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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2006 (11/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 103

PÆg. 314549 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 de 1908. Ese día las organizaciones de mujeres socialistas llamaron a desarrollar enormes manifestaciones públicaspara luchar por el derecho de la mujer al voto y por sus derechos políticos y económicos; Que, en 1909, en fecha similar, 2,000 personas asistieron a una demostración para celebrar el Día de la Mujer en Manhattan, Nueva York. En 1910, las feministas y las socialistas de todo el país se unieron a la celebraciónde este día de movilización popular; Que, en la Segunda Conferencia de Mujeres Socialistas que tuvo lugar en Copenhague, Dinamarca, el 27 deagosto de 1910 estableció el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer. A esta conferencia asistieron más de 100 delegadas de 17 países representandosindicatos, partidos socialistas y organizaciones de trabajadoras; Que, en América Latina, Cuba y México son los primeros en celebrar el Día Internacional de la Mujer, en 1931 y 1935, respectivamente, y poco a poco, se van sumando otros países a la conmemoración, y cuando el movimientofeminista hace suya esta fecha, la celebración adquiere otras características, entre ellas, el tema de la sexualidad es puesto como parte de la agenda de ese día; Que, en 1975, las Naciones Unidas oficializaron el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer, por este motivo el Concejo Municipal, saludan a la Mujer Peruanay del Mundo; De conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el ConcejoMunicipal presidido por el señor Alcalde Jesús Álvaro Véliz Duarte, y con voto por mayoría de los señoresRegidores Luis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, RogerHernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Ella Castañeda Abanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Roberto Asunción Castillo Paulino, GloriaLuz Santillán Ríos, con la abstención del señor Regidor Carlos Alberto Castillo Vidalón y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Único.- SALUDAR por el DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER a las Organizaciones del Vaso de Leche, losComedores Populares, los Clubes de Madres, Frente Democrático de Mujeres de San Martín de Porres, Asociación Red de Promotoras de Salud del distrito de San Martín dePorres, y todas las Organizaciones Sociales de Mujeres, y así como a las Mujeres Trabajadoras de está Municipalidad, y a todas las sacrificadas y abnegadas Mujeres del Perú y delMundo. Regístrese, comuníquese y archívese. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 04579 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de norma que modifica la R.M. Nº 534-2005-MTC/03, Directiva para la habilitación del Registro de Personas Autorizadas para la realización de estudios teóricos y mediciones de radiaciones no ionizantes El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del referido proyecto, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaría de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. Zorritos Nº 1203-Lima 1, vía fax al 317- 7784 o vía correo electrónico a csosa@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, deacuerdo al formato siguiente. Formato para la presentación de comentarios al Proyecto Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC se establecen los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, instrumento de gestión ambiental prioritario para prevenir y controlar la contaminación generada por actividades comprendidas en el subsector comunicaciones, sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del país y promover el desarrollo sostenible; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo, dispone que a efectos de completar lo dispuesto en la citada norma y garantizar su cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará las normas técnicas y directivas que sean necesarias, entre las que se contempla la Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes; Que, con fecha 13 de agosto de 2005, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial Nº 534-2005-MTC/03 que aprueba la Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas para larealización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como autoridad ambiental en su sector, está obligado a vigilar e implementar las medidas necesarias para alcanzar losestándares de calidad ambiental previstos en el DecretoSupremo Nº 010-2005-PCM. En atención a ello, es que sebusca que aquellas personas que realicen los estudios ymediciones cuenten con solvencia técnica y económica, por lo cual se prevé la presentación de una carta fianza; Que, la citada Resolución Ministerial establece como uno de los requisitos para la realización de EstudiosTeóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes lapresentación de cartas fianzas de diez (10) y quince(15) UIT, respectivamente; Que, es un principio del Derecho Administrativo la razonabilidad de las decisiones de la autoridad administrativacuando creen obligaciones, califiquen infracciones, impongansanciones o establezcan restricciones a los administrados; Que, en tal sentido, las exigencias que se adopten deben ser razonables y proporcionales con la actividad a realizar pues de lo contrario nos encontraríamos ante posibles barreras de acceso que perjudican no sólo a los interesados en inscribirse en el registro pertinente sino también a los posibles clientes quienes verían su mercadoreducido y el posterior perjuicio a los usuarios finales;