Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2006 (23/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano viernes 23 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 10996

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Delegan funcion de certificacion de semillas en los departamentos de MORDAZA, Amazonas y MORDAZA al CODESE MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 130-2006-AG.SENASA La MORDAZA, 2 de junio de 2006 VISTO: La Carta Nº 087-2005-C.L. mediante la cual el Comite Departamental de Semillas de MORDAZA ­ CODESE MORDAZA, solicita la delegacion de la funcion de certificacion de semillas en los departamentos de MORDAZA, Amazonas y Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-AG de fecha 9 de MORDAZA de 2001, se designa al Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA como Autoridad en Semillas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2005AG de fecha 5 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Reglamento Tecnico de Certificacion de Semillas, que tiene por finalidad establecer las normas conforme a las cuales se efectuara el procedimiento de certificacion de semillas, de conformidad con la Ley Nº 27262, Ley General de Semillas, y su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0402001-AG; Que, el Articulo 5º del Reglamento Tecnico de Certificacion de Semillas establece los requisitos que deben cumplir las entidades que deseen brindar el servicio de certificacion de semillas por delegacion; asimismo, establece que mediante Resolucion Jefatural del SENASA se especificara el personal profesional y tecnico, el MORDAZA de infraestructura y apoyo logistico con que se debe contar como minimo para la prestacion del servicio de certificacion, segun el ambito geografico para el cual se solicita la delegacion, considerando la normatividad vigente en materia de semillas por especie; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 172-2005AG-SENASA se especificaron los requisitos establecidos en el Articulo 5º del Reglamento de Certificacion de Semillas; Que, mediante el Informe Tecnico N° 24-2006- AGSENASA-DIAIA-SDSV, de fecha 12 de MORDAZA de 2006, la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria informa que evaluado el expediente presentado por el Comite Departamental de Semillas de MORDAZA, este cumple con los requisitos que establece la legislacion vigente en semillas, para obtener la delegacion de la funcion de certificacion de semillas en los ambitos para los que solicita la delegacion; De conformidad con la Ley Nº 27262, el Decreto Supremo Nº 040-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 0242005-AG, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y con las vistos de los Directores Generales de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar la funcion de certificacion de semillas en los ambitos departamentales de MORDAZA, Amazonas y MORDAZA al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA ­ CODESE MORDAZA, por un periodo de cinco anos. Articulo 2º.- La vigencia de la delegacion esta sujeta al cumplimiento de la normatividad vigente sobre certificacion de semillas.

Incluyen item sobre tratamiento de fumigacion en la Guia de Servicios del SENASA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 131-2006-AG-SENASA La MORDAZA, 5 de junio de 2006 VISTO: El Informe Tecnico Nº 03/2006-AG-SENASA-SCVDSV, del 16 de MORDAZA de 2006, presentado por la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, el cual sustenta los argumentos necesarios para que el SENASA brinde los servicios de fumigacion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 020-2002-AGSENASA del 24 de enero de 2002, se aprueban los precios que cobraran las dependencias del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, denominado Guia de Servicios; Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 065-2003-AG-SENASA, 131-2003-AG-SENASA, 138-2003-AG-SENASA, 138-2004-AG-SENASA, 1482004-AG-SENASA, 258-2004-AG-SENASA, 0562005-AG-SENASA y 068-2005-AG-SENASA, se han incluido nuevos servicios que brinda el SENASA; Que, actualmente la demanda de los servicios de fumigacion de las empresas existentes, no satisfacen los requerimientos para efectuar los tratamientos cuarentenarios establecidos por el SENASA; Que, siendo el tratamiento de fumigacion uno de los mecanismos indispensables para continuar con los procesos de erradicacion de plagas en el Peru, y estando el SENASA en MORDAZA de adquisicion de camaras de fumigacion, es necesario aprobar el servicio de fumigacion por parte del SENASA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria - Ley Nº 27322, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; Con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Administracion y de los Directores Generales de Sanidad Vegetal y de las Oficinas de Asesoria Juridica y Planificacion y Desarrollo Institucional; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir el item VI.1 en la Guia de servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 020-2002AG-SENASA, conforme se senala en el Anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los precios por los conceptos senalados en el Anexo adjunto se calculan en funcion de las unidades y los porcentajes establecidos en la presente Resolucion, los cuales se encuentran expresados en funcion a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Articulo 3º.- Los ingresos recaudados por los conceptos senalados en la presente Resolucion, constituiran Recursos Directamente Recaudados del SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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