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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (19/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 112

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321956El Peruano lunes 19 de junio de 2006 4. Disponer que a través de la Oficina de Secretaría General se remitan copias del presente Acuerdo, así como de los informes técnico y legal que lo sustentan, a la Contraloría General de la República y al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE-, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a su expedición. 5. Encargar a la Oficina de Secretaría General disponga la publicación del respectivo Acuerdo de Concejo en Diario Oficial El Peruano, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. 6. Disponer el reporte y publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. 7. El presente Acuerdo entrará en vigencia en el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 10829 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G66/G65/G63/G68/G61/G20 /G64/G65/G20 /G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G67/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G6F/G73 /G6D/G65/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G61/G20/G6D/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G79/G20/G64/G65 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000017 Callao, 31 de mayo de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000013-2006, se otorgaron beneficios para el pago de los arbitrios a favor de los contribuyentes del distrito a fin de facilitar el pago de sus obligaciones; Que, mediante Ordenanza N° 000030-2005, se otorgaron diversos beneficios administrativos y tributarios dirigidos a facilitar el pago de las obligacionespendientes de cancelación; Que, la Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza antes mencionada, faculta al Alcaldepara establecer mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de los plazos previstos en la misma; Que, a la fecha existe un gran número de contribuyentes que demuestran voluntad de regularizar sus obligaciones tributarias correspondientes a los Arbitrios Municipales del ejercicio 2006, por lo que sehace necesario extender los plazos concedidos; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º de laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1°.- Prorróguese la fecha de vencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del 2006, hasta el 30 de junio del 2006; así como, la aplicación del monto máximode incremento a que se refiere los artículos 4 y 5 de la Ordenanza Municipal Nº 000013-2006. Artículo 2°.- Prorróguese hasta el 10 de junio del 2006, la fecha de vencimiento fijada por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 000013- 2006, respecto de los beneficios tributarios aprobadosmediante Ordenanza N° 000030-2005. Artículo 3°. - Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento delpresente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 10766 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL