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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (23/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322208El Peruano viernes 23 de junio de 2006 Página del Ministerio de la Producción www .produce .gob .pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERÓN Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 11038 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G6A/G75/G72/G65/G6C/G2C/G20/G63/G61/G62/G61/G6C/G6C/G61/G2C/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G79/G20/G73/G61/G72/G64/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 168-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 16 de mayo del 2006 Visto los escritos con registro Nº 00021971 de fechas 5, 18 y 28 de abril del 2006, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial Nº 524-97- PE de fecha 7 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a favor de la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A., para operar, entre otros, a la embarcación pesquera COLAN de matrícula CO-15318-PM de 314.00 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación RSW, para la extracción de los recursos subexplotados jurel y caballa, para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm.), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millascosteras; Que mediante Resolución Directoral Nº 140-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 28 de mayo del 2003, por mandato judicial, se reconoce a favor de CORPORACIÓN DEL MAR S.A., los derechos pesqueros no explícitos contenidos en la Resolución Ministerial Nº 524-97-PE, además de los concedidos para jurel y caballa con anterioridad, autorización de incremento de flota y el consiguiente permiso de pesca para operar, entre otras, la embarcación pesquera COLAN de 314 m3 de volumen de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, con RSW como sistema de preservación a bordo, utilizando redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla 1 ½ pulgada (38 mm.) y de ½ pulgada (13 mm.), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que por Resolución Directoral Nº 128-99-PE/DNE de fecha 1 de junio de 1999, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA COLONIAL S.A., para operar la embarcación pesquera denominada "BRUNELLA II" de matrícula CO-18818-PM de 364.54 m3 de volumen de bodega, con sistema de preservación a bordo tipo RSW y 273.41 m3 de carga neta, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina respectivamente, con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que por Resolución Directoral Nº 274-99-PE/DNE del 30 de noviembre de 1999, se aprobó a favor de CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 490-95-PE de fecha 27 de septiembre de 1995, para operar la embarcación pesquera "PACHACUTEC 2 de matrícula CE-4023-PM con 186.17 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco 5 millas costeras utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que las embarcaciones BRUNELLA II de matrícula CO-18818-PM y COLAN de matrícula CO-15318-PM,se encuentran consignadas en los listados de embarcaciones con permiso de pesca vigente y con derecho de sustitución reconocidos, publicado por Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y Nº 229- 2002-PRODUCE, con volúmenes de bodega de 364.54 m3 y 314.0 m3, respectivamente; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que mediante Resolución Directoral Nº 059-2006- PRODUCE/DNEPP de fecha 1 de marzo del 2006, se aprobó a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados por Resolución Directoral Nº 128-99-PE/DNE, Resolución Ministerial Nº 524-97-PE y Resolución Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/DNEPP , para operar las embarcaciones pesqueras BRUNELLA II de matrícula CO-18818-PM y COLAN de matrícula CO-15318-PM, respectivamente. Asimismo se suspendió por el plazo de un (1) año el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación COLAN de matrícula CO-15318-PM, sólo en el extremo referido al derecho de acceso para extraer los recursos jurel y caballa; Que asimismo a través de la Resolución Directoral Nº 059-2006-PRODUCE/DNEPP del 1 de marzo del 2006, se otorgó a favor de CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A., autorización de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación BRUNELLA IIde matrícula CO-18818-PM, a 404.41 m3 de volumen de bodega y a la embarcación COLAN de matrícula CO- 15318-PM, a 368.57 m3 de volumen de bodega, vía sustitución y aplicación de 186.17 m3 de capacidad de bodega y de los mismos derechos de acceso a las pesquerías de la embarcación pesquera siniestrada con perdida total "PACHACUTEC 2" de matrícula CE-4023- PM, con acceso a las pesquerías de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que a través de los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A., en virtud a la autorización de incremento de flota para ampliar las capacidades de bodega de las embarcaciones "BRUNELLA II" de matrícula CO-18818-PM y "COLAN" de matrícula CO-15318-PM, otorgado por Resolución Directoral Nº 59-2006-PRODUCE/DNEPP , solicita la modificación de las resoluciones con las que se otorgó los permisos de pesca de las mencionadas embarcaciones pesqueras, en el extremo referido a las capacidades de bodega de las mismas; Que según lo solicitado por la empresa, por su analogía, se encausa conforme al procedimiento administrativo Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE, publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, de cuya evaluación se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho procedimiento administrativo; observándose además que el dominio de las embarcaciones pesqueras "BRUNELLA II" de matrícula CO-18818-PM y "COLAN" de matrícula CO-15318-PM, se encuentran arrendadas financieramente a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. y que las mismas han sido objeto de modificación estructural y de incremento de capacidad de bodega, vía sustitución de la capacidad de bodega y los derechos administrativos de la embarcación "PACHACUTEC 2" de matrícula CE-4023-PM, a 404.85 m3 y 365.57 m3, respectivamente, según consta en los Certificados de Arqueo Nº DI-0086-06-07 y Nº DI-0093- 06-07 expedidas por la Autoridad Marítima con fecha 22 y 28 de marzo del 2006, y en los respectivos Certificados de Matrícula; volúmenes concordantes con los volúmenes de bodega al que han sido autorizados a