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PÆg. 314009 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 Transparencia y Responsabilidad en la función pública. 3.12. Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Miraflores. 3.13. Código Penal. IV. ALCANCE: La presente Directiva es de observancia obligatoria para todos los funcionarios, obreros, personal contratadoy en general todos los servidores de la Municipalidad de Miraflores, cualquiera sea su régimen contractual o laboral, que desempeñe cualquier actividad o función alservicio de la Entidad. Esta Directiva no se aplica a aquellos funcionarios o servidores de la Municipalidad de Miraflores que, deacuerdo con las normas electorales vigentes, hayan obtenido licencia para participar como candidatos durante los procesos electorales del año 2006, siempre quedurante el tiempo que dure la licencia no actúen comofuncionarios o servidores ni utilicen recursos de la entidadcon fines políticos electorales. V. NORMAS: 5.1 Definiciones.- Para efectos de la presente Directiva se entiende por: a) Candidatos.- Ciudadanos pertenecientes a un partido u organización política, que postulan a un cargo de elección popular. Se incluyen en esta definición aaquellas personas, que hayan manifestado públicamentesu voluntad de postular a un cargo elegido por votopopular, aunque no hayan inscrito a su respectivo partidou organización política. b) Funcionarios, Servidores, Obreros y Personal Contratado.- Toda aquella persona que,independientemente del vínculo contractual o laboral quemantenga con la Institución, presta sus servicios en laMunicipalidad de Miraflores y utiliza los recursos y bienesinstitucionales para la prestación de los mismos. c) Neutralidad Política.- Deber ético de los funcionarios, obreros, personal contratado y en general de todos losservidores de la Municipalidad de Miraflores de ser neutral,debiendo actuar con imparcialidad e independencia en elejercicio de sus funciones respecto de las distintasopciones políticas presentadas en los procesos electorales. Comprende además la prohibición del aprovechamiento del cargo o función pública, parabeneficiar o perjudicar a cualquier candidato, movimientoo agrupación política que participe en los procesoselectorales a realizarse en el año 2006. d) Organizaciones Políticas.- Todas las organizaciones políticas de alcance nacional, regional o local provincial o local distrital. Éstas a su vez puedenser partidos políticos, movimientos políticos,agrupaciones políticas independientes o alianzaspolíticas, inscritas o no en el Registro de OrganizacionesPolíticas del Jurado Nacional de Elecciones. e) Proselitismo Político.- Todo acto destinado a ganar adeptos (simpatizantes, militantes o partidarios) para unaorganización política o un candidato, tales como repartirpropaganda política, recolectar firmas para cualquierdocumento de adhesión a una organización política ocandidato, etc. 5.2 Principios Rectores Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general, todos los servidores de la Municipalidad deMiraflores, cualquiera sea su régimen contractual o laboral, tienen la obligación, durante los procesos electorales a realizarse en el año 2006, de observar ycontribuir a hacer respetar los siguientes principios: a) Legalidad, para asegurar la aplicación de la legislación vigente y garantizar que se apliquen las limitaciones que sobre actuación política establece la ley. b) Transparencia, para garantizar una actuación pública que no admite guardar reserva sino en aquelloscasos dispuestos por la ley. c) Imparcialidad y neutralidad, para asegurar que ningún funcionario, obrero, personal contratado o servidor actúe en favor o en contra de las organizacionespolíticas o de los candidatos que participan en losprocesos electorales a realizarse en el año 2006,utilizando para ello el poder derivado de su cargo, función o servicio. d) Equidad, para asegurar que quienes participen en un proceso electoral tengan las mismas oportunidades dentro del marco legal y frente a las garantías que debe dar el Estado a todos los ciudadanos para el ejercicio delderecho de participación política. 5.3. Disposición General La Municipalidad de Miraflores declara y garantiza su absoluta neutralidad en los procesos electorales arealizarse en el año 2006. Para tal efecto, dispone quetodos sus funcionarios, obreros, personal contratado yen general todos sus servidores, tienen la obligación develar por el desarrollo de un proceso electoral sin interferencias ni presiones, que permita que los ciudadanos expresen libremente sus preferenciaselectorales, dentro del marco constitucional y legal queregula la materia. 5.4. Disposiciones Específicas a) Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad deMiraflores, están prohibidos de realizar o permitir larealización de actos de proselitismo político y cualquieractividad política partidaria o electoral durante su horario de trabajo, mientras permanezcan en los locales institucionales, así como durante las comisiones deservicio dentro y fuera de su centro de trabajo, bajoresponsabilidad. Igualmente, en dichas oportunidades,no podrán asistir a ningún comité u organización política,ni realizar actos de cualquier naturaleza o hacer propaganda a favor o en contra de una organización política o candidato. b) Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad deMiraflores, están prohibidos de usar los locales u otrosbienes de la Institución para realizar reuniones o actos políticos o para elaborar instrumentos de propaganda de naturaleza política a favor o en contra de lasorganizaciones políticas o de los candidatos queparticipen en los procesos electorales del año 2006.Asimismo, está prohibido el uso de los recursos de laInstitución para los mismos fines, incluyendo tanto a los recursos obtenidos a través del Tesoro Público y los recursos directamente recaudados, como a losprovenientes de las agencias de cooperacióninternacional. Esta prohibición se hace extensiva a losbienes y servicios obtenidos en fuentes de financiamientode dicha cooperación. c) Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad deMiraflores, están prohibidos de hacer propaganda políticaa favor o en contra de las organizaciones políticas o delos candidatos que participen en los procesos electoralesa realizarse en el año 2006, utilizando para ello los medios de comunicación escrita, radial o televisiva de propiedad del Estado. Esta disposición incluye los usos de laspáginas web y del correo electrónico administrados ocontratados por dichas entidades. d) Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad de Miraflores que por la naturaleza de sus funciones o servicios, tengan contacto frecuente con un determinadogrupo que recibe algún beneficio dentro de un programade bienestar, están prohibidos de utilizar dicha posiciónpara orientar el voto de los beneficiados o ejercer presiónsobre ellos con la finalidad de favorecer o perjudicar a una organización política o candidato que participen en los procesos electorales del año 2006, bajoresponsabilidad. e) Los funcionarios de la Municipalidad de Miraflores, tienen la obligación de brindar las facilidades necesariaspara que quienes se encuentren bajo su dependencia ejerzan en forma en forma auténtica, espontánea y libre su derecho al sufragio. g) Los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad deMiraflores, no pueden ejercer coacción o perturbar ellibre ejercicio del derecho de sufragio. h) Ningún funcionario, obrero, personal contratado o servidor de la Municipalidad de Miraflores, puede interferiren los actos preparatorios de las Elecciones a realizarsedurante el año ni en el funcionamiento de las mesas de