Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2006 (19/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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LICA DEL P E

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321904

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 19 de junio de 2006

Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 4º.- Ampliar la prestacion del servicio concedido mediante Resolucion Ministerial Nº 030-96MTC/15.17 a favor de la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., a la modalidad de difusion directa por satelite; asi como ampliar el area de concesion otorgada por la referida resolucion, a fin de que dicha empresa preste el servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la citada modalidad en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru con excepcion del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion y que se incorpora al Anexo 1 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/ 15.17, MORDAZA por el Anexo 1 de la adenda aprobada por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 5º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente a la modalidad de difusion directa por satelite y area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion y que se incorpora al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, MORDAZA por el Anexo 2 de la Adenda aprobada por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 6º.- Aprobar la Descripcion de la Red, conforme al Anexo 3 que forma parte de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, el cual se incorpora al contrato de concesion aprobado con Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, modificado por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03. Articulo 7º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la modificacion de la Clausulas Primera, MORDAZA y MORDAZA del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17, modificado por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/ 15.03, se incorporan al mismo las Clausulas Vigesima, Vigesimo Primera, Vigesimo MORDAZA, Vigesimo Tercera y Vigesimo Cuarta, los Anexos 1, 2 y 3; y, se establece el plazo para el cumplimiento del Plan de Cobertura; autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la misma en representacion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar su elevacion a Escritura Publica. Articulo 8º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la modificacion de los numerales 3.01 y 3.02 de la Clausula Tercera del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/ 15.17, modificado por Resolucion Ministerial Nº 486-2001MTC/15.03, se incorporan al mismo el numeral 3.04 en la Clausula Tercera, los numerales 6.11 y 6.12 en la Clausula Sexta, los Anexos 1, 2, 3 y 4; y, se establece el plazo para el cumplimiento del Plan Cobertura, autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la misma en representacion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar su elevacion a Escritura Publica. Articulo 9º.- La empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. se obliga a prestar comercialmente el servicio concedido en la modalidad ampliada de acuerdo al Anexo 4 de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, que formaliza la ampliacion de la modalidad del servicio; asi como, la ampliacion del area de concesion otorgados con Resolucion Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, modificada por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/ 15.03, dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a su suscripcion. Dicho Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 10º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si las Adendas no son suscritas por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Para la suscripcion de la adenda correspondiente al contrato aprobado por Resolucion Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17 y modificado por Resolucion Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03 la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C. debera

cumplir previamente con presentar la Carta Fianza que asegure el inicio de la prestacion del servicio en la modalidad ampliada en el area que comprende el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 4
PRESTACION COMERCIAL DEL SERVICIO CONCESIONARIA : TELEFONICA MUL TIMEDIA S.A.C. SERVICIO MODALIDAD : DISTRIBUCION DE RADIODIFUSION POR CABLE : DIFUSION DIRECTA POR SATELITE

La empresa concesionaria se obliga a prestar comercialmente el servicio concedido como minimo a las localidades senaladas en el presente Anexo, dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a la suscripcion de la presente adenda. Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 Departamento Tumbes MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amazonas Amazonas MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tacna Tacna Tacna Ucayali Provincia Tumbes Sullana Huancabamba San MORDAZA Bagua Condorcanqui Maynas Mariscal MORDAZA MORDAZA Tahuamanu Tambopata Tahuamanu MORDAZA Yunguyo Chucuito Tarata Tacna Tacna Purus Localidad Tumbes Sullana Huancabamba San MORDAZA Imacita Puerto Galilea San MORDAZA del Estrecho Caballococha lnapari Puerto MORDAZA Iberia San MORDAZA del Oro Yunguyo Desaguadero Tarata Tacna Boca del Rio Puerto MORDAZA

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Autorizan al SENATI a operar como Entidad de Capacitacion de Conductores de los servicios de transporte interprovincial de personas y de transporte de mercancias
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1747-2006-MTC/15 MORDAZA, 24 de marzo de 2006 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 001696 y 015565 presentados por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, mediante los cuales solicito autorizacion para ser reconocido como Entidad de Capacitacion de Conductores, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, senala que el objetivo

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