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PÆg. 314535 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 contarán con filtros de protección, de conformidad a la norma sobre la materia. 12. En caso de haber realizado obra para efectos de la licencia de apertura de establecimiento: Se deberápresentar el Certificado de Finalización de Obra oDeclaratoria de Fábrica inscrita o en su defecto la Licencia de Construcción (se verificará que lo ejecutado respete lo aprobado por la Comisión Técnica Calificadora deProyectos). 13. Presentar copia del Título del Profesional Responsable (para el caso de consultorios médicos,clínicas privadas, policlínicos privados, cosmiatrías, estudios jurídicos u otros servicios profesionales). 14. Presentar la Constancia de Categorización del Ministerio de Salud, para el caso de consultorios, clínicasprivadas, policlínicos privados, centros de salud, centrosde apoyo médico, cosmiatrías, etc. 15. Presentar la carta de responsabilidad del médico responsable titulado para el caso de cosmiatrías, centros de reducción de peso, tratamientos de obesidad, tatuajes,centros de estética y cualquier otro establecimiento dondese desarrollen actividades que involucren la salud de laspersonas. 16. Presentar la carta de responsabilidad solidaria en caso de funcionamiento de más de una empresa en un mismo establecimiento. 17. Presentar copia de la licencia de apertura de establecimiento vigente del principal, en caso de solicitarlicencias de apertura para terceros dentro de otro local. Asimismo, se deberá presentar el documento de autorización del sector correspondiente de acuerdo algiro que se solicite. La licencia de apertura de establecimiento con inspección previa se otorgará en el plazo máximo desiete (7) días hábiles, teniendo en cuenta los usos y zonas establecidas en el Índice de Usos y Plano de Zonificación vigente. En el supuesto que el administrado haya cumplido con presentar toda la documentación exigida y hubieratranscurrido el término antes mencionado sinpronunciamiento municipal, se aplicará el silencio administrativo positivo. El administrado podrá realizar su trámite de Defensa Civil con la sola presentación de la hoja informativa delinmueble la cual será proporcionada de forma gratuitaen la plataforma de atención de la Gerencia de Trámitesy Autorizaciones en la cual constará la zonificación correspondiente al local. Antes de iniciar el trámite antes señalado, el administrado deberá verificar si su localcuenta con la cantidad de estacionamientos establecidosen la norma especial. Para poder obtener la licencia de apertura de establecimiento el administrado deberá poseer el establecimiento de manera legítima lo cual debe constar en la declaración jurada; en caso se verifique que losdatos consignados en la declaración jurada sean falsosla licencia será revocada de manera automática, sinperjuicio de las sanciones penales a las que hubierelugar. En el caso de licencia de apertura de establecimiento, para terceros, dentro de un local principal, la revocatoriao declaración de nulidad por cualquier causa de la licenciade apertura del principal determinará la revocatoria de lalicencia de apertura del tercero. En caso de ampliación de área, ampliación de giro o cambio de giro se deberá devolver el Certificado de licencia de apertura vigente al momento de la entrega delnuevo certificado. Artículo 13º.- Las licencias de apertura tienen vigencia indeterminada en tanto permanezcan lascondiciones iniciales que originaron su otorgamiento. Artículo 14º.- La Gerencia de Trámites y Autorizaciones remitirá a la Gerencia de AdministraciónTributaria, copia de la Resolución Gerencial que otorgala respectiva licencia de apertura de establecimiento deun establecimiento, en un plazo no mayor de 24 horas,para los fines de recaudación de acuerdo a sus atribuciones, y a la Gerencia de Fiscalización y Control para las acciones de control correspondientes. Artículo 15º.- Todos los establecimientos que cuenten con licencia de apertura con vigencia indeterminada,están obligados a presentar ante la Municipalidad su correspondiente Declaración Jurada de Permanencia enel Giro, la misma que deberá ser presentada hasta el último día hábil del mes de enero de cada año, bajo apercibimiento de aplicarse la sanción correspondiente. De no presentar la Declaración Jurada antes mencionada en el plazo señalado se presumirá que el local ha cesado sus actividades, para lo cual la Gerenciade Trámites y Autorizaciones, procederá de oficio a declarar el Cese de Actividades; en caso se verifique que el local continúa funcionando, se aplicarán lassanciones por operar sin licencia de apertura. REQUISITOS PARA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL PARA PEQUEÑAS Y MICROEMPRESAS Artículo 16º.- Para la obtención de la Licencia de Funcionamiento Provisional, se deberá presentar lo siguiente: 1. Solicitud-Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento Provisional. 2. RUC 3.Haber cancelado el derecho de trámite correspondiente. La Licencia de Funcionamiento Provisional, se otorgará automáticamente, previa verificación de laCompatibilidad de Usos y Zonificación. También pueden solicitar este tipo de licencia a través de la página web, realizando el pago en línea, la licenciaserá entregada en el establecimiento señalado en la solicitud, sin costo adicional en el plazo máximo de 24 horas de recibida la solicitud, en dicho acto, el conductorvalidará su firma en la declaración jurada original a fin de poder recibir su licencia de funcionamiento provisional. De verificarse que el giro no es compatible con la zonificación, la Gerencia de Trámites y Autorizaciones expedirá de inmediato la Resolución que declareImprocedente la solicitud. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA PARA PEQUEÑAS Y MICROEMPRESAS Artículo 17º.- Para la obtención de la Licencia de Funcionamiento Definitiva para Pequeñas y Microempresas se deberá presentar lo siguiente: 1. Solicitud-Declaración Jurada para licencia de apertura de establecimiento definitiva para Pequeñas yMicroempresas. 2. Licencia de Funcionamiento Provisional vigente. 3. Haber realizado el pago por derecho de trámite.4. Inspección Ocular que verifique que se mantienen las condiciones de la licencia provisional otorgada. 5. Certificado de Seguridad de Defensa Civil Este trámite deberá realizarlo el conductor del establecimiento como máximo a las 48 horas de habervencido la Licencia Provisional. La licencia definitiva será otorgada en el plazo máximo de siete (7) días hábiles, y podrán recabarla en laGerencia de Trámites y Autorizaciones, siempre y cuando la Gerencia de Fiscalización y Control no haya detectado ninguna irregularidad o que habiéndola detectado ha sidosubsanada; si el área correspondiente de aprobar el trámite no emite pronunciamiento en el plazo señalado anteriormente se aplicará el silencio administrativopositivo. REQUISITOS PARA CAMBIO DE FORMA Y/O TIPO SOCIETARIO, NOMBRE COMERCIAL, DENOMINACIÓN Y/O RAZÓN SOCIAL POR ABSORCIÓN, FUSIÓN DE EMPRESAS O ADECUACIÓN DE SOCIEDADES Artículo 18º.- Para el cambio de forma y/o tipo societario, nombre comercial, denominación y/o razón social, o adecuación de sociedades, manteniendo la misma actividad y área, se deberá presentar: