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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (19/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321906El Peruano lunes 19 de junio de 2006 Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Supervisión de Personal del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los finespertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 10782 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 J N E /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G65/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20 /G65/G73/G74/G61/G74/G61/G6C/G20 /G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR RESOLUCIÓN Nº 3347-2006-JEE/LS Lima, 12 de mayo del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1097-2006-DM/MINSA, recibido el 8 de mayo pasado, que contiene la solicitud presentadapor el Ministerio de Salud, a fin que se le otorgueautorización para la campaña de difusión del SistemaPúblico de Orientación y Consejería de Salud - Infosalud;en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal para las Elecciones Generales aprobado por Resolución Nº 387-2005-JNE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 del Artículo6º de la Resolución Nº 387-2005-JNE, después depublicada la convocatoria a Elecciones Generales 2006, ninguna Entidad puede realizar actividades de publicidad estatal; que en todo caso, las Entidades que requierancontratar avisos publicitarios en los medios deradiodifusión, deberán contar con la autorización expresadel Jurado Nacional de Elecciones; que la referidapublicidad estatal en ningún caso podrá contener o hacer alusión a colores, nombres, signos distintivos o similares de alguna organización política de forma tal que laciudadanía lo relacione, directa o indirectamente, conésta o con el gobierno de turno; Que, examinada la documentación anexada a la solicitud presentada por el Ministerio de Salud, se verificaque se ha cumplido con los requisitos previstos en elnumeral 7.2 del Artículo 7 de la Resolución Nº 387-2005-JNE, recogidos en el Ítem 11.95 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 016-2006- P/JNE; que, revisado el contenido del material impresoanexado a la mencionada solicitud, se verifica que elmismo no transgrede las normas indicadas en el párrafoprecedente; Por los fundamentos expuestos, y bajo al amparo de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 36º dela Ley Nº 26486, el Jurado Electoral Especial de LimaSur, en uso de las facultades de que esta investido porley; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de autorización para la campaña de difusión del SistemaPúblico de Orientación y Consejería en Salud - Infosalud, presentada por el Ministerio de Salud, mediante Oficio Nº 1097-2006-DM/MINSA.Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales delDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. LINARES SAN ROMANCHAVEZ PERALTAGONZALEZ CORTEZ 10733 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR RESOLUCIÓN Nº 3348-2006-JEE/LS Lima, 12 de mayo del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1224-2006-DM/MINSA, recibido el 12 de mayo pasado, que contiene la solicitudpresentada por el Ministerio de Salud, a fin que se leotorgue autorización para el uso de material impreso para la Campaña de la Maternidad Saludable y Segura; en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento sobreel Uso de Publicidad Estatal para las EleccionesGenerales aprobado por Resolución Nº 387-2005-JNE;y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 192º de la Ley Nº 26859 y los numerales 6.1, 6.2 y 6.4 del Artículo6º de la Resolución Nº 387-2005-JNE, después depublicada la convocatoria a Elecciones Generales 2006, ninguna Entidad puede realizar actividades de publicidad estatal; que en todo caso, las Entidades que requierancontratar avisos publicitarios en los medios deradiodifusión, deberán contar con la autorización expresadel Jurado Nacional de Elecciones; que la referidapublicidad estatal en ningún caso podrá contener o hacer alusión a colores, nombres, signos distintivos o similares de alguna organización política de forma tal que laciudadanía lo relacione, directa o indirectamente, conésta o con el gobierno de turno; Que, examinada la documentación anexada a la solicitud presentada por el Ministerio de Salud, se verifica que se ha cumplido con los requisitos previstos en el numeral 7.2 del Artículo 7 de la Resolución Nº 387-2005-JNE, recogidos en el Ítem 11.95 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Jurado Nacional deElecciones, aprobado por Resolución Nº 016-2006-P/JNE; que, revisado el contenido del material impreso anexado a la mencionada solicitud, se verifica que el mismo no transgrede las normas indicadas en el párrafoprecedente; Por los fundamentos expuestos, y bajo al amparo de lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 36º dela Ley Nº 26486, el Jurado Electoral Especial de Lima Sur, en uso de las facultades de que esta investido por ley: RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de autorización para el uso de material impreso para la Campaña de la Maternidad Saludable y Segura,presentada por el Ministerio de Salud, mediante OficioNº 1224-2006-DM/MINSA. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. LINARES SAN ROMAN CHAVEZ PERALTA GONZALEZ CORTEZ 10734