Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

Articulo 10º.- Aplicacion de las Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo: Establecer que los casos que planteen los propietarios de predios del distrito de MORDAZA de MORDAZA, respecto de la aplicacion de cualquiera de las Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo aprobados por la presente Ordenanza, se resuelvan en Primera Instancia a traves de la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos de la Municipalidad Distrital y en MORDAZA Instancia, a traves de la Comision Tecnica Calificadora Provincial de Proyectos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad a lo que dispone el Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0082000-MTC del 27 de febrero de 2000 y Decreto Supremo Nº 011-2005-VIVIENDA de fecha 12 de MORDAZA del 2005.

DISPOSICION TRANSITORIA
Primera.- Dispongase que dentro del plazo de 45 dias calendario la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA remita a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la propuesta del Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de su jurisdiccion, para su aprobacion mediante Ordenanza Metropolitana. Segunda.- Dispongase que dentro del plazo de 45 dias calendario la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, apruebe por Ordenanza Distrital el Plano de Alturas de Edificacion correspondiente a los predios con frente a ejes y sectores urbanos de Nivel Local del distrito de MORDAZA de Surco. Para ello, dentro de los primeros 30 dias, formulara y presentara al Instituto Metropolitano de Planificacion su propuesta. Dentro de los 10 dias siguientes, el Instituto coordinara y emitira su opinion definitiva al respecto. Tercera.- Dispongase, que dentro del plazo de 90 dias calendario, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, el Reglamento de Ubicacion de Actividades Urbanas (Estandares de Calidad) y Cuadro de Niveles Operacionales para la localizacion de Actividades Urbanas en el distrito. Cuarta.- Dispongase que durante los plazos a que se refieren las Disposiciones Transitorias precedentes y hasta que se aprueben los nuevos instrumentos normativos, mantienen su vigencia los instrumentos normativos actuales, en todo lo que no se opongan a los Planos y Normas Generales que se aprueban con la presente Ordenanza.

en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de la Municipalidad Distrital formulara el Informe Tecnico correspondiente. 2º La Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. En el caso de una iniciativa de interes metropolitano, localizada en ejes viales y/o areas estrategicas de nivel metropolitano, la Municipalidad Distrital emitira los informes que correspondan de conformidad al numeral 1º, y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA 3º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 4º El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. Tercera.- Dispongase que en el Area de Tratamiento III del distrito de MORDAZA de MORDAZA no es de aplicacion el articulo 34.2 de la Ordenanza Nº 620-MML y el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 738-MML. Cuarta.- Incorporese en el Articulo 29.1 RESIDENCIALES (R) de la Ordenanza Nº 620-MML, la categoria de Zonificacion Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) y en el Articulo 29.5 OTROS USOS (OU) de la misma Ordenanza Nº 620-MML, el Equipamiento Educativo - Colegios Primario y MORDAZA (E1), Equipamiento Educativo - Institutos (E2), Equipamiento Educativo - Universidades (E3) y Equipamiento Educativo - Escuelas de Post-Grado (E4). En ese Articulo, las calificaciones OU-EU y OU-EB quedan derogadas. Para el caso de Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), las caracteristicas generales de la Zonificacion son: Vivienda Unifamiliar; Lote Minimo: 1,000-2,000 m2; Frente Minimo: 20-25 ml.; Altura de Edificacion: 2 pisos; Area Libre: 60-80% Quinta.- Ratifiquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningun caso, pueden ser transferidos a particulares y modificarse el uso para el que fueron destinados. Sexta.- Dispongase, que todos los Organos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, coordinen y ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los predios que se edifiquen, operen y/o se regularicen a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso publico de los espacios y vias que son propiedad de la ciudad. Setima.- Deroguese toda otra MORDAZA y disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Octava.- Los planos aprobados por la presente Ordenanza seran publicitados en el Diario Oficial El Peruano y adicionalmente a traves del MORDAZA Web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, www.munlima.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA CASTAGNOLA PINILLOS MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia de los Planos y Normas de Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de MORDAZA de MORDAZA que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA revisados y evaluados conjuntamente por la Municipalidad Distrital y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios emitidos con anterioridad mantendran su vigencia por el periodo que fueron otorgados, pudiendo el propietario optar por la nueva Zonificacion de convenir a sus intereses, recabando para ello un MORDAZA Certificado. La presente Ordenanza garantiza los derechos adquiridos respecto a las normas anteriores de Zonificacion, precisando que no se establecen calificaciones, parametros o consideraciones menores al MORDAZA de MORDAZA que anteriormente tenian los predios. Segunda.- Dispongase que los Planos y las Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo que se aprueban mediante la presente Ordenanza, excepcionalmente, podran ser modificados a traves de Cambios Especificos que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local y/o metropolitano por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA y/o por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con el siguiente procedimiento: 1º La Municipalidad Distrital, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente,

ANEXO Nº 02 CONSIDERACIONES NORMATIVAS DE LA ZONIFICACION CORRESPONDIENTE A UN SECTOR DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA, CONFORMANTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III DE MORDAZA METROPOLITANA
A. DE CARACTER GENERAL:

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