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PÆg. 314002 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 243-06- GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 42º que losDecretos de Alcaldía establecen normasreglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y deinteres para el vecindario, que no sean de competenciadel Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº 032-06-GP/MDA la Gerencia de Planificación hace presente que a través de la Subgerencia de Racionalización y Presupuesto ha procedido a la implementación de lasrecomendaciones efectuadas por las UnidadesOrgánicas, por lo que remite el proyecto final de laDirectiva sobre Autorización de Gasto, para suaprobación correspondiente. Que, la finalidad de la Directiva sobre Autorización de Gasto es la de normar y establecer el procedimientopara realizar los Requerimientos de Gastos de la GestiónMunicipal, que sean solicitados por la diversas UnidadesOrgánicas de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 167-06-GAJ/MDA opina que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la Directiva sobre Autorizaciónde Gasto. Que, mediante Proveído Nº 243-06-GGM/MDA la Gerencia General Municipal señala se proyecte elDecreto de Alcaldía pertinente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las facultades conferidas enel inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR, la Directiva Nº 001-2006/ MDA sobre Autorización de Gasto, la misma que formaparte integrante del presente Decreto de Alcaldía; enmérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planificación ydemás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 04080 Precisan alcances del Art. 168” numeral 10, del Reglamento deOrganización y Funciones de laMunicipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 Ate, 10 de febrero de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 052-06-GP/MDA de la Gerencia de Planificación; el Informe Nº 274-06-GAJ/MDA de laGerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 390-06-A-MDA del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 105-MDA publicada el 05.01.06 se aprobó modificar el Organigrama Estructuraly el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) dela Municipalidad Distrital de Ate. Que, el artículo 168º numeral 10) señala que es competencia de la Subgerencia de Serenazgo y Seguridad Vial, autorizar y registrar a personas jurídicaso naturales, según corresponda, para la prestación del servicio de transporte en vehículos menores, laautorización para anuncios en mobiliario urbano con finespublicitarios, así como el desarrollo de actividades económicas en la vía pública. Que, mediante Informe Nº 052-06-GP/MDA la Gerencia de Planificación, señala proceda a lamodificación del inciso 11) – debe ser el inciso 10 – delartículo 168º del ROF y agregar una competenciaadicional en el artículo 153º a la Subgerencia de Comercialización, para lo cual solicita se expida el Decreto de Alcaldía correspondiente. Que, la Segunda Disposición Final de la referida Ordenanza delega al Alcalde la facultad para quemediante Decreto de Alcaldía, reglamente y dicte lasnormas complementarias a dicha Ordenanza, sin desvirtuar los contenidos y principios de éste. Que, teniendo en cuenta que se ha producido un error en la redacción del numeral 10 del artículo 168º delROF, en el cual se ha consignado a la Sub Gerencia deSerenazgo y Seguridad Vial una competencia que lecorresponde a la Subgerencia de Comercialización, entonces al amparo de lo establecido en el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General, puede realizarse la rectificacióncorrespondiente. Que, cabe señalar que en el artículo 152º inciso 3) del ROF se señala que es función de la Subgerencia de Comercialización es planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el uso deespacios públicos para la instalación de anuncios puestosde venta y la atención de otros servicios. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 274-06-GAJ/MDA señala que la competencia relacionada a dichos aspectos no pueden ser asumidas por la Subgerencia de Serenazgo ySeguridad Vial, tal como erróneamente se haconsignado en el numeral 10) del artículo 168º delmencionado ROF, razón por lo cual se necesita hacerla precisión del caso para efectos de una adecuada determinación de funciones y competencias de las Unidades Orgánicas. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que mediante Decreto de Alcaldía no puede modificarse lasnormas contenidas en la Ordenanza Nº 105-MDA sinembargo considerando que lo expuesto por la Gerencia de Planificación es un error material, el mismo puede ser precisado por Decreto de Alcaldía. Que, mediante Proveído Nº 390-06-A-MDA el Despacho de Alcaldía señala se proyecte el Decreto deAlcaldía respectivo. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRECISAR que el numeral 10 del artículo 168º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF)aprobado por Ordenanza Nº 105-MDA, solo otorgacompetencia a la Subgerencia de Serenazgo y SeguridadVial, para: “Autorizar y registrar a personas jurídicas onaturales, según corresponda, para la prestación del servicio de transporte en vehículos menores”; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- PRECISAR que dentro de las competencias de la Subgerencia de Comercializaciónesta la de: “Autorizar y registrar a personas jurídicas onaturales, según corresponda, que soliciten la autorización para anuncios en mobiliario urbano con fines publicitarios, así como el desarrollo de actividadeseconómicas en la vía pública”. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planificación, Gerenciade Desarrollo Económico, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Comercialización, Subgerencia de Serenazgo y Seguridad Vial y demásáreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 04081