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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (23/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 23 de junio de 2006 322201REPUBLICADELPERU Comando, es necesario efectuar la contratación de ampliación de garantía y suministro de repuestos del equipamiento de comunicaciones HARRIS, por un período de DOCE (12) meses; Que, en dicho Informe Técnico se precisa también que la empresa HARRIS CORPORATION de los Estados Unidos de América, es fabricante exclusivo de los equipos que integran el Sistema de Comunicaciones HARRIS antes indicado, teniendo derechos sobre las patentes, autorizaciones, hardware y licencias de software para operaciones de los equipos de la misma marca, siendo la única empresa en el mundo que brinda el suministro de los repuestos adecuados para la continuidad de su funcionamiento, concluyendo por ello que los servicios del requerimiento presentado no admiten sustitutos; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de carácter Público de la Marina de Guerra del Perú, correspondiente al Año Fiscal 2006, se encuentra considerado en el ítem 412 el proceso de selección para la contratación del servicio de ampliación de garantía de equipamiento de Comunicaciones HARRIS, incluido paquete de repuestos, por un valor referencial de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 395,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Año Fiscal 2006 de la Marina de Guerra del Perú, cadena del gasto 53.11.39; Que, mediante Carta de fecha 23 de febrero del 2006, la empresa HARRIS CORPORATION, confirma que su representante exclusivo en el Perú, es la empresa DITEL CORPORATION S.A.; Que, el inciso (e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM de fecha 26 de noviembre del 2004, dispone que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la referida Ley, establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere la norma del considerando precedente se realizarán mediante acciones inmediatas, requiriendo obligatoriamente de un Informe Técnico Legal previo; asimismo, su inciso (a) dispone que las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, en el Informe Legal Nº 001-2006-OAL de fecha 13 de marzo del 2006, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General del Material de la Marina, concluye que legalmente es factible exonerar de la realización de un proceso de selección, para la contratación de servicios de ampliación de garantía y suministro de repuestos para el Sistema de Comunicaciones HARRIS, que por su origen y condición técnica, sólo tienen un fabricante dentro del universo de potenciales proveedores, cuando la compra del suministro garantice celeridad en la atención del requerimiento y disminución de costos al garantizarse técnica y operativamente el adecuado funcionamiento de los equipos a los cuales destinarán los bienes adquiridos; Que, en el referido Informe Legal, se indica que el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, consideran como exoneración las adquisiciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista único proveedor, situación que bajo el criterio de oportunidad y costos, enmarcan la atención del requerimiento de ampliación de garantía y suministro de repuestos para el Sistema de Comunicaciones HARRIS de la Marina de Guerra del Perú, mediante acciones inmediatas; Que, el artículo 148º del Reglamento de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece el procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, señalando que la Entidad hará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, que podrán ser obtenidas por cualquier medio de comunicación, circunscribiéndose la exoneración a la omisión del proceso de selección; Estando a lo recomendado por el Director de Telemática de la Marina y a lo propuesto por el Comandante General de la Marina, y de acuerdo con laatribución conferida por el inciso (a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar a la Marina de Guerra del Perú de efectuar el proceso de Concurso Público por la causal “Servicios que no admiten sustitutos”, para la contratación de servicios de ampliación de garantía y suministro de repuestos del equipamiento del Sistema de Comunicaciones HARRIS, por un período de DOCE (12) meses. Artículo 2º.- Autorizar la contratación de la empresa HARRIS CORPORATION con sede en los Estados Unidos de América, fabricante exclusivo de los equipos que integran el Sistema de Comunicaciones HARRIS, a través de la empresa DITEL CORPORATION S.A., representante exclusiva acreditada de la misma en el país, para el servicio señalado en el artículo precedente, por un valor referencialde CIENTO DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 116,305.00), al tipo de cambio actual, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios Año Fiscal 2006 de la Marina de Guerra del Perú - Dirección de Telemática de la Marina, cadena del gasto 53.11.39. Artículo 3º.- Disponer que el Comandante General de la Marina encargue al Director de Telemática de la Marina, la formulación de la invitación a la empresa HARRIS CORPORATION de los Estados Unidos de América, la formulación del contrato y suscripción final del mismo, quien a su vez estará facultado para realizar las gestiones administrativas que juzgue pertinentes efectuar, a fin de alcanzar el objetivo expuesto en la parte considerativa. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de copias de la misma y de los Informes Técnico y Legal Sustentatorios, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los DIEZ (10) días calendario siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 11112 JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G4D/G6F/G62/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61 /G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G47/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria así como su Quinta Disposición Transitoria, dispone que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, proponga dentro de los noventa días de publicada la Ley, la nueva estructura de tasas, aplicable al Registro Mobiliario de Contratos, así como la adecuación de las tasas registrales vigentes en los Registros Jurídicos de Bienes; Que, la norma citada crea el Registro Mobiliario de Contratos en el que se inscribirán las garantías y contratos respecto de bienes muebles no registrados en algún Registro Jurídico de Bienes; siendo que en tal registro, se inscribirán los actos que actualmente corresponden a los registros (i) de Prenda Agrícola, (ii) Prenda Industrial, (iii) Prenda Global y Flotante, (iv) Prenda Minera y (v) Registro Fiscal de Ventas a Plazos, así como garantías y contratos de otros bienes muebles no registrados, resultando necesario establecer la tasa aplicable al servicio de inscripción y publicidad para este registro; Que, asimismo, la Ley Nº 28677 crea el Sistema Integrado de Garantías y Contratos, que unificará la