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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2006 (11/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 98

PÆg. 314544 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Autorizan la "I Campaæa Gratuita de Reconocimiento Voluntario dePaternidad y/o Maternidad" ORDENANZA Nº 164-MDSMP San Martín de Porres, 9 de marzo del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto, en Sesión de Concejo de la fecha, el Informe Nº 82-2006-GSPS.DRC-MDSMP de la División deRegistro Civil, Memorándum Nº 358-2006-GSYPS/MDSMP de la Gerencia de Servicios y ProgramasSociales, referente a la realización de la “I Campaña Gratuita de Reconocimiento Voluntario de Paternidad y/o Maternidad”, de conformidad al Artículo 388º del CódigoCivil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que definen alas Municipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público, con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, el Inciso 1) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, señala que toda persona tiene derecho,entre otros a su identidad; la cual se encuentradebidamente consagrada en la Declaración Universalde los Derechos Humanos; Que, el Artículo 388º del Código Civil establece que “El hijo extramatrimonial puede ser reconocido por el padre y la madre conjuntamente o por uno sólo de ellos”; Que, mediante Informe Nº 082-05—GSYPS-DRC/ MDSMP, de la División de Registro Civil, solicita larealización de la “I Campaña Gratuita de ReconocimientoVoluntario de Paternidad y Maternidad”, considerando la existencia de gran cantidad de menores de edad, que aún no son reconocidos por sus padres, sobre todo enlos sectores de bajos ingresos económicos Campaña arealizarse previa a la Semana Santa, semana durante lacual se sensibilizan los valores cristianos; Que, atendiendo a lo expuesto, se requiere aprobar la “I Campaña Gratuita de Reconocimiento Voluntario de Paternidad y/o Maternidad”, conforme lo establecela Ley Orgánica del Registro Nacional de Identidad yEstado Civil - RENIEC y el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, Aprobar, modificaro derogar las ordenanzas y dejar sin efecto losacuerdos”; Estando al Informe Nº 377-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipalpresidido por el Alcalde Sr. Jesús Álvaro Véliz Duarte ycon el voto unánime de los señores regidores presentesLuis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra,Johnny Alberto Ruíz Ruíz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo de la Cruz Martínez, María EllaCastañeda Abanto, María Guadalupe GarcíaBarrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, RobertoAsunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del actase aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar la “I Campaña Gratuita de Reconocimiento Voluntario de Paternidad y/oMaternidad” a realizarse desde el día 10 de abril al 24 demayo del presente año. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del pago del derecho del trámite de reconocimiento Voluntario de Paternidad y/o Maternidad. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios yProgramas Sociales, la Gerencia de Administración, laDivisión de Registro Civil y la Unidad de Imagen Institucional. Artículo Cuarto.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposicionescomplementarias que se requieran para cumplir losobjetivos de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 04580 Aprueban Ordenanza sobre Propaganda Electoral ORDENANZA Nº 165-MDSMP San Martín de Porres, 10 de marzo del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 234-2006-GDU/MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, que solicita la aprobación del Proyecto de Ordenanza que regula laPropaganda Electoral; y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 28607 en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, define a laMunicipalidad como órgano de gobierno con personeríaJurídica de derecho público con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se establecen las funciones de lasMunicipalidades, en materia de organización del espaciofísico y uso del suelo, determinándose en el numeral 3las Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales; entre las que figura:.. con el subnumeral 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones,derechos y licencias, y realizar la fiscalización de:…subnumeral 3.6.3. Ubicación de avisos publicitarios ypropaganda política; Que, la Ley Nº 26859- Ley Orgánica de Elecciones en su Título VIII, establece el marco genérico de propaganda política en procesos electorales,constitucionalmente convocados; Que, los Artículos 185º y 186º de la citada Ley Orgánica de Elecciones, se determina que lasMunicipalidades Distritales apoyan el mejor desarrollo de la propaganda electoral, facilitando la disposición de