TEXTO PAGINA: 74
PÆg. 314000 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 CAPÍTULO II CESE DE ACTIVIDADES Artículo 32º.- Es el procedimiento que expresa la voluntad del conductor o titular de una Licencia Municipal de Funcionamiento de no continuar desarrollando la actividad comercial, industrial oprofesional autorizada. Artículo 33º.- Dentro de los cinco (5) días posteriores al cese de las actividades comerciales, industriales y/ode servicios, el titular de la Licencia Municipal de Funcionamiento deberá presentar una Declaración Jurada de Cese de Actividades ante la Subgerencia deComercialización a través del área de Trámite Documentario. Para estos efectos se requiere de los siguientes requisitos: a. Formulario - Declaración Jurada de Cese de Actividades. b. Original de la Licencia de Funcionamiento correspondiente o en caso de pérdida adjuntar copia de denuncia policial. c. DNI del solicitante o poder del representante legal, si es persona jurídica. d. Pago por derecho de trámite. CAPÍTULO III MODIFICACIÓN DE ÁREA O GIRO Artículo 34º.- Los establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de Funcionamiento podrán variar su giro u área autorizado, debiendo para ello cumplir con los requisitos establecidos para cada tipo de Licenciaestablecidos en la presente Ordenanza y los documentos sustentatorios de lo solicitado. CAPÍTULO IV CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL, DENOMINACIÓN, SIGLAS, RUC, FUSIÓN, CAMBIO DE DOMICILIO DEL ESTABLECIMIENTO Artículo 35º.- Los conductores de establecimientos podrán solicitar el Cambio de Denominación o Razón Social a la Subgerencia de Comercialización a través delárea de Trámite Documentario, presentando los siguientes documentos: a. Solicitud correspondiente. b. Copia de la Escritura Pública que aprueba el cambio de denominación o razón social. c. Original de la Licencia Municipal de Funcionamiento. d. Copia de RUC. e. Copia de los documentos que acrediten la propiedad o conducción del local. f. Pago de los Derechos correspondientes. g. Otros Documentos sustentatorios de lo solicitado. CAPÍTULO V OTRAS AUTORIZACIONES Artículo 36º.- Las otras autorizaciones no contempladas en la presente ordenanza, se tramitan de conformidad con las normas municipales específicas, no rigiéndose por la presente ordenanza: a. Autorización de espectáculos públicos no deportivos, Autorización Municipal de FuncionamientoTemporal en la vía publica y demás autorizaciones de carácter temporal. CAPÍTULO VI ÓRGANOS RESOLUTIVOS Artículo 37º.- Las solicitudes de Licencia en todo los casos serán tramitadas y expedidas, en primera instancia por la Subgerencia de Comercialización de la Gerencia de Desarrollo Económico una vez que se presenten losrequisitos señalados para cada procedimiento administrativo. Artículo 38º.- Los Órganos que resuelven recursos administrativos: a. Reconsideración.- Se interpone ante el mismo órgano que emitió el acto administrativo, la Subgerencia de Comercialización, el cual emitirá la ResoluciónSubgerencial correspondiente. b. Apelación.- Se interpondrá ante la misma autoridad que emitió el acto administrativo que seimpugno a fin que sea elevado al órgano superior jerárquico, la Gerencia de Desarrollo Económico, el cual emitirá la Resolución Gerencial correspondiente. TÍTULO IV DE LAS TASAS Artículo 39º.- Apruébense las tasas por derecho de trámite y autorización municipal señalados en el cuadro que forma parte del presente artículo, cuyos montos responden al costo efectivo del serviciodeterminado de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 001-006-00000001 “Directiva sobre Determinación de Costos de losServicios Administrativos que dan origen a tributos para efectos de la ratificación de Ordenanzas Municipales Distritales”, de fecha 18 de junio de 2004, emitido por elServicio de Administración Tributaria - SAT. DERECHO DENOMINACIÓN POR DEL PROCEDIMIENTO TRÁMITE (Referidos a porcen- tajes de la UIT) 1 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva de Expedición Inmediata 9.53% 2 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva 9.53% de Acondicionamiento Previo 3 Licencia Municipal Provisional MYPE 3.40% 4 Licencia Municipal de Funcionamiento 7.03% 5 Cese de Actividades 3.65% 6 Modificación de Área de Giro 1.23% 7 Cambio de Razón Social, Denominación Siglas, 4.85% RUC, Fusión, 8 Cambio o Denominción del Domicilio del 4.85% Establecimiento Artículo 40º.- Los comercios ubicados en AA.HH. y zonas no consolidadas en proceso de formalización tienen una reducción del 50% para el giro de bodega (establecimiento de primera necesidad) por los pagosde derechos establecidos en el artículo anterior. TÍTULO V INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I FISCALIZACIÓN POSTERIOR Artículo 41º.- La Municipalidad a través de la Subgerencia de Fiscalización tiene la obligación de verificar la autenticidad y exactitud de lasdeclaraciones, documentos y/o informaciones presentadas, así como el cumplimiento de lo establecido por la presente Ordenanza durante eldesarrollo de sus actividades. Para tal efecto realizará permanentemente campaña de verificación a través del sistema de muestreo, inspecciones oculares u otrosmedios que no impliquen costos o trámites a los administrados. Artículo 42º.- El impedimento y/o resistencia a la fiscalización posterior del establecimiento, de los datos contenidos en las Declaraciones Juradas y/o documentos presentados por los administrados, ode las condiciones de funcionamiento del establecimiento, dará lugar a la aplicación de las