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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2006 (03/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 144

PÆg. 313746 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 Que, luego del debate respectivo y sometido a votación conforme al Reglamento de Sesiones, el ConcejoMunicipal, con el voto UNÁNIME de los señoresRegidores, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta y en mérito a lo dispuesto en el artículo 58ª de la Ley Orgánica de Municipalidades, adoptó lo siguiente: ACUERDA:Artículo Primero.- Disponer la inscripción en el Registro de Predios de Lima, de los inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pachacámac,a que se refiere el párrafo noveno de los considerandosdel presente acuerdo. Artículo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Pachacámac, para registrar la Primera Inscripción de Dominio ante la Oficina Registral de Lima y Callao, deberá cumplir con presentar necesariamente la siguientedocumentación : a) Acuerdo de Concejo aprobando la Inscripción b) Declaración Jurada mediante la cual la Gerencia de Asesoría Jurídica, bajo responsabilidad, declaran que los inmuebles que se pretenden inscribir no se encuentransujetos a gravamen, embargo, medida cautelar o procesojudicial alguno a la fecha de presentación de la solicitudde inscripción. c) Memoria Descriptiva correspondiente a la realidad actual del área, linderos y medidas perimétricas de los inmuebles. d) Copias de las páginas respectivas de los diarios en los que se hubieran efectuado las publicaciones en elDiario Oficial El Peruano y en otro de circulación nacional e) Plano de Ubicación, Perimétrico y Distribución cuando corresponda presentarlos f) Declaración Jurada del Verificador AD Hoc, Arquitecto o Ingeniero Civil, inscrito en las Oficinas Registrales de laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos, dandofe de todos los datos técnicos necesarios para la inscripción,así como de los planos presentados. g) Cualquier información que adicionalmente, permita el saneamiento legal de los inmuebles de propiedad deesta municipalidad Artículo Tercero.- Disponer se publique un extracto del presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulación nacional. Artículo Cuarto.- Cumplido el plazo de 30 días después de publicado el presente acuerdo y en caso deno existir oposición, solicítese al Registro de Predios deLima, por intermedio de la señora Alcaldesa, la inscripcióndefinitiva del derecho de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Arquitecto Verificador Responsable larealización de todas las acciones que se especifican enel presente Acuerdo, y otórguese la representación dela Municipalidad Distrital de Pachacámac, para el cumplimiento pertinente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 03845 Declaran en Estado de Emergencia Administrativa a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2006-MDP/C Pachacamac, 23 de febrero del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinario de fecha 23 de febrero del 2006, los hechos delictivos consistentes enel incendio y robo de las área de contabilidad y tesorería,del local central de la Municipalidad de Pachacámac,producidos en la noche del 22 de febrero del mismo año. CONSIDERANDO: Que el día de ayer 22 de febrero de los corrientes en horas de la noche siendo aproximadamente las 11.00 p.m., un grupo de delincuentes en forma premeditada y criminal ingresaron a las instalaciones de la Municipalidad,reduciendo al guardián señor Roberto Tomayro Diaz, aquien lo ataron y golpearon ferozmente dejándolo enestado inconsciente, para posteriormente violentar lasoficinas de contabilidad y tesorería prendiéndoles fuego y robarse la recaudación del día que se encontraban en las áreas de contabilidad y tesorería fueron objeto deataque y robo respectivamente, con el consiguienteincendio de las instalaciones, quemándose documentosvaliosos que sustentan los estados financieros ypresupuéstales de la gestión; Que, los hechos descritos generaron la oportuna intervención de la compañía general de bomberos de lalocalidad, quienes en mérito a su sacrificada laborcontrolaron el fuego y evitaron la consumación total deltercer piso; situación ésta, que también contó con laparticipación de los efectivos policiales de la Comisaría del sector, y la concurrencia de la División de Investigación de Delitos Contra la Seguridad del Estadoy División de Criminalística de la Policía Nacional delPerú. Que, corresponde a este Concejo Edil pronunciarse respecto a la agresión física al Señor Roberto Tomayro Diaz, quien se encuentra con su salud resquebrajada al haber sido agredido por los delincuentes y los daños alos bienes de la Municipalidad, razón por la cual se debeponer en conocimiento de la población las consecuenciasde los hechos descritos. Estando los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el ConcejoMunicipal con el voto unánime de los votos de losseñores Regidores y con la dispensa del trámite deaprobación del Acta, adoptó lo siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- RECHAZAR, en forma contundente y tajante los hechos delictivossospechosamente recurrentes en contra de laMunicipalidad así como de sus bienes materiales y documentales, hechos que demuestran la existencia de oscuros intereses que buscan dañar la imagen de estagestión y desacreditar sus logros. Artículo Segundo.- DECLARAR EN ESTADO DE EMERGENCIA ADMINISTRATIVA, a la MunicipalidadDistrital de Pachacámac por el plazo de 90 días y disponer la reconstrucción material de los elementos contables y financieros a fin de cumplir con lacomunicación anual de los estados financieros ypresupuestales del ejercicio del 2005 y primer trimestredel 2006; para lo cual se autoriza a las unidadesorgánicas correspondientes a tomar las acciones necesarias y complementarias para el cumplimiento de los fines del presente acuerdo. Artículo Tercero.- SOLICITAR, a la Contraloría General de la República, realice el inmediato examenintegral de los estados financieros y presupuéstales delejercicio 2005; para lo cual se solicita al jefe del OCI tomar las acciones para el cumplimiento de éste pedido del Concejo. Artículo Cuarto.- FACULTAR, a la Procuraduría Municipal inicie las acciones legales que correspondaen cautela de los intereses materiales e Institucionalesafectados como consecuencia de los hechos delictuosos descrito en los considerandos. Artículo Quinto.- EXHORTAR, a las autoridades competentes que realicen las investigaciones pertinentesy hasta las últimas consecuencias, orientada a laidentificación y captura de los delincuentes. Artículo Sexto.- Poner en conocimiento al Ministerio de Economía y Finazas, Dirección Nacional de Contabilidad Pública y comunidad en general de loshechos ocurridos para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 03848