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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2006 (26/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de marzo de 2006 Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente OrdenanzaRegional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 05497 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G22/G41/GF1/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G47/G61/G6E/G61/G64/G65/G72/GED/G61/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 001-06-GRA/CR Ayacucho, 20 de enero de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enerodel 2006, trató el tema relacionado a la denominación delAño Regional 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú establece que las Regiones tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, en concordancia con la Ley Nº 27783, Leyde Bases de Descentralización; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los GobiernosRegionales tienen jurisdicción en el ámbito de susrespectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley,asimismo, el artículo 5º de mismo cuerpo legal señala quees misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de laspolíticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región; Que, el literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es competencia constitucional del Gobierno Regional, promover y regular actividades y/o servicios en materia deagricultura, pesquería, industria, agroindustria,comunicaciones, educación, salud y medio ambiente,conforme a Ley; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional; Que, la actividad económica principal de la Región Ayacucho es la agropecuaria, que se viene convirtiendo en el sector más importante, que emplea al 45% de lapoblación de la región; Que, el literal a) del artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las funcionesque ejerce el Gobierno Regional en materia agraria; formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia agraria enconcordancia con las políticas nacionales y los planessectoriales; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Presidente promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria LeyNº 27902 y otras normas conexas, el Consejo Regionalcon el voto unánime de sus miembros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- DECLÁRESE el presente Año 2006 "Año Regional de Apoyo a la Agricultura y Ganadería". Artículo Segundo.- DISPONER que durante el año 2006 se consigne dicha frase en los documentos oficiales. Artículo Tercero.- CONFÓRMESE un Comité para la elaboración del Plan por el "Año Regional de Apoyo a la Agricultura y Ganadería" que estará integrado por la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional deDesarrollo Económico, la Gerencia de Recursos Naturalesy Gestión del Medio Ambiente, la Dirección Regional Agraria,la Comisión Permanente del Consejo Regional de DesarrolloEconómico y la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regionalen el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayorcirculación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.OMAR QUESADA MARTINEZ Presidente 05495 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65 /G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G46/G65/G72/G72/G65/GF1/G61/G66/G65 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 016-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 18 de enero del 2006 VISTO: El OFICIO Nº 02188-2005-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ, el OFICIO Nº 02708-2005-GR.LAMB/DRSAL-OECI, del 27-04-05 y el OFICIO Nº 03194-2005-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ del 20-06-05, y; CONSIDERANDO: Que, mediante OFICIO Nº 02188-2005-GR.LAMB/ DRSAL-OEAJ, del 15 de marzo del 2005, se recepciona elInforme Especial Nº 01-03-2005-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI, emitido por la Oficina Ejecutiva de ControlInstitucional, de la Dirección Regional de Salud Lambayeque, sobre "Indicios de Apropiación Sistemática de Insumos (Medicamentos) del Programa de PlanificaciónFamiliar en el Almacén de la Red de Salud Ferreñafe -Dirección Regional de Salud Lambayeque - enero a juniodel 2004", mediante el cual el Dr. Luis D. Deza Navarrete,Director Regional de Salud, solicita autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional Lambayeque, el inicio de las accioneslegales que correspondan contra los presuntosresponsables; Que, con fecha 22-4-05 se emitió la Resolución Ejecutiva Regional Nº 327-2005-GR.LAMB/PR, conforme al OFICIO Nº 444-2005-GR.LAMB/GGR-SGD, de fecha 22-03-05 autorizando al Procurador Público Regional, elinicio de las acciones legales correspondientes, la mismaque no fue remitida a la Procuraduría Pública Regional,por haberse recibido el OFICIO Nº 02708-2005-GR.LAMB/DRSAL-OECI, de fecha 27-04-05 a través del cual la DISA solicitó al Presidente Ejecutivo del Gobierno Regional de Lambayeque, suspender la remisión del indicado informe,al Procurador Regional, en atención al OFICIO Nº 294-