Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2006 (19/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano lunes 19 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321903

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/ 15.17, de fecha 12 de marzo de 1993, se autorizo a la Compania Peruana de Telefonos S.A. (CPTSA) a establecer el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion de Television por cable en el area que comprende las ciudades de MORDAZA y Callao; Que, por Resolucion Ministerial Nº 283-95-MTC/15.17, de fecha 4 de MORDAZA de 1995, se reconocio a CPTTELEFONICA DEL PERU S.A. como titular de la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17; Que, con Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/ 15.17, de fecha 11 de enero de 1996, se otorgo a TELEFONICA DEL PERU S.A. concesion para prestar el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en las provincias de MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Huancayo, MORDAZA y Trujillo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 191-98-MTC/ 15.03, de fecha 15 de MORDAZA de 1998, se transfirio a favor de TELEFONICA MULTIMEDIA S.A. las concesiones otorgadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93-TCC/15.17 y 030-96-MTC/15.17; Que, por Escritura Publica del 22 de septiembre de 1998, se modifico el Estatuto de Telefonica Multimedia S.A. variando su denominacion social a TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C.; Que, con Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/ 15.03, de fecha 18 de octubre de 2001, se amplio el area de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17 a favor de TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable a los distritos de MORDAZA, Mala y MORDAZA, de la provincia de Canete, del departamento de Lima; asimismo, dicha resolucion ministerial, amplio el area de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17 a favor de TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable a los distritos de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, y La MORDAZA, de la provincia de Chiclayo, ambos del departamento de MORDAZA, los distritos de MORDAZA Larco MORDAZA, Laredo y Huanchaco, de la provincia de MORDAZA, del departamento de La MORDAZA, los distritos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero, Socabaya, Sachaca, MORDAZA MORDAZA y Alto MORDAZA MORDAZA, de la provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante expediente de vista la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. solicita modificar los contratos de concesion aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93-TCC/15.17 y 030-96-MTC/ 15.17, modificados por Resolucion Ministerial Nº 4862001-MTC/15.03, a fin de ampliar la modalidad de prestacion del servicio concedido a la modalidad de difusion directa por satelite y el area de concesion para la prestacion del mismo, en el area que comprende el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y en todo el territorio de la Republica del Peru excepto el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, respectivamente; Que, el articulo 1351º del Codigo Civil establece que el contrato es el acuerdo de dos o mas partes para crear, regular, modificar o extinguir una relacion juridica patrimonial, el cual, en aplicacion del articulo 1352º de citado codigo, se perfecciona por el consentimiento de las partes; Que, el articulo 129º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que la suscripcion del contrato de concesion se realizara dentro de un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles de publicada la resolucion correspondiente. Dicho plazo sera aplicable tambien para la suscripcion de las adendas, caso contrario, la resolucion que la sustenta quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, el articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, fija la politica de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados;

Que, el articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, declara de interes nacional la modernizacion y el desarrollo de las telecomunicaciones, dentro del MORDAZA de la libre competencia, correspondiendo al Estado su fomento, administracion y control; Que, de igual modo, el articulo 5º del citado texto legal establece que las telecomunicaciones se prestan bajo el MORDAZA de servicio con equidad y que el derecho a servirse de ellas se extiende a todo el territorio nacional promoviendo la integracion de los lugares mas apartados de los centros urbanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2003-MTC se aprobaron los Lineamientos de Politicas para promover un mayor acceso a los Servicios de Telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social, en donde se senala como objetivo acelerar la incorporacion, en condiciones de equidad, de las poblaciones de las areas rurales y de preferente interes social, a las oportunidades que ofrecen las tecnologias de la informacion y comunicacion (TICs), promoviendo su integracion a la red publica de telecomunicaciones. Asimismo, dichos Lineamientos tienen como MORDAZA que el acceso a las TICs y el desarrollo de las telecomunicaciones ostenta un caracter prioritario en la politica general del Estado, tanto por su alto contenido social, como por sus efectos multiplicadores para impulsar el desarrollo socioeconomico del MORDAZA y la mayor integracion de la poblacion a la sociedad global de la informacion y del conocimiento; Que, mediante Informe Nº 238-2006-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, opina que es procedente lo solicitado por la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., debiendose modificar los contratos de concesion aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93TCC/15.17 y 030-96-MTC/15.17, modificados por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03 en los terminos propuestos en el referido informe; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el TUO del Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la prestacion del servicio concedido mediante Resolucion Ministerial Nº 108-93TCC/15.17 a favor de la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., a la modalidad de difusion directa por satelite; asi como ampliar el area de concesion otorgada por la referida resolucion, para que dicha empresa preste el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la citada modalidad en el area que comprende el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, y que se incorpora al Anexo 1 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/ 15.17, MORDAZA por el Anexo 1 de la adenda aprobada por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente a la modalidad de difusion directa por satelite y area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion y que se incorpora al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17, MORDAZA por el Anexo 2 de la Adenda aprobada por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 3º.- Aprobar la Descripcion de la Red, conforme al Anexo 3 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, el cual se incorpora al contrato de concesion aprobado con Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17, modificado por

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