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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G36/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de marzo de 2006 Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinadoirregularidades en el proceso de selección para laadquisición de combustible referente al proyecto "Acondicionamiento, desarenamiento y mejoramiento de ornato en el distrito de Bellavista - Sullana", en el cual sedieron por válidas tres propuestas, advirtiéndose quedos de ellas pertenecen a un mismo ciudadano y latercera corresponde a una empresa que no existe,hechos que configura la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Aprovechamiento indebido del cargo y Falsedadideológica, previstos y penados en los artículos 397º y428º del Código Penal; respectivamente; Que, asimismo la Comisión Auditora detectó doble documentación, con respecto al Informe y Resolución que recomienda y aprueba el Valor Referencial de la obra "Parchado de Calles Asfaltadas del distrito deBellavista - Sullana", acreditándose gastos excesivosen la realización de la misma, al evidenciarse lasobrevaloración del valor referencial, ocasionando unperjuicio económico a la entidad por S/. 16 146,73, además de haberse registrado anomalías durante la ejecución de la citada obra, hecho que configura laexistencia de indicios razonables que hacen presumir lacomisión de los delitos de Falsificación de Documentos,Colusión y Omisión, rehusamiento o demora de actosfuncionales, previstos y penados en los artículos 427º, 384º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, además se ha determinado que la entidad realizó gastos de consultoría no justificados para la revisión delExpediente Técnico referente a la Obra "Pavimentaciónde la calle Huancavelica - Bellavista", mediante un irregularproceso de selección para el otorgamiento de la buena pro, habiéndose realizado un trabajo de revisión deficiente, y ocasionando un perjuicio económico a la entidad porS/. 38 961,01; hechos que configuran la existencia deindicios razonables que hacen presumir la comisión delos delitos de Colusión y Omisión, rehusamiento o demorade actos funcionales, previstos y penados en los artículos 384º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República,constituye atribución de este Organismo Superior deControl, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa deuna acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar alProcurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República, Ley Nº 27785, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias, y la Resolución de Contraloría Nº 075-2006-CG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales porlos hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele parael efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General de la República (e) 05601 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 096-2006-CG Lima, 24 de marzo de 2006 Visto, el Informe Especial Nº 027-2006-CG/ZC resultante del Examen Especial efectuado a laMunicipalidad Distrital de La Victoria, período 2002 - 2004, considerando operaciones anteriores y posteriores;relacionadas con los objetivos del citado ExamenEspecial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2004, la Contraloría General de la República dispusouna acción de control en la Municipalidad Distrital de La Victoria, con el objetivo de evaluar, entre otros, la correcta ejecución de los gastos con relación a los recursosasignados y/o recaudados de acuerdo a la normativavigente, correspondientes al período 2002 - 2004; Que, como consecuencia de la acción de control efectuada, se ha evidenciado qué funcionario de la Municipalidad Distrital de La Victoria, consignó cotizaciones en la elaboración de "CuadrosComparativos", los mismos que resultarían ser falsasy/o adulteradas, con el fin de orientar los resultados delproceso de selección, aparentando el otorgamiento dela Buena Pro a proveedores de materiales de construcción, ocasionando pagos con sobre costos del orden de S/.34.555,14; constituyendo tales hechosindicios razonables de la presunta comisión de los delitosde Corrupción de Funcionarios en la modalidad deAprovechamiento Indebido de Cargo y Contra la FePública en la modalidad de Falsificación de Documentos, previstos y penados en los artículos 397º (Vigente durante el período de ocurrencia de los hechos) y 427ºdel Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos en que en la ejecución directa deuna acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de lasacciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537, sus modificatoriasy la Resolución de Contraloría Nº 075-2006-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales correspondientes, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General (e) 05602 J N E /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G31/G38/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4A/G4E/G45/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G22/G50/G65/G72/GFA/G50/G6F/G73/G69/G62/G6C/G65/G22 RESOLUCIÓN Nº 354-2006-JNE Expediente Nº 215-2006 Lima, 28 de marzo de 2006 VISTO, en Audiencia Pública de fecha 22 de marzo de 2006, el Recurso Extraordinario por afectación al