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PÆg. 313745 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 6. Plano del Predio Rústico Matriz. 7. Plano de Independización de Parcelas.8. Memoria Descriptiva Indicando sustentación técnica. 9. Certificado de Habilidad del Profesional.10.Lámina de Zonificación Actualizada (3copias) 11.Pago de Inspección Ocular para dos revisiones. 12.Pagos por derecho de Trámite Administrativo13.Pago de Liquidación correspondiente ante procedencia administrativa. 14.Pago de Liquidación correspondiente ante procedencia Administrativa (Art. II-XXIII –5 R.N.C) Artículo 6º.- Órgano a cargo del Procedimientoa) La presentación del expediente, se hará por la oficina de trámite documentario, la misma que derivarána la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural y Medio Ambiente. b) La División de Habilitación Urbana, será la que en uso de sus funciones asignadas, se avocará al procedimiento regulado en el artículo precedente. c) Para determinar la zonificación y las secciones de vías, en el caso de que no estuvieran oficialmente determinados por los planes urbanos o proyectos urbanisticos integrales, la Gerencia de DesarrolloUrbano, a través de la División de Catastro de la Municipalidad, lo fijará para el caso específico tomando para ello como base las Ordenanzas Nº 620-MML, Nº 719-MML, D.S. Nº 011-05/Vivienda, Ordenanza Nº 341-MML (Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima) y Reglamento Nacional deConstrucciones) Artículo 7º.- Plazo Los Administrados, que opten por acogerse a la campaña de regularización y formalización de subdiviciones, deberán presentar su solicitud con losrequisitos establecidos en el Artículo 5º dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 8º.- La Gerencia de Desarrollo Urbano Rural y Medio Ambiente, queda encargada del estricto cumplimiento y adecuación práctica mediante informetécnico pertinente, de la presente Ordenanza y la Gerencia de Participación Vecinal de su promoción y difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 03846 Disponen inscripción de inmuebles de propiedad de la Municipalidad en el Registro de Predios de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2006-MDP/C Pachacámac 16 de febrero del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinario de fecha, 16 de febrero del 2006, la propuesta de la Sra. AlcaldesaCarola Clemente Vda. de Poblet, para el SaneamientoTécnico Legal, de los inmuebles de propiedad de laMunicipalidad Distrital de Pachacámac, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 55º de al Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, establece que los bienes,rentas y derechos de cada municipalidad constituye supatrimonio , que dicho patrimonio se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con la garantías yresponsabilidades de ley; asimismo, que los bienes de dominio público de las municipalidades son inalienablese imprescriptibles; Que, el artículo 58ª de la norma acotada señala que los bienes inmuebles de las municipalidades se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por elmérito del acuerdo de concejo correspondiente; Que, la Ley Nº 26512, publicada el 28 de julio de 1995, declaró de necesidad y utilidad pública elsaneamiento físico legal de los inmuebles de propiedad de los Sectores Educativos y Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción: adquiridos,donados, construidos, ampliación y/o rehabilitados porinstituciones públicas y/o privadas; en este contexto, elartículo 10º de la norma en comentario, facultó a lasentidades mencionadas a dictar las medidas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la ley. Que, la Ley Nº 27493 , de la fecha 2 de julio del 2001, a través del artículo único hizo extensiva la Ley Nº 26512a todos los organismos e instituciones del sector Público. Que, el Decreto Supremo Nº 018-90-VC, de fecha 6 de junio de 1990, dispuso en su Artículo 1º que las Municipalidades quedan facultadas para gestionar laprimera inscripción de dominio de bienes inmuebles queles pertenezca sin contar con los títulos comprobatoriosde dominio; Que, el Artículo 2ª del Decreto Supremo Nº 026-96- PCM, faculta a las Municipalidades, dictar las medidas específicas para obtener el saneamiento físico Legal delas bienes inmuebles, cuyo dominio no estuviera inscritoen los Registros Públicos a su nombre; asimismo,dispone que la Superintendencia de los RegistrosPúblicos, otorgue las facultades del caso para el cumplimiento de lo dispuesto. Que, el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF aprueba las normas reglamentarias, para que cualquier entidadpública pueda realizar acciones de saneamiento técnico,legal y contable de inmuebles de propiedad estatal. Que, la Octava Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los predios que corresponden a la municipalidades, enaplicación de la presente ley, se inscriben en el registrode predios por el solo mérito del acuerdo de concejo quelo disponga, siempre que no se encuentre inscritos afavor de terceros. Que, la Municipalidad Distrital de Pachacámac, ejerce los derechos de propiedad respecto a los siguientesinmuebles: áreas del terreno 397.74 m2 del PalacioMunicipal, ubicado en el Jirón Paraíso Nº 206 y JirónComercio Mz. 15 lote 03, frente a la Plaza de Armas,área de terreno de 166.20 ml., del Minicomplejo Deportivo Paul Poblet Lind, sito entre el Jr, Paraíso y el Jr. Castillo, Lote 05 de la Manzana 36; Estadio Municipal, ubicadoentre la Av. Alameda del Descanso, Prolongación Av.San Miguel y la Av. Estadio: aréa de terreno 55.13 m2 delos baños públicos municipales , sito en el jirón Paraíso yel Pasaje San Valentín S/N, Manzana 26, lote 06; área de terreno de 17,417.42 m2 del cementerio municipal sito en la Prolongación Av. San Miguel y la Ladera del CerroCulebra del Centro poblado Rural San Miguel y laLotización San Fernando, área de terreno 5.023.50 m2del Vivero Huertos de Villena, ubicado en Av. Santa Cruz,Lote 17, de la Manzana A, Lotización de los Huertos de Villena; el área de terreno 249.08 m2, del Mercadillo San Martín de Porras, sito entre el Jirón Grau y el Jirón LosPinos , Manzana 12, Lote 14, Casco Urbano del distritode Pachacámac; área de terreno 11,123.70 m2, del FundoLos Levanos, sito entre la Av. Paul Poblet Lind y calleRinconada en el Lote 04 de la Manzana F de la Lotización Huertos de Pachacámac; área de terreno de 397.13 m2, del Mercado Municipal, ubicado en Jirón Naranjos y JirónPatos Manzana 13, lote 15; área del Local Comercial de206.50 m2, sito en la esquina del Jirón Castilla y la Av.Colonial, del lote 01 de la Manzana 36; área de terrenode 44.90 ml., de la Oficina Municipal Nº 01, ubicada en el Jirón Grau y Jirón Los Naranjos Manzana 13; área de terreno 44.99 m2, de la Oficina Municipal Nº 02, ubicadoen el Jirón Grau S/N, Manzana 13; área de terreno de44.55 ml., ubicado en el Jirón Grau S/N, Manzana 13;área de terreno 507.10 m2. sito en la Va. Colonial, Manzana35, lote 1 A; área de terreno 103.10 m2, ubicado en la manzana 26, lote 8, entre Jirón Comercio y Jirón Paraíso; área de terreno 600 m2, ubicado la ProlongaciónSuspiros, de la Urbanización San Fernando - ParqueChillaco (Cía. de Bomberos).