Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2006 (20/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 20 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Designan Fedatarios de la Sede Central y de las Jefaturas Departamentales de la DICSCAMEC
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 03181-2005-IN-1707/1 MORDAZA, 13 de diciembre de 2005 VISTO: El Informe Nº 079-2005-IN-1707/1 del 07DIC2005, de la Oficina de Administracion de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil -DICSCAMEC; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del Articulo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que es potestad de cada Entidad la designacion de Fedatarios Institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion, quienes, sin exclusion en sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el Articulo 8º del numeral 8.1 del Reglamento Interno para la Autenticacion o Certificacion de Documentos en el Ministerio del Interior, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 2234-2003-IN-0301 del 16DIC2003, establece que las Oficinas o Unidades responsables de la administracion de personal en las Direcciones Generales de Gobierno Interior, Migraciones y Naturalizacion, Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil y la Oficina de Procesos de Personal de la Oficina General de Personal del Ministerio del Interior, realizan, entre otras acciones, la seleccion de funcionarios y servidores que podrian ser designados Fedatarios formulando el respectivo informe que es elevado para su conocimiento y aprobacion del respectivo Director General; Que, la Oficina de Administracion de la DICSCAMEC, previo al cumplimiento de las formalidades y procedimientos de Ley, ha elevado la propuesta en torno a la designacion de los Fedatarios de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil, para el periodo 2006 - 2007, de la Sede Central y Jefaturas Departamentales DICSCAMEC; Estando a lo propuesto e informado por la Oficina de Administracion y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC; y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Articulo 7º del Reglamento Interno para la Autenticacion o Certificacion de Documentos en el Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a par tir de la fecha de aprobacion de la presente Resolucion, como Fedatarios de la Sede Central DICSCAMEC, para el periodo 2006 2007, a los siguientes servidores: - Economista MORDAZA CAMPERO SANCHEZFERRER (Titular) - CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Alterno) Articulo 2º.- Designar, a par tir de la fecha de aprobacion de la presente Resolucion, como Fedatarios de las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC, para el periodo 2006 - 2007, a los siguientes servidores:
- Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Titular). - Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA EXEBIO (Titular). - Ing. MORDAZA VELASCO MORDAZA (Titular) - Ing. Aguimatea YUCA MORDAZA (Titular) JD DICSCAMEC MORDAZA JD DICSCAMEC MORDAZA JD DICSCAMEC MORDAZA JD DICSCAMEC MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. EDGARD SUCLLA MORDAZA Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil 05089

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectacion del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor de diversas instituciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0320-2006-RE MORDAZA, 14 de marzo de 2006 Vistos los expedientes Nº 8662-2005, Nº 10322-2005 y Nº 15263-2005, presentado por la asociacion CENTRO DE OBRAS SOCIALES, mediante los cuales solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de The Chimbote Foundation de la Diocesis de Pittsburgh, Pennsylvania, Estados Unidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion CENTRO DE OBRAS SOCIALES se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 11 de marzo de 2005, legalizado por el Consulado General del Peru en la MORDAZA de Paterson, se observa que The Chimbote Foundation de la Diocesis de Pittsburgh, ha efectuado una donacion a favor de la asociacion CENTRO DE OBRAS SOCIALES; Que, los bienes donados fueron enviados en un (01) contenedor de 20' con 150 MORDAZA conteniendo materiales de construccion, materiales de gasfiteria, materiales electricos, pantallas fluorescentes, repuestos de reparacion y mantenimiento de equipos, medicinas vitaminas prenatal y antibioticos, equipos y materiales medicos, sillas de ruedas infantiles, libros medicos, ropa para ninos e infantes y juguetes infantiles, amparados mediante la Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-200510-050433-01-3 de fecha 13 MORDAZA de 2005, con un peso MORDAZA de 12,000.00 kilos, y un valor FOB de US $ 52,000.00 (Cincuenta y dos mil y 00/100 Dolares americanos); la donacion sera para beneficio y uso de los programas medicos de caracter asistencial, que comprenden: Maternidad de MORDAZA, Posta Medica, Laboratorio Clinico y para el Albergue de ninos huerfanos en estado de abandono y otros de la localidad de Chimbote y sus anexos, y en beneficio de las personas de escasos recursos economicos de pobreza y extrema pobreza; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por The Chimbote Foundation de la Diocesis de Pittsburgh a favor de la asociacion CENTRO DE OBRAS SOCIALES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,

Articulo 3º.- Los citados Fedatarios quedan obligados a llevar un registro de los actos que realicen en el ejercicio de sus funciones.

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