAZA del 2005, se aprobo el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital CCLD que dispone la conformacion de una Comision Permanente, ademas en su Articulo 24º dispone la conformacion de una Comision Tecnica, presidida por el Gerente de Planificacion del Desarrollo; Que, mediante Ordenanza Nº 066 de fecha 24 de junio del 2005, se regulan los procedimientos, para la programacion, formulacion y aprobacion del MORDAZA de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho Que, conforme lo dispone el Articulo MORDAZA numeral 5.1.4. Corresponde a la Comision Permanente, con soporte de la Comision Tecnica proponer al MORDAZA el Cronograma y Metodologia de trabajo de los Talleres para el desarrollo de las acciones del Presupuesto Participativo. El MORDAZA aprueba el Cronograma y Metodologia de trabajo propuesto mediante Decreto de Alcaldia. Que, con fecha 17.05.06 la Comision Permanente remite la propuesta de Cronograma del MORDAZA de Actualizacion del PDMC y Presupuesto Participativo 2007. Que, el numeral 6º del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establecen las atribuciones conferidas al MORDAZA de dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia con sujecion a las leyes y ordenanzas DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR, el cronograma del MORDAZA de Actualizacion del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo del 2007. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Comision Permanente del CCLD con apoyo de la Comision Tecnica, las coordinaciones con las entidades publicas y privadas para el establecimiento de los recursos de financiamiento del Presupuesto Participativo 2007. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal dotar de los recursos que implique este MORDAZA de Actualizacion del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo del 2007. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planificacion del Desarrollo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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