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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G36/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de marzo de 2006 Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de le Dirección General de la Policía Nacional del Perú,en su Dictamen Nº 5500-2005-DGPNP/AJ de09NOV2005; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú;y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización la ampliación de permanencia en el extranjero del SO3 PNPPercy ABARCA CARRION, para continuar con el tratamientoMédico Especializado, de “RETIRO DE FIJADOR EXTERNO DEL HÚMERO, REHABILITACIÓN DEL HOMBRO, CODO Y MANO DERECHA Y EXPLORACIÓN Y NEUROLISIS DELOS 3 NERVIOS (MEDIANO, CUBITAL Y RADIAL DELSUPERIOR DERECHO”, en el Complejo CientíficoOrtopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA -CUBA, por un período de CIENTO VEINTE (120) días, a partir del 15JUN2005 al 12OCT2005. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionadoservidor PNP, la cantidad de CATORCE MILSETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100DÓLARES AMERICANOS ($ 14,784.00) por concepto de remuneración por Tratamiento Médico Especializado en el Extranjero. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos del SO3 PNP Percy ABARCACARRION, que demande la ampliación del tratamientoMédico Especializado en el Complejo Científico Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA - CUBA, por la suma de CATORCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA YOCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS($ 14,698.00). Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a solicitar liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 05682 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0894-2006-IN/PNP Lima, 27 de marzo del 2006 VISTO, el informe Nº 16-2005-FOSPOLI-GG-DTE de 19MAY2005, elaborado por el Departamento deTransferencias y Evacuaciones del FOSPOLI-PNP,acordó autorizar en vía de regularización la ampliaciónde permanencia en el extranjero del SO2 PNP (R) Luis Enrique CONDO MONTEALEGRE, para continuar con tratamiento Médico Especializado de Oftalmología, en laClínica BARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA; porun período de TREINTA (30) días. CONSIDERANDO: Que, mediante R.S. Nº 0050-2005-IN/PNP de 21FEB2005 se autorizó al citado ex servidor PNP paraviajar al extranjero y someterse a tratamiento MédicoEspecializado de Oftalmología en la ClínicaBARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA; por un período de TREINTA (30) días; Que, con R.D. Nº 2331-2005-DIRGEN/DIRREHUM de 20OCT2005, el SO2 PNP (R) Luis Enrique CONDOMONTEALEGRE, pasó de la Situación de Actividad a lade Retiro por Incapacidad Psicofísica pare el serviciopolicial, lesiones sufridas en "ACTO DEL SERVICIO"; Que, de conformidad a la Orden de Permiso Nº 23- 2005-DIRREHUM-PNP-DIVPAABL.-DEP.LyEC.L 1 de31MAR2005, al SO2 PNP (R) Luis Enrique CONDOMONTEALEGRE, se le autorizó viajar a la ClínicaBARRAQUER - BOGOTÁ - COLOMBIA, por un períodode TREINTA (30) días; a partir del 1 al 30ABR2005, por la demora en ejecutar la Dirección de Economía y Finanzas de la PNP el abono por concepto de pasaje,viático e impuesto CORPAC, asimismo el FOSPOLI-PNP de depositar el importe de la Operación de dichotratamiento Médico Especializado; Que el Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú (FOSPOLI), con el Informe Nº 16-2005-FOSPOLI-GG-DTE da 19MAY2005, acordó autorizar en vía deregularización la ampliación de permanencia en elextranjero del SO2 PNP Luis Enrique CONDO MONTEALEGRE, para, continuar con tratamiento Médico Especializado de Oftalmología “EVISCERA-CIÓN Y COLOCACIÓN DE PRÓTESIS DE OJODERECHO”, en la Clínica BARRAQUER de BOGOTÁ -COLOMBIA; por un período de TREINTA (30) días, apartir del 2 al 31MAY2005, en cumplimiento a su solicitud de fecha 30ABR2005, y la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, con el InformeNº 090-2005-DIREJADM-DIRECFIN-PNP-DEP/SA.AME de 25MAY2005, indica que abonará el conceptode remuneración por tratamiento Médico en elextranjero; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General, la autoridad podrá disponer enel mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechosfundamentales o intereses de buena fe legalmenteprotegidos a terceros y que existiera en la fecha a la quepretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto dehecho justificativo para su adopción; Que, de conformidad a lo preceptuado en la Ley Nº 27619 - Ley que regula le Autorización de Viaje alExterior de Funcionarios y Servidores Públicos queirroguen gasto al Tesoro Público, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decretode Urgencia Nº 002-2006; y a lo previsto en elReglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacionaldel Perú, aprobado por R.M. Nº 0431-97-IN/PNP de6MAY97; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú,en su Dictamen Nº 2733-2005-DGPNP/AJ de9JUN2005; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización la ampliación de permanencia en el extranjero del SO2 PNP (R) Luis Enrique CONDO MONTEALEGRE, paracontinuar con el tratamiento Médico Especializado deOftalmología "EVISCERACIÓN Y COLOCACIÓN DEPRÓTESIS DE OJO DERECHO", en la ClínicaBARRAQUER de BOGOTÁ - COLOMBIA; por un período de TREINTA (30) días, a partir del 2 al 31MAY2005. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionadoservidor PNP la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOSNOVENTA Y SEIS 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 3,696.00), por concepto de remuneración por tratamiento Médico en el extranjero. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos que demande laampliación del tratamiento Médico Especializado deOftalmología en la Clínica BARRAQUER de BOGOTÁ- COLOMBIA; por la suma de TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARESAMERICANOS ($ 3,166.66). Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a solicitar liberación de Impuestos de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 05683