TEXTO PAGINA: 24
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de marzo de 2006 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 /G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 056-05-GRA/CR Ayacucho, 30 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho en Sesión Extraordinaria del 29 de diciembre del 2005,trató el tema relacionado a los Lineamientos de PolíticasSectoriales Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho;y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,establece que la Descentralización es una forma deorganización democrática y constituye una políticapermanente del Estado, de carácter obligatorio, que tienecomo objetivo fundamental el desarrollo integral del país y asimismo el artículo 191º del mismo cuerpo legal señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir su gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas ydelegadas, en el marco de las políticas nacionales ysectoriales para contribuir al desarrollo integral y sosteniblede la Región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado, tiene como finalidadfundamental la obtención de mayores niveles de eficienciadel aparato estatal, de manera que se logre una mejoratención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el usode los recursos públicos; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales yLocales, establece que el sistema de Acreditacióncomprende la capacitación, asistencia técnica y el conjuntode criterios, instrumentos, procedimientos y normasnecesarias para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales y Locales, para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia; Que, los Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales, constituyen las orientaciones que deben guiarlas acciones del Sector Público para el logro de objetivosestratégicos y metas del Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región y en aplicación del Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM se formularán para los sectoresde Agricultura, Comercio, Turismo, Artesanía, Energía,Minas, Industria y Pesquería; Que, los Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales sirven de base y de contexto para el ejercicio de las funciones específicas de cada Gobierno Regional, en el marco del proceso de descentralización; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sumodificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con elvoto unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura de Acta, aprobó la siguiente Ordenanza Regional:Artículo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Políticas Sectoriales del Gobierno Regional de Ayacucho,cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presenteOrdenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regionalen el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 05496 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G64/G65 /G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 061-05-GRA/CR Ayacucho, 30 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 12 de diciembre del 2005, trató el tema relacionadoal Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ayacucho; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas,compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integraly sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley N 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que esatribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funcionesgenerales de los Gobiernos Regionales se ejercerán consujeción al ordenamiento jurídico establecido por laConstitución Política del Perú, la Ley de Bases deDescentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional laelaboración y aprobación de normas de alcance regional,regulando los servicios de su competencia, enconcordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de laLey Nº 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sumodificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con elvoto unánime de sus miembros aprobó la siguienteOrdenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF dela Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleode Ayacucho (Órgano Desconcentrado de LíneaSectorial del Gobierno Regional de Ayacucho), que consta de ocho (8) Títulos, catorce (14) Capítulos, cuarenta (40) Artículos, tres (3) DisposicionesComplementarias y dos (2) Disposiciones Finales, cuyoAnexo forma parte integrante de la presente OrdenanzaRegional.