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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321948El Peruano lunes 19 de junio de 2006 Que, asimismo, el COES-SINAC solicitó en su recurso se modificase el Costo Fijo No Combustible (CFNC) dela unidad de punta, petición analizada en el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 040-2006, determinándose como fundada en parte dicha solicitud; Que, complementariamente, las empresas concesionarias remitieron información de precios relacionados con las unidades V84.3A, con los cuales elOSINERG procedió a efectuar la actualización de los precios utilizados en el cálculo del CFNC, considerando que dicha información es pre-existente al momento deexpedirse la Resolución. La menciona información ha sido remitida por las empresas ETEVENSA y ENERSUR y ha sido declarada confidencial por el OSINERGmediante Resolución OSINERG Nº 241-2006-OS/CD; Que, la variación de la proyección de demanda del año 2006 y del CFNC, origina las modificacionesseñaladas en el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 044- 2006 que, como Anexo 1, forma parte de la presente resolución. Dicho informe contiene la motivaciónsustentatoria de los cambios a realizarse en la resolución regulatoria correspondiente y, consecuentemente, en los cargos consignados mediante Resolución OSINERGNº 155-2006-OS/CD. 2.- PLAN DE OBRAS DE TRANSMISIÓNQue, con fecha 31 de marzo de 2006, la empresa Red de Energía del Perú S.A. (REP) y el Ministerio deEnergía y Minas (MEM), firmaron una minuta modificando el Contrato de Concesión de los sistemas de Transmisión eléctrica ETECEN-ETESUR en lo correspondiente altratamiento de las ampliaciones. Así, en el numeral 8.1.5 de la Cláusula Octava del Contrato, ambas partes han previsto la ejecución de ampliaciones incluidas en elPrograma de Equipamiento; Que, al amparo del mencionado numeral 8.1.5 REP y el MEM acordaron, en minuta del 31 de marzo de 2006,la ejecución de la ampliación que comprende el “Proyecto de Construcción de la nueva Subestación Chilca REP y Ampliación de Capacidad de las líneas de transmisiónexistentes L-2090 y L-2208 en los tramos desde la subestación San Juan hasta la futura Subestación Chilca REP”, cuyo detalle se describe en el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 044-2006 que, como Anexo 1, forma parte de la presente resolución; Que, de acuerdo con el numeral 2 de la Cláusula Segunda de la mencionada minuta, el plazo para la puesta en ejecución comercial del proyecto es de quince (15) meses; tiempo menor al horizonte de proyección deveinticuatro (24) meses, considerado en el cálculo tarifario; Que, por lo tanto, corresponde modificar el plan de obras de transmisión del período mayo 2006 - abril 2008 en los términos indicados en las consideraciones precedentes. 3.- COSTOS VARIABLES NO COMBUSTIBLES DE VENTANILLA Que, las unidades TG3 y TG4 de la C.T. Ventanilla corresponden a unidades modelo V84.3A; Que, considerando lo manifestado en el numeral 1.- de la presente resolución sobre la actualización de precios y de conformidad con lo señalado en el informeOSINERG-GART/DGT Nº 040-2006, sobre la aplicación del concepto de sustitución y la corrección de los porcentajes de componentes reparables y componentesnuevos requeridos para cada inspección, aplicables a las unidades V84.3A, se procedió a modificar de oficio el CVNC de las unidades TG3 y TG4 de la C.T. Ventanillaconforme se muestra en el informe OSINERG-GART/ DGT Nº 044-2006, Anexo 1 de la presente resolución. 4.- REAJUSTE DE LA LIQUIDACIÓN DE LA RAG Que, el numeral 6.1.2 de la norma “Procedimiento para la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del Contrato de Concesión Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN - ETESUR”(en adelante el “CONTRATO”), aprobada mediante Resolución OSINERG Nº 336-2004-OS/CD, dispone que el OSINERG publique el Reajuste de Liquidación de laRemuneración Anual Garantizada (RAG) dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Liquidación, lamisma que tuvo lugar el 12 de abril de 2006; Que, al respecto, con fecha 19 de mayo de 2006, REP presentó el mencionado Reajuste de Liquidación,correspondiente al período mayo 2005 - abril 2006, acompañado con la información de comprobantes de pago de los meses de marzo y abril de 2006. Que, posteriormente, luego de la revisión efectuada por el OSINERG, contenida en el Informe OSINERG- GART/DGT Nº 044-2006 que, como Anexo 1, forma partey motiva la presente resolución, se determinó que el valor del Reajuste de Liquidación de la RAG, expresado al 30 de abril de 2007, asciende a la suma deUS$ -655 871; por lo tanto, corresponde efectuar el Reajuste de Liquidación de la RAG del período mayo 2005 - abril 2006 en los términos indicados en lasconsideraciones precedentes. 5.- MODIFICACIÓN DEL COSTO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO Que, las empresas Red Eléctrica del Perú S.A. (en adelante “REDESUR”) y Eteselva S.R.L. (en adelante “ETESELVA”) interpusieron recursos de reconsideración contra la Resolución OSINERG Nº 155-2006-OS/CD,con relación a los costos de operación y mantenimiento (en adelante “COYM”) de sus instalaciones integrantes del Sistema Principal de Transmisión (en adelante“SPT”); Que, de acuerdo con el análisis realizado por OSINERG que se encuentra contenido en los informesOSINERG-GART/DGT Nº 042-2006 y 043-2006, anexos de las resoluciones OSINERG Nº 244-2006-OS/CD y 245-2006-OS/CD, respectivamente, se determinódeclarar fundados en parte los mencionados recursos de reconsideración; Que, dado que el COyM de todas las instalaciones que conforman el SPT del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional deben determinarse con base a los mismos criterios de estandarización y utilizando lamisma base de datos, corresponde que aquellos rubros del COYM que fueron declarados fundados en las resoluciones señaladas previamente sean extendidos atodas las empresas titulares de instalaciones que integran el SPT; Que, en ese sentido, en el COYM de REP corresponde efectuar de oficio las siguientes modificaciones: - Modificación del prorrateo de los costos de operación y de mantenimiento de servicios auxiliares al SPT y Sistema Secundario de Transmisión (en adelante “SST”); - Inclusión de actividades de “cambio manual de pasta de silicona” en líneas ubicadas en la costa y “limpieza manual de aisladores” en líneas ubicadas en la sierra; - Recálculo del análisis de costos unitarios de la actividad “cambio de conductor”, en el que se incluye un “Equipo de Tendido” (compuesto por winche y freno) yse retira el uso de “poleas” y “cables cordina”; - Corrección de aquellos rendimientos y periodicidades de actividades de mantenimiento que no habían sido referenciadas correctamente con los resultados delestudio de S&Z Asociados; Que, en ese sentido, en el COYM de REDESUR corresponde efectuar de oficio las siguientes modificaciones: - Recálculo del análisis de costos unitarios de la actividad “cambio de conductor”, en el que se incluye un “Equipo de Tendido” (compuesto por winche y freno) yse retira el uso de “poleas” y “cables cordina” ; - Corrección de aquellos rendimientos y periodicidades de actividades de mantenimiento que no habían sidoreferenciadas correctamente con los resultados del estudio de S&Z Asociados; Que, en ese sentido, en el COYM de ETESELVA y ANTAMINA corresponde efectuar de oficio las siguientes modificaciones: - Corrección de aquellos rendimientos y periodicidades de actividades de mantenimiento que no habían sido