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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 19 de junio de 2006 321909REPUBLICADELPERU SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contraSEGUNDO FRANCISCO CALLE CASTILLO, MARIA ISABEL OCON ESPINOZA, KAREN YAMIRA JAVE POLO, ALEJANDRO ROBINSON ABRIGO LUQUE,RUMALDA ELIZABETH TANCO LLERENA y los que resulten responsables , por la comisión de presuntos delitos contra la Familia - Estado Civil, en la modalidadde Alteración de Filiación de Menor y contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil. Artículo Segundo .- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 10740 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G69/G74/G69/G62/G61/G6E/G6B/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G61 /G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G42/G6F/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G46/G41/G53/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN SBS Nº 737-2006 Lima, 12 de junio de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Citibank del Perú S.A., para que se le autorice a operar con Cajeros Corresponsales en los establecimientos comerciales de Boticas FASA S.A. a nivel nacional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular SBS Nº B-2147-2005 de fecha 16 de junio de 2005, se permite el uso de cajeroscorresponsales, previa autorización de esta Superintendencia, a aquellas empresas facultadas para operar con tarjetas de crédito y/o débito de conformidadcon la normatividad vigente; Que, los cajeros corresponsales podrán ser utilizados para el cobro de montos adeudados por la utilización delíneas de crédito asociadas a tarjetas de crédito, retiro de dinero, transferencias de fondos, depósitos en efectivo en cuentas propias o de terceros, pago de servicios engeneral y otros servicios a los que la empresa se encuentre autorizada; y, que impliquen abonos y/o cargos automáticos en cuentas y/o líneas de crédito, segúncorresponda, sin que requieran conciliaciones o verificaciones distintas a aquellas que se realicen en terminales electrónicos; Que, no se permite la apertura de cuentas de depósitos, ni pactar nuevas operaciones de crédito cualquiera que sea la modalidad de las mismas; Que el numeral 11.1 de la citada Circular establece que tratándose de la suscripción de nuevos contratos que se realicen posteriormente a la autorización otorgadapor esta Superintendencia, las empresas deberán mantener a disposición de este órgano de control la información referida en los Anexos C y D de la Circular; Que, Citibank del Perú S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida en la citada Circular; y, que deberá mantener a disposición de esta Superintendenciala información adicional señalada en los Anexos C y D de la misma;Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Bancaria "A", mediante Informe Nº 88-2006- DEB "A", y con los vistos del Departamento Legal y el Departamento de Evaluación de Riesgos de Operación;y, De conformidad con lo dispuesto en la Circular Nº B-2147-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Citibank del Perú S.A. a operar con Cajeros Corresponsales en los establecimientos comerciales de Boticas FASA S.A. anivel nacional. Artículo Segundo.- Autorizar a Citibank del Perú S.A. a establecer en el futuro nuevos contratos para operar concajeros corresponsales, debiendo mantener a disposición de este órgano de control la información referida en los Anexos C y D de la Circular SBS Nº B-2147-2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 10827 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 048-2006-P/TC Lima, 24 de marzo de 2006 VISTO el Informe Nº 233-2006-PE/TC de la Oficina de Planeamiento y Estadística; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, que tiene porfinalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando yoptimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 047- 2006-P/TC, se ha actualizado el Reglamento deOrganización y Funciones del Tribunal Constitucional en el que se establece la estructura orgánica, competencias y funciones de la Institución; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprueba los lineamientos y pautas para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de lasentidades de la Administración Pública, con la finalidad de contar con un instrumento de gestión y que contenga la correcta definición de los cargos acorde con laestructura orgánica de la entidad y en base a las reales necesidades institucionales; Que el Artículo 14º numeral 14.1 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que la aprobación del Cuadro Para la Asignación de Personal, se efectuará por resolución del Titular del Sector; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) del Tribunal Constitucional, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar en la Página Web del Tribunal Constitucional el referido CAP . Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Presidente